Comisión Constitucional del Senado

Acuerdo total sobre la ley del Tribunal Constitucional

El proyecto de ley del Tribunal Constitucional fue aprobado ayer por asentimiento de toda la Comisión Constitucional del Senado, gracias al acuerdo alcanzado por los grupos parlamentarios sobre los principales puntos de discusión, que habían provocado que la primera ley que desarrolla la norma fundamental española saliera aprobada en el Congreso de los Diputados por una exigua mayoría integrada fundamentalmente por UCD.El logro del nuevo acuerdo debe atribuirse al deseo generalizado, aunque más acentuado en el partido gubernamental, de que la ley no contase con una oposición dura, y a la estra...

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El proyecto de ley del Tribunal Constitucional fue aprobado ayer por asentimiento de toda la Comisión Constitucional del Senado, gracias al acuerdo alcanzado por los grupos parlamentarios sobre los principales puntos de discusión, que habían provocado que la primera ley que desarrolla la norma fundamental española saliera aprobada en el Congreso de los Diputados por una exigua mayoría integrada fundamentalmente por UCD.El logro del nuevo acuerdo debe atribuirse al deseo generalizado, aunque más acentuado en el partido gubernamental, de que la ley no contase con una oposición dura, y a la estrategia posibilista de los grupos, especialmente los socialistas, que consideran que el nuevo texto es una ley aceptable. El senador de UCD Manuel Villar Arregui dijo al explicar las soluciones negociadas que no se ha producido un consenso en la Constitución, sino un encuentro de opiniones en virtud de la voluntad general de convergencia.

De los tres principales temas en discusión, el primero se refiere a las instituciones que puedan interponer recurso de inconstitucionalidad (artículo 32). El acuerdo del Senado ha consistido en suprimir la posibilidad de que una comunidad autónoma recurra contra las leyes de otra comunidad que afecten a su ámbito, aunque sí podrá hacerlo contra las del Estado que sean de este carácter. Al mismo tiempo, ya no será sólo el Gobierno, sino también el defensor del pueblo o cincuenta parlamentarios de una misma Cámara quienes podrán recurrir contra actos en general de las comunidades autónomas.

En cuanto al conflicto de atribuciones (artículo 73), segundo punto de disputa, la redacción según la cual el Gobierno, las Cámaras parlamentarias y otras instituciones podrían recurrir contra actitudes de una de ellas que considerasen que invadían sus competencias, fue cambiada por otra que hace preciso que existan decisiones concretas para entablar el recurso. Además, la decisión de recurrir deberá ser tomada por el pleno de la institución, esto es, el Consejo de Ministros o un pleno parlamentario, y no por alguno de sus miembros.

Al explicar este acuerdo, el socialista Laborda dijo que con la antigua redacción casi había que esperar del buen humor del Gobierno para que éste no paralizase la actividad de otras instituciones, al interponer recurso. En principio, los socialistas habían pedido la supresión del apartado de los conflictos de atribuciones.

Por último se acordó modificar el artículo 79, sobre el recurso previo de inconstitucionalidad, de modo que no será posible recurrir contra un proyecto de estatuto de autonomía hasta que éste se haye preparado para ser sometido a referéndum, mientras él Congreso aprobó que podría recurrirse contra su texto definitivo, sin especificar en qué fase de tramitación.

Además de estos tres temas, la ponencia, compuesta por tres miembros de UCD y dos socialistas, modificó prácticamente la totalidad de la ley, recogiendo gran parte de las propuestas contenidas en las enmiendas presentadas.

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Así, la sesión duró menos de una hora, y se limitó a la explicación por parte de los portavoces de los acuerdos alcanzados. El socialista Laborda dijo que la ley, sin ser plenamente satisfactoria, queda aceptable, Manuel Villar Arregui, por UCD, subrayó que la ponencia -de la que él mismo formaba parte- ha realizado la doble labor de mejorar el proyecto y, en el aspecto político, permitir que la primera ley que desarrolla la Constitución obtenga un respaldo tan amplio como esta misma.

El nuevo proyecto de ley del Tribunal Constitucional, una vez sea aprobado por el Pleno del Senado, deberá volver al Congreso para ser ratificado antes de su promulgación.

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