En libertad condicional Mauricio Ortega, el agresor de Nabila Rifo, víctima de violencia machista
Luego de estar nueve años recluido por arrancar los ojos a su pareja en 2016, Ortega es liberado por buena conducta por una comisión de jueces de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, en el sur de Chile


La Corte de Apelaciones de Coyhaique, de la región de Aysén en el sur de Chile, concedió este martes la libertad condicional a Mauricio Ortega, quien está condenado a 18 años de cárcel por la brutal agresión en mayo de 2016 a Nabila Rifo, quien era su pareja: la atacó y arrancó sus ojos. El tribunal de alzada, a través una comisión de jueces, revisó las postulaciones de 35 internos que buscaban el beneficio, y se lo concedió a 24, entre ellos a Ortega, quien estuvo recluido por nueve años en un penal en Puerto Aysén, el extremo sur de Chile, por lo que cumplió la mitad de su pena.
El informe judicial que revisó la comisión de libertad condicional señaló que Ortega presenta una “conducta intachable” y fue calificado con bajo compromiso delictual. El defensor regional de Aysén, Jorge Moraga, dijo a radio ADN que la postulación la realizan los internos y que el organismo, en este trámite, no lo representó. “Hay que tener harto cuidado de pensar que su libertad es sinónimo de impunidad. Ortega seguirá bajo supervisión de la justicia y ante cualquier conducta el sistema será muy duro con él”, señaló. Y explicó que el sistema chileno busca la reinserción y que “después de diez años, si la persona ha tenido un buen comportamiento al interior de la cárcel y señales de reinserción, se le da la oportunidad de volver a la comunidad. El sistema no parte de la base de que las personas queden presas para siempre”.
El caso de Nabila Rifo conmocionó a la sociedad chilena y se convirtió en símbolo, hasta hoy, de la violencia machista. Movilizó a cientos de mujeres que esperaron en vilo la condena a Ortega. Si bien fue sentenciado a 26 años de la cárcel un tribunal oral, en 2017 la Corte Suprema rebajó la pena a 18 años de presidio al recalificar el delito de femicidio frustrado a lesiones graves en el contexto de violencia familiar: estimó que “no quedó demostrada cabalmente la intención de matar, por las circunstancias en que ocurrieron los hechos”.
Cuando fue agredida por Ortega, Nabila Rifo tenía 29 años y tres hijos pequeños. La madrugada del 14 de mayo de 2016 fue hallada agónica y con hipotermia en la calle en Coyhaique, una ciudad ubicada a unos 1.400 kilómetros al sur de Santiago.
Ocho años después, en febrero de 2024, sus hijos mayores, de 21 y 18 años, fueron detenidos por el homicidio de la nueva pareja de Rifo, Gerardo Bañares, a quienes mataron a golpes luego que una noche intentara entrar a la casa donde vivían con su madre premunido con una piedra. Bañares la había atacado varias veces antes e, incluso, amenazado con un cuchillo. Los jóvenes estuvieron en prisión durante 10 meses y, en un fallo son precedentes, fueron absueltos en diciembre de ese año, luego que sus abogados, de la Defensoría Penal Pública, lograran acreditar que actuaron bajo “un miedo insuperable”, tesis jurídica que acogió la justicia. La resolución, además, tomó en cuenta como contexto el trauma que vivieron desde niños, tras la agresión de Mauricio Ortega a su mamá.
El fallo que absolvió a los hermanos señala que ambos “estuvieron insertos desde temprana infancia en un ambiente de permanente violencia intrafamiliar y vulneración de derechos, atendidas las relaciones de pareja de la madre (...), presenciando en forma constante actos de maltrato hacia aquella que los afectaban directamente”. Y agregó que fueron vivencias que “les generaron un trauma” que “no recibió atención especializada y ha continuado presente en sus vidas”. Ese trauma “influyó de forma relevante” en el homicidio que cometieron, pues “se encontraron frente a una situación que razonablemente les provocó un miedo de que se volvieran a producir eventos violentos pasados, y ese miedo fue de tal entidad que afectó ostensiblemente su forma de autodeterminarse en ese momento”.
En diciembre pasado, tras la sentencia absolutoria, los defensores de los hermanos, Mauricio Martínez y Francisca Riffo Ayala, explicaron a EL PAÍS el contexto de su actuar frente a Bañares, a quien Nabila Rifo había expulsado de su casa e intentó volver con una piedra. “Los hermanos decidieron que debían impedir que entrara porque temían que agrediera a su mamá. “Es en ese momento en que se manifiesta, en toda su magnitud, su estrés postraumático. Hay que ponerse en los zapatos de ellos y en su historia”, dijeron a este periódico.
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