Pensiones para los mutilados republicanos

Ciento once mil ciento cincuenta -unas 9.000 pesetas mensuales- cobrarán, en concepto de pensión, los mutilados de guerra del bando republicano en la guerra civil española, que no pueden ingresar en el Cuerpo de Caballeros Mutilados por la Patria. La disposición legal oportuna fue publicada ayer en el «Boletín Oficial».Esta cifra se establece para las mutilaciones de cuarto grado, y tiene carácter de pensión base. Para las incapacidades de primero, segundo y tercer grado se establece el 25, 50 y 75 %, respectivamente de la pensión base.

Respecto a las viudas señala que «la disposición n...

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Ciento once mil ciento cincuenta -unas 9.000 pesetas mensuales- cobrarán, en concepto de pensión, los mutilados de guerra del bando republicano en la guerra civil española, que no pueden ingresar en el Cuerpo de Caballeros Mutilados por la Patria. La disposición legal oportuna fue publicada ayer en el «Boletín Oficial».Esta cifra se establece para las mutilaciones de cuarto grado, y tiene carácter de pensión base. Para las incapacidades de primero, segundo y tercer grado se establece el 25, 50 y 75 %, respectivamente de la pensión base.

Respecto a las viudas señala que «la disposición no contempla este caso, y el Gobierno debe reconocer el derecho de nuestras viudas a cobrar esta pensión».

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