“Dirigió un grupo criminal que hacía limpieza social”: los argumentos de la condena a Santiago Uribe Vélez por nexos con el paramilitarismo
El Tribunal Superior de Antioquia concluyó que el hermano del expresidente Álvaro Uribe creó Los 12 apóstoles, un grupo paramilitar que ejecutó asesinatos selectivos en Antioquia en los años noventa
La historia de paramilitarismo que ha ensombrecido la vida pública de la familia Uribe Vélez se ha vuelto una verdad judicial. El Tribunal Superior de Antioquia condenó en segunda instancia a Santiago Uribe Vélez, el menor de los hermanos, al encontrar que “conformó y dirigió un grupo armado ilegal que, desde la hacienda La Carolina (...), llevó a cabo un plan para asesinar y exterminar de forma sistemática a personas consideradas como indeseables”. Se trata de Los 12 apóstoles, una organización paramilitar a la que se le atribuyen más de 300 asesinatos selectivos, desplazamientos, desapariciones o amenazas en cercanías al municipio de Yarumal (Antioquia) a comienzos de los años noventa.
La sentencia, que condena al ganadero a 28 años y 4 meses de prisión por los delitos de concierto para delinquir agravado, conformación de grupos paramilitares y homicidio agravado por el caso del conductor Camilo Barrientos, llega un año después de que un juzgado lo absolviera en primera instancia. El tribunal cuestiona abiertamente el fallo que favoreció al hermano del expresidente Álvaro Uribe Vélez. “La primera instancia y la defensa optaron por el único recurso de aislar cada uno de los testimonios y atacar su credibilidad, siempre por separado”, señala.
Los 12 apóstoles, señala la decisión judicial, toma su nombre de la docena de hombres —ganaderos, empresarios, policías y un sacerdote— que comenzaron a operar en 1992 en Yarumal, en el norte del departamento de Antioquia, bajo el nombre Autodefensas del Norte Lechero. La región sufría la presencia creciente de la guerrilla de las FARC, responsable del asesinato del padre de los Uribe Vélez en 1983. La familia, terrateniente y ganadera, tenía fincas en la zona. Álvaro era un asentado político liberal. Como gobernador del departamento, entre 1995 y 1997, impulsó unas cooperativas privadas de seguridad llamadas Convivir. Luego, como presidente (2002-2010), lideró una polémica negociación con los principales grupos paramilitares que llevó a su desmovilización, mientras combatía de frente a la guerrilla.
El juicio no tiene motivaciones políticas
Lo primero que deja en claro la sentencia es que el juicio no se debe a ser hermano del expresidente, cuando el juez de la primera instancia abordó esa posibilidad de forma extensa. El tribunal afirma que es una obviedad que ese argumento fue una “propuesta estratégica de la defensa, que no requería la trascendencia de problema jurídico que le otorgó la sentencia”.
Según los magistrados, ese argumento, uno de los principales de la defensa durante más de tres años y medio de juicio, choca con la realidad de que las acusaciones en su contra son de vieja data. La primera declaración en su contra, del expolicía Alexander Amaya Vargas, se remonta a junio de 1996, cuando se dio la consolidación del grupo y cuando Álvaro empezaba su mandato en la Gobernación. “Esta circunstancia descarta cualquier tipo de complot urdido por el testigo en contra del sindicado o de su círculo familiar, con miras a desacreditar su conducta o la de su hermano por sus responsabilidades políticas”, señala la sentencia en relación con el testimonio del mayor retirado de la Policía Juan Carlos Meneses.
Uno de los testigos que aportó Uribe Vélez, José Gilberto Martínez Guzmán, era policía en la zona a inicios de los noventa. De acuerdo con el tribunal, su testimonio fue contradictorio y tenía la intención de minimizar la declaración de Meneses, una de las pruebas clave contra Uribe. “Martínez hace parte de las piezas ofrecidas por la defensa con el fin de crear un escenario en el que se explique la sindicación de Santiago Uribe Vélez como parte de una especie de conspiración con el fin de desprestigiar a su hermano”, explica el documento, que dedica varios apartados a señalar que el expediente parte de hechos probados desde la primera mitad de la década de los noventa. “En nada se relacionan con conspiraciones políticas o de esa naturaleza”, concluye.
