El Gobierno eliminó la objeción de conciencia 'sobrevenida' que propugnaba Justicia

La objeción de conciencia sobrevenida, esto es, la que se produce durante el período del servicio militar activo en filas, ha sido suprimida por el Gobierno, a instancias del Ministerio de Defensa, del texto elaborado por el Ministerio de Justicia. Igualmente, el Consejo de Ministros introdujo el pasado miércoles en el proyecto de ley definitivo que se remitirá al Parlamento otra modificación, también a propuesta de Narcís Serra: el Gobierno podrá, mediante decreto, incrementar el período de la prestación social sustitutoria desde un mínimo del 50% a un máximo del 100% sobre el tiempo del serv...

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La objeción de conciencia sobrevenida, esto es, la que se produce durante el período del servicio militar activo en filas, ha sido suprimida por el Gobierno, a instancias del Ministerio de Defensa, del texto elaborado por el Ministerio de Justicia. Igualmente, el Consejo de Ministros introdujo el pasado miércoles en el proyecto de ley definitivo que se remitirá al Parlamento otra modificación, también a propuesta de Narcís Serra: el Gobierno podrá, mediante decreto, incrementar el período de la prestación social sustitutoria desde un mínimo del 50% a un máximo del 100% sobre el tiempo del servicio en filas.

El anteproyecto estudiado por el Consejo de Ministros establecía el principio que el régimen de dedicación del objetor de conciencia a la prestación social sustitutoria debería ser "análogo al establecido para el servicio militar". Sin embargo, fijaba la duración de la situación de actividad en igual tiempo a la del servicio en filas del reemplazo del solicitante, "incrementada en su mitad". Esto es, sobre los 15 meses actuales del servicio militar, la prestación social sustitutoria podría durar 22 meses y medio.La posición del ministro de Defensa, Narcís Serra, puesta ya de manifiesto durante la cena que celebró la víspera de la reunión gubernamental con su colega de Justicia, Fernando Ledesma, inclinó finalmente al Gobierno a introducir un texto en virtud del cual se deja al Ejecutivo la posibilidad de establecer por decreto un incremento, cuyo límite mínimo será el 50% de la duración del servicio en filas y máximo del 100% de dicha duración, esto es, hasta un total de 30 meses.

Si el Gobierno hace uso de esta facultad discrecional hasta su límite máximo, España se alineará con los países de nuestra área que proporcionalmente exigen una mayor duración para la prestación social sustitutoria. Tal es el caso de Francia, cuyo servicio militar dura 12 meses y el servicio sustitutorio se incrementa en un 100%, o sea, otros 12 meses, hasta un total de 24 meses. En Italia, el incremento es del 66% (de 12 meses para el servicio militar a 20 para el sustitutorio); en Bélgica, Suecia y Finlandia, el 50% en Noruega, el 33%.; en Holanda, el 25%, y en Dinamarca, el 22%. El promedio europeo de incremento es de 47 meses, mientras que la ley, española prevé un aumento de 7 a 15 meses.

¿Prestación social o 'castigo'?

Tanto las organizaciones de objetores de conciencia como las entidades humanitarias, y en general. los sectores jurídicos progresistas consultados por este periódico, consideran que el incremento de la duración de la prestación social configura a éste, rnás que como un servicio sustitutorio del militar, como una auténtica sanción. Según estas fuentes, el proyecto de ley aprobado por el Gobierno podría conculcar el principio de igualdad de los españoles ante la ley consagrado en el artículo 14 de la Constitución. En el marco jurídico europeo, Austria y la República Federal de Alemania tienen establecido el mismo período de tiempo para el servicio militar que para el sustitutorio: 8 meses en el primer caso, y 16 en el caso alemán.En cuanto a la supresión de la objeción de conciencia sobrevenida, las fuentes citadas señalaron la dificultad que puede entrañar para el ejercicio de este derecho, ya que, según dice, debido a la falta de información, muchos objetores no pueden presentar su declaración de objeción hasta después de incorporarse a filas. Asimismo, consideran que no puede excluirse el supuesto de, la objeción -que se produce después de tener conocimiento efectivo de la práctica de las armas.

En todo caso, a pesar de las deficiencias denunciadas, el proyecto de ley contribuirá a solucionar una situación grave para muchos españoles, y permitirá que España sea excluida del reducido número de países que no tienen regulada la objeción de conciencia. Por lo demás, la nueva ley nos alejará de los años en que los objetores frecuentaron las cárceles. Sólo entre 1958 y 1976 fueron condenados en España un total de 825 objetores de conciencia por un total de 3.218 años de condena, de los que fueron cumplidos 1.904 años.

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Uno de los aspectos más positivos del proyecto de ley es la extensión de la objeción de conciencia a motivos no estrictamente religiosos. El artículo segundo del texto gubernamental prevé la exención del servicio militar de aquellos españoles sujetos a obligaciones militares que, "por motivos de conciencia o en razón de una convicción de orden religioso, ético, moral, humanitario, filosófico u otro de la misma naturaleza", sean reconocidos como objetores de conciencia por el Consejo Nacional que se crea al efecto.

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