Editorial:

Nicaragua y el Derecho internacional

LA DECISIÓN del Gobierno norteamericano de retirarse de las deliberaciones del Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) sobre la queja presentada por Nicaragua no tiene antecedentes en la política exterior de EE UU, que se ha caracterizado más bien por una tendencia a resaltar el papel del Derecho internacional en la solución de los conflictos entre Estados. Cuando se fundó en 1920 el Tribunal Permanente de la Haya, y a pesar de que EE UU no se integró en la Sociedad de Naciones, surgida al terminar la I Guerra Mundial, un juez norteamericano figuraba, sin embargo, entre los miembros de dicho ...

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LA DECISIÓN del Gobierno norteamericano de retirarse de las deliberaciones del Tribunal Internacional de Justicia (TIJ) sobre la queja presentada por Nicaragua no tiene antecedentes en la política exterior de EE UU, que se ha caracterizado más bien por una tendencia a resaltar el papel del Derecho internacional en la solución de los conflictos entre Estados. Cuando se fundó en 1920 el Tribunal Permanente de la Haya, y a pesar de que EE UU no se integró en la Sociedad de Naciones, surgida al terminar la I Guerra Mundial, un juez norteamericano figuraba, sin embargo, entre los miembros de dicho tribunal. El actual TIJ, heredero del anterior, se creó en 1945, en el marco de la ONU, y su estatuto está incluido en la Carta de las Naciones Unidas. Estados Unidos ha participado activamente en su creación y en su funcionamiento. Lo característico del TIJ es que lo componen 15 magistrados de reconocida competencia jurídica, elegidos por la Asamblea y el Consejo de Seguridad de la ONU, pero que actúan con total independencia de los países de los que son nacionales; se han dado casos en que un magistrado ha votado contra la causa defendida por su propio país. El TIJ es la máxima autoridad en el mundo, por encima de fronteras y alineamientos de bloques, para decir lo que se ajusta o no al Derecho internacional.La demanda presentada por Nicaragua el 9 de abril de 1984 se refería al minado de sus puertos y a otras actividades militares contra su territorio realizadas por EE UU. En ese momento, el Gobierno de Washington declaró que consideraba incompetente al TIJ durante dos años para cualquier caso de Centroamérica. En virtud del artículo 41 de su estatuto, que le faculta para adoptar "medidas provisionales" -y sin resolver aún el problema de la competencia-, el TIJ decidió en mayo de 1984 pedir a EE UU que cesase sus actividades de minado de los puertos nicaragüenses. Fue una primera decisión contraria a las tesis del Gobierno norteamericano, pero éste prosiguió sus esfuerzos en La Haya para lograr que el TIJ se declarase incompetente. Con un resultado negativo: el 26 de noviembre pasado, dicho tribunal ha resuelto declararse competente e iniciar, en consecuencia, el procedimiento sobre. el fondo de la cuestión. Conviene recordar que el artículo 36 del Estatuto del TIJ -que EE UU siempre ha aceptado- dice: "En caso de disputa en cuanto a si el tribunal tiene o no jurisdicción, el tribunal decidirá". Después de pensárselo durante dos meses, Washington ha decidido, como ya hemos visto, retirarse de las deliberaciones.

Se trata, obviamente, de una decisión política grave; supone un reconocimiento implícito de que la posición norteamericana en la cuestión de la guerra sucia contra Nicaragua no tiene defensa posible en el marco del Derecho internacional. El comunicado del Departamento de Estado publicado con tal motivo contiene la afirmación sorprendente de que el TIJ "no tiene jurisdicción ni competencia" en este asunto, y que la decisión del TIJ declarándose competente "es contraria a la ley y a la realidad". Argumento por lo menos incongruente: resulta absurdo que EE UU defina por su cuenta, contra y por encima del TIJ, las competencias de éste. Si tal actitud se generalizase, desaparecerían las bases mismas de todo el sistema de las Naciones Unidas y del propio Derecho internacional. Por ese camino, EE UU se encuentra en sorprendentes compañías. Conviene recordar que en 1980, cuando se produjo el secuestro de los diplomáticos norteamericanos en Teherán, el TIJ adoptó una "decisión provisional" pidiendo al Gobierno iraní la liberación de dichos diplomáticos. El ayatollah Jomeini hizo una declaración en el sentido de que el TIJ no tenía competencia en ese asunto. El motivo concreto era diferente, pero la tesis general era semejante a la que actualmente defiende el Departamento de Estado.

Al negar la competencia del TIJ, el portavoz del Departamento de Estado, Alan Romberg, ha declarado: "El problema de Nicaragua será resuelto por medios políticos, y no por un tribunal". Casi al mismo tiempo, Washington ha anunciado que interrumpía las conversaciones de Manzanillo, en las que participan EE UU y Nicaragua, gracias a los buenos oficios de México; eran, sin duda, el canal más directo para elaborar una solución política. A la vez, como ha declarado el canciller de México, Bernardo de Sepúlveda, entre Manzanillo y las gestiones de Contadora existe una relación estrecha: son como "dos vasos comunicantes". Aunque Washington no participa directamente en los trabajos del Grupo de Contadora, es obvio que las nuevas dificultades surgidas en la redacción del acta, cuando estaba casi terminada, tienen su raíz en la actitud de Washington.

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Aunque se han llevado a cabo relevos de los embajadores más duros en la zona, el presidente Reagan no parece desprenderse, con respecto a Centroamérica, de las posiciones más cerriles, centradas en los métodos militares o paramilitares, y que consideran la región como una especie de "jardín interior" de la política norteamericana. Mientras tanto, el camino de Contadora es apoyado por la gran mayoría de los Gobiernos de América Latina y de Europa occidental, que dieron a ese apoyo un carácter institucional en la reunión celebrada en septiembre pasado en San José de Costa Rica.

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