SANIDAD

Mayor facilidad en los traslados de los médicos de la Seguridad Social

El Ministerio de Trabajo ha preparado un real decreto que modifica determinados apartados del estatuto del personal médico de la Seguridad Social, especialmente en lo que se refiere al procedimiento de provisión de vacantes del personal facultativo.El real decreto, que será publicado próximamente por el Boletín Oficial del Estado, flexibilizará, Según la agencia Europa Press, los movimientos de plantilla en las instituciones jerariquizadas.

Por lo que se refiere a los traslados, el real decreto facilita el mecanismo de traslado en las instituciones sanitarias cerradas de la Seg...

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El Ministerio de Trabajo ha preparado un real decreto que modifica determinados apartados del estatuto del personal médico de la Seguridad Social, especialmente en lo que se refiere al procedimiento de provisión de vacantes del personal facultativo.El real decreto, que será publicado próximamente por el Boletín Oficial del Estado, flexibilizará, Según la agencia Europa Press, los movimientos de plantilla en las instituciones jerariquizadas.

Por lo que se refiere a los traslados, el real decreto facilita el mecanismo de traslado en las instituciones sanitarias cerradas de la Seguridad Social, debido a la necesidad de flexibilización de los movimientos de plantilla y a las aspiraciones desde años manifestadas por los facultativos que en ellas prestan sus servicios. El procedimiento de traslado se efectuará mediante concurso de méritos y no exclusivamente por antigüedad. Esta modalidad se aplicará también a los traslados en instituciones abiertas.

En cuanto a las jefaturas de departamento se modifica el procedimiento de selección para la cobertura de las plazas, que se efectuará entre los jefes de servicio que constituyan el correspondiente departamento.

Los datos de mayor interés, en cuanto a los baremos, son la igualdad de puntos para todos los médicos residentes que hayan efectuado su programa de formación completo, independientemente del hospital en que lo hayan efectuado, la incorporación en el baremo de medicina general de la titulación de especialistas en medicina familiar y comunitaria por el sistema nacional de formación, la equiparación entre el personal de los centros de la Seguridad Social y de los administrados por ésta; se contemplan asimismo los servicios prestados en el extranjero y el fomento de las actividades científicas docentes y discentes.

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