Condenado un hombre a 15 días de arresto domiciliario por acosar a una mujer en plena calle
El denunciado se dirigió a la víctima de forma humillante e intimidatoria y la agarró del brazo en contra de su voluntad
Hace algo más de cuatro años, la ley de libertad sexual, conocida como ley de solo sí es sí, modificó el código penal español para definir y poner coste al acoso sexual callejero. Aunque se considera un delito leve, dirigirse a otra persona “con expresiones, comportamientos o proposiciones de carácter sexual que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria, sin llegar a constituir otros delitos de mayor gravedad” va contra la ley. En Guadix (Granada, 18.725 habitantes), un juez ha condenado a un hombre a 15 días de arresto domiciliario y a un alejamiento de 300 metros de la víctima por este delito de acoso callejero, que la sentencia califica de vejaciones sexuales. El ahora condenado se acercó una noche de mediados de enero a una mujer y, tras decirle “qué guapa eres” y otras frases de esa índole, la cogió del brazo de manera sorpresiva, asustando a la víctima.
En su relato de hechos, el juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guadix, Alfonso Peralta Gutiérrez, cuenta que el hombre se acercó a la mujer y se dirigió a ella de modo “hostil”, “humillante” e “intimidatorio”. Según declaró la víctima, todo comenzó con un “qué guapa eres” y continuó con frases como “dónde vas tan sola, quieres que te acompañe”, para terminar con él agarrando a la mujer del brazo contra su voluntad. Eran casi las nueve de la noche de un 17 de enero en un lugar frío como Guadix. La víctima, según narra la sentencia, muy asustada, comenzó “a gritar que le soltara, que le dejara, que justo enfrente estaba la peluquería de su pareja”. Finalmente, consiguió soltarse el brazo y alejarse del hombre. Aunque no es lo habitual, la mujer denunció los hechos en la Policía Nacional, algo necesario para que estos delitos sean perseguidos por la justicia, ya que requieren denuncia de la persona agraviada o de su representante legal, según la ley.
Pero además de la obligatoriedad de la denuncia, la otra dificultad –como es habitual en los delitos sexuales– es conseguir las pruebas que incriminen al culpable. En este caso, en una declaración telemática desde la cárcel, donde se encuentra por otro delito, el finalmente condenado negó toda participación en los hechos, negó conocer a la víctima y aseguró que jamás se había encontrado con ella. El juez, sin embargo, considera que dado que “la denunciante no conoce de nada al denunciado”, y que su testimonio ofrece “verosimilitud []… con una persistencia en firmeza del mismo” hay prueba de cargo para considerar que los hechos ocurrieron tal y como ella los cuenta. Finalmente, la sentencia, además de los 15 días de arresto domiciliario y el alejamiento de 300 metros de la víctima, incluye ese mismo alejamiento del domicilio, de lugar de trabajo de la víctima así como de los sitios que ella frecuenta habitualmente, y la prohibición de comunicarse con ella por cualquier medio. La sentencia, adelantada por el diario Ideal, es firme y no admite recurso.
En su búsqueda de jurisprudencia sobre casos similares, el juez escribe que, quizá por el poco tiempo transcurrido desde que este delito fue incorporado al Código Penal, existen pocas sentencias sobre este asunto. Cita, sin embargo, algunas de ellas que ilustran que, efectivamente, es un delito leve con sentencias muy leves.
En Boadilla del Monte, a plena luz del día, en verano de 2023, un hombre se acercó a una mujer para decirle frases como “estás rica, me casaría contigo”, mientras “dirigía su mirada de arriba abajo y se relamía pasándose la lengua sobre sus labios”. La víctima lo denunció y, a pesar de ello, en otro encuentro fortuito entre ambos, el hombre volvió a repetir su actitud. El juez, que lo consideró responsable de un delito de acoso o vejación sexual leve, le impuso una pena escasa de 45 días de multa a 5 euros diarios. Apenas 225 euros le costaron al agresor sexual.
Poco más, 300 euros de multa, le costó a otro hombre acercarse tres días diferentes a una mujer en un local de ensayo en Barcelona, en mayo de 2023, y mientras la cogía del hombro o del brazo o le sacaba la lengua, según la ocasión, decirle el habitual “qué guapa eres” o preguntarle si tenía novio. En todos los casos, la víctima se sintió incómoda e intimidada, pero en la última ocasión sufrió también un ataque de ansiedad que requirió asistencia sanitaria.
El teléfono 016 atiende a las víctimas de violencia machista, a sus familias y a su entorno las 24 horas del día, todos los días del año, en 53 idiomas diferentes. El número no queda registrado en la factura telefónica, pero hay que borrar la llamada del dispositivo. También se puede contactar a través del correo electrónico 016-online@igualdad.gob.es y por WhatsApp en el número 600 000 016. Los menores pueden dirigirse al teléfono de la Fundación ANAR 900 20 20 10. Si es una situación de emergencia, se puede llamar al 112 o a los teléfonos de la Policía Nacional (091) y de la Guardia Civil (062). Y en caso de no poder llamar, se puede recurrir a la aplicación ALERTCOPS, desde la que se envía una señal de alerta a la Policía con geolocalización.