Qué es y cómo se tramita una acusación constitucional en Chile
El proceso busca destituir e inhabilitar a los altos cargos públicos por incumplir la Constitución. Dos presidentes de la República han sido sometidos a este juicio político
El Congreso de Chile ocupará gran parte de este mes de octubre en tramitar al menos cuatro acusaciones constitucionales presentadas contra diversos altos cargos públicos. Tres de ellas han sido interpuestas en contra los jueces de la Corte Suprema Ángela Vivanco, Jean Pierre Matus y Sergio Muñoz, que deberán enfrentar un juicio político por diversos cargos y casos; además de un libelo ingresado este martes por el Partido Republicano, de la ultraderecha, en contra de la ministra del Interior Carolina Tohá. Se suma el anuncio de la bancada de diputados de Renovación Nacional (RN), de la derecha tradicional, que involucra al presidente Gabriel Boric y que ha recibido críticas transversales.
Esta seguidilla de libelos presentados con pocos días de distancia ha sido la máxima expresión del uso de una herramienta institucional extraordinaria, que entre sus castigos contempla la destitución y la inhabilidad de las máximas autoridades. Durante la historia, dos presidentes de la República han debido pasar por este proceso, el que lograron superar con éxito. No tuvieron la misma suerte un puñado de ministros y un juez de la Corte Suprema en 1993, que abandonaron sus cargos luego que los integrantes del Poder Legislativo los consideraran culpables de incurrir en una infracción a las normas establecidas por la Carta Magna.
El proceso de una acusación constitucional en Chile —que en otros países se asemeja al impeachment o a una vacancia por incapacidad moral— debe cumplir varios pasos antes de llegar a un juicio final. Muchos de estos documentos no prosperan principalmente por la falta de apoyo político, aunque otros sí logran ver la luz. Los acusados que son declarados culpables deben hacer una pausa obligatoria en su carrera política.
Cómo se presenta una acusación constitucional
La presentación de una acusación constitucional es una atribución exclusiva de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile. El texto, que también es conocido como libelo, tiene que detallar la acusación completa, con los cargos y las posibles infracciones cometidas por el acusado. El escrito debe ser firmado por al menos diez diputados para que pueda ser tramitado. Tras conseguir esos patrocinios, la mesa directiva de la Cámara Baja hace un sorteo para determinar a una comisión revisora conformada por cinco diputados, que en un plazo de diez días revisarán la acusación y emitirán un informe no vinculante en el que recomendarán aprobar o rechazar el texto.
Las autoridades que pueden ser acusadas
La acusación constitucional es vista como una forma de control del Poder Legislativo sobre el Ejecutivo bajo el fuerte sistema presidencialista que rige en Chile. Pero el instrumento legal no solo se concentra en la Presidencia, sino que también se extiende hacia los integrantes del Poder Judicial. Las autoridades que pueden ser objeto de un juicio son el presidente de la República; los ministros de Estado; los magistrados de los tribunales superiores de Justicia; el contralor general de la República; generales o almirantes de las Fuerzas Armadas; y los delegados presidenciales y provinciales (autoridades que reemplazaron a los antiguos intendentes y gobernadores). Los parlamentarios, los alcaldes, concejales, gobernadores regionales y consejeros regionales no están incluidos en este procedimiento.
La votación en la Cámara de Diputados
El libelo debe ser revisado y votado por toda la sala de la Cámara de Diputados, que escuchará los argumentos de los legisladores acusadores y de los abogados defensores de los acusados. Las autoridades sometidas a este proceso tienen una posibilidad de impedir su avance y acudir a la cuestión previa, la que de ser aprobada pone fin de manera prematura a la acusación y la cataloga como no presentada. Si esta maniobra no resulta exitosa o el propio acusado decide seguir en el proceso, se llegará a la discusión de fondo del libelo, en donde se definirá la aprobación definitiva y el despacho al Senado. El artículo 52 de la Constitución señala que este texto puede ser aprobado por la mayoría de los diputados; es decir, de 155 diputados se requieren 78 votos a favor.
El Senado como jurado
Es el lugar en donde se define el futuro de la acusación y el destino de la autoridad acusada. El Senado es la última etapa de revisión del juicio, en donde los senadores cumplen con un rol de jurado. Son estos legisladores los que definirán si el acusado es culpable o no de los cargos presentados desde la Cámara de Diputados. Debido a su participación en el proceso, los senadores no pueden opinar sobre el fondo de la acusación antes de votar, ya que cualquier opinión previa ante los medios de comunicación lo puede inhabilitar. Según la Constitución, el Senado puede aprobar una acusación constitucional cuando dos tercios de la sala la respalde; es decir, con 33 votos.
La sanción
Las autoridades que son encontradas culpables de cometer una infracción a la Constitución serán apartadas de manera inmediata de sus cargos. También quedarán inhabilitadas para ocupar cualquier cargo público en un plazo de cinco años. Los funcionarios que hayan dejado antes sus cargos también pueden ser acusados constitucionalmente, por lo que en esos casos el máximo castigo es la inhabilidad.
Las acusaciones aprobadas
Desde el retorno de la democracia en 1990 y bajo la vigencia de la Constitución de 1980, que fue redactada durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990), se han presentado 44 acusaciones constitucionales, de las cuales cuatro han sido exitosas. En 1993 el Congreso aprobó la destitución del juez de la Corte Suprema Hernán Cereceda, que fue acusado de abandonar sus deberes en la investigación de las causas por derechos humanos. En 2008 se acusó y destituyó a Yasna Provoste, la ministra de Educación del primer Gobierno de la socialista Michelle Bachelet (2006-2010), que fue considerada culpable en el marco de un caso de desaparición de subvenciones escolares. Cinco años después, otro ministro de Educación fue sacado del cargo bajo este instrumento; Harald Beyer, secretario de Estado de la primera Administración del presidente de la derecha tradicional Sebastián Piñera (2010-2014), fue acusado de no haber fiscalizado el lucro en las universidades privadas. La última acusación que cumplió con su objetivo fue la presentada en contra de Andrés Chadwick; ministro del Interior del segundo Gobierno de Piñera (2018-2022), por su responsabilidad en las violaciones a los derechos humanos durante el estallido social de octubre de 2019.
Los juicios contra los presidentes
Durante la historia de Chile se han presentado dos acusaciones constitucionales contra presidentes, las que nunca llegaron a su fin. En 1956 se acusó a Carlos Ibáñez del Campo, en un procedimiento que se ejecutó bajo la Constitución de 1925. Bajo la actual Carta Magna se acusó en dos oportunidades al presidente Sebastián Piñera (en 2019, por los hechos ocurridos durante el estallido social; y en 2021, por su aparición en los Papeles de Pandora). De prosperar el anuncio de la bancada de diputados de Renovación Nacional, se sumaría al presidente de izquierdas Gabriel Boric (en 2024, por la crisis de seguridad).
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