El testimonio clave “no tiene ningún matiz infantil”
Según la segunda instancia, conocida este martes, el juzgado no tuvo en cuenta declaraciones que apuntaban al papel central del ganadero en Los 12 apóstoles. La Sala destaca, en particular, el testimonio de Meneses, comandante de la Policía de Yarumal para la época y pieza clave en el caso, pues ha aceptado que apoyó al grupo paramilitar. En concreto, reprochan al juez de primera instancia haber demeritado su relato. “El juez pareció olvidar el contexto de lo ocurrido, en el que varios testigos fueron asesinados por el grupo criminal o fueron seriamente perseguidos por pertenecer al grupo o por conocer cualquier aspecto acerca de su temible accionar”, se lee en la decisión.
El tribunal resalta que la declaración de Meneses contiene detalles que “solo puede conocer quien participó o tuvo conocimiento directo de los hechos”, lo que le otorga un peso especial. También recuerda que el policía en retiro ha mantenido su versión incluso desde el exilio y subraya que su relato permite comprender la manera como se estructuró la alianza entre civiles y policías. En esa línea, sostiene que el testimonio no tiene “ningún matiz infantil” como sugirió la primera instancia.
La sentencia también es crítica con el argumento del primer fallo de que Meneses incurría en contradicciones graves. “Algunos de los puntos considerados como contradicciones determinantes, no siempre que lo eran”, dice el documento. Esa falta de análisis conjunto, indican los magistrados, impidió al juez de primera instancia valorar adecuadamente la coherencia entre ese testimonio y la información aportada por otros declarantes.
Por último, el tribunal descarta el argumento del juez de primera instancia de que Meneses recibía beneficios por declarar en contra de Uribe. “Nada indica, con un mínimo de seriedad, que las afirmaciones del testigo tuvieran su origen en comodidades o recompensas como las que especulativamente quiso mostrar el juez”, menciona el texto.
El homicidio de Camilo Barrientos no fue aislado
Otro elemento central en la condena es negar la versión de la defensa, que acogió la primera instancia, según la cual la muerte de Camilo Barrientos Durán, un conductor de bus asesinado en la vía que conduce de Campamento a Yarumal, se originó en un conflicto personal. De acuerdo con la sentencia, el homicidio debe entenderse dentro del patrón de actuación del grupo paramilitar y no como un episodio aislado.
La Sala recoge múltiples testimonios que coinciden en que Barrientos estaba incluido en una lista de personas señaladas de ser colaboradoras de las FARC y que iban a ser asesinadas. De hecho, Barrientos alcanzó a saberlo. “El propio Camilo Barrientos acompañó una comisión municipal para averiguar por qué aparecía en el listado”, explica el Tribunal.
Sobre el asesinato, la sentencia explica que, como conductor intermunicipal, Barrientos “facilitaba la entrega de elementos de diverso orden con destino a la guerrilla”. Explica que Uribe Vélez tuvo información al respecto y ordenó a Meneses que lo perfilara y “le pidió su colaboración para que ese homicidio se llevara a cabo sin contratiempos”. La Sala añade que, antes del asesinato, Uribe trató el asunto con alias Rodrigo, su hombre de confianza en el área rural de Yarumal.
“En el caso de Camilo Barrientos también se cuenta con el testimonio de Meneses Quintero quien, como ya se relacionó, hizo parte del plan mancomunado para llevar a cabo la muerte de Camilo Barrientos y cuya preparación e iniciativa la tuvo el sindicado Uribe Vélez”, concluye la sentencia.
El rol de Diego Cadena, el abogado condenado por soborno
En la condena a Santiago Uribe Vélez, el Tribunal Superior de Antioquia compulsa copias para que la Fiscalía General de la Nación investigue a Diego Javier Cadena Ramírez, ampliamente conocido por su cercanía con Álvaro Uribe y por su papel en gestiones con antiguos jefes paramilitares. El abogado ya fue condenado por soborno y manipulación de testigos en el mismo caso en el que el expresidente fue absuelto. Cadena aparece en el expediente como asesor de Juan Carlos Rodríguez Agudelo o Zeus, cuando este expolicía quiso ofrecerse para rendir testimonio a favor de Uribe. Zeus terminó convertido en una figura lateral pero reveladora del caso, luego de que la Fiscalía lo investigara por falso testimonio tras entregar una versión irregular destinada a favorecer al ganadero. “El propio declarante aceptó que recibió asesoría del abogado Diego Javier Cadena Ramírez para redactar una carta dirigida al Fiscal General de la Nación afirmando que tenía información acerca de la investigación que se adelantaba en contra de Santiago Uribe”.