La Audiencia Territorial puede dejar sin efecto el nombramiento de 240 altos cargos de la Generalitat

La Audiencia Territorial de Barcelona falló el pasado 19 de mayo, aunque se conoció ayer, a favor de un recurso presentado por la Delegación de Gobierno en Cataluña, y en contra del Departamento de Obras Públicas de la Generalitat, por el que se deja sin efecto el nombramiento del jefe de servicios del grupo de puertos de Gerona. La delegación ha presentado 240 recursos similares contra nombramientos de altos cargos de la Generalitat. Las tres sentencias que hasta ahora se han fallado, han sido favorables a los recurrentes. Según fuentes de la Delegación del Gobierno consultadas por EL PAÍS, d...

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La Audiencia Territorial de Barcelona falló el pasado 19 de mayo, aunque se conoció ayer, a favor de un recurso presentado por la Delegación de Gobierno en Cataluña, y en contra del Departamento de Obras Públicas de la Generalitat, por el que se deja sin efecto el nombramiento del jefe de servicios del grupo de puertos de Gerona. La delegación ha presentado 240 recursos similares contra nombramientos de altos cargos de la Generalitat. Las tres sentencias que hasta ahora se han fallado, han sido favorables a los recurrentes. Según fuentes de la Delegación del Gobierno consultadas por EL PAÍS, desde principios de 1982 sus servicios jurídicos habían observado anomalías en las convocatorias -realizadas por distintos departamentos de la Generalitat -de concurso-oposición para cubrir las plazas de jefes de negociado, de sección y de servicio que habían sido publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat (DOG). Las convocatorias perinitían que se presentaran tanto los funcionarios de carrera como los contratados administrativos. Según la sentencia, "los artículos 4, 5, 6 y 7 de la ley de Funcionarios Civiles del Estado no permiten que para cubrir estas plazas puedan acceder al concurso-oposición los contratados administrativos".Las convocatorias publicadas, que afectan a la mayoría de departamentos, no son restringidas a los contratados, ni públicas, en las que pued.a participar cualquier particular que reúna unos requisitos mínimos de edad o titulación. Además, el tipo de plazas convocadas es de propiedad y no a tiempo, fijo.

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