Abusos de los restaurantes en las cenas de Navidad: obligar a un menú cerrado y quedarse el dinero de la reserva para usar otro día

La OCU denuncia prácticas ilegales de la restauración en las comidas de diciembre, como cobrar el cubierto o el agua del grifo, y calcula que cada español gastará 143 euros en este tipo de celebraciones

Mesa navideñaFernando Trabanco Fotografía (Getty Images)

El mes de diciembre está plagado de comidas y cenas de Navidad que llenan los restaurantes: con la empresa, con los amigos, con la familia. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha realizado una encuesta a partir de la cual calcula que cada español gastará 143 euros en esta partida este año. Sin embargo, este mes también es el momento en el que se producen más situaciones abusivas, como obligar a contratar un menú cerrado, cobrar un plus por elegir un día o quedarse el dinero de la reserva para usar otro día (y no el de la comida). La clave para saber si son ilegales es que estén correctamente anunciadas; si no es así, se puede acudir a las autoridades de consumo.

“Este mes es el que tiene más demanda de comidas y cenas fuera, pero la oferta es la misma, y ese desequilibro da pie a que haya más abusos por parte de las empresas de restauración”, explica Enrique García, portavoz de la entidad. “Por ejemplo, consideramos abusivo que se obligue a los consumidores a escoger un menú cerrado, en lugar de poder elegir a la carta. O imponer un menú común para todos, ignorando las posibles alergias o intolerancias de los comensales”. También se incluiría aquí cobrar un suplemento elevado por diferentes alternativas dentro del menú.

Otra práctica habitual es solicitar un adelanto de dinero por la reserva. Según la OCU, antes de adelantarla conviene comprobar hasta cuándo puede cancelarse y si existe alguna penalización (y a cuánto ascendería) en el caso de que alguno de los comensales no pudiera finalmente acudir a la comida por motivos de fuerza mayor. ¿Hasta cuándo se puede cancelar? “No está contemplado el derecho de desistimiento, pero creemos que tiene que indicarse de forma clara al principio de la contratación y recoger circunstancias como fuerza mayor para cancelar”, responde el portavoz.

¿Cuánto es legal que te pidan adelantar por la reserva? “No hay un límite, porque hay libertad de precios, pero la obligación del establecimiento es informar de las condiciones de forma clara y transparente. Si eso no se cumple, es ilegal”, apunta García. Así, es legal cobrar hasta el 100% de la reserva, pero la OCU considera que la cantidad no debería exceder el 50% para no ser excesiva, ya que cobrar todo el importe de un menú resulta abusivo, al resultar desproporcionado a los costes asumidos por el empresario y supone un enriquecimiento injusto.

Este año han monitorizado una nueva práctica que consiste en que el restaurante exige pagar una cantidad por la reserva, pero ese dinero no se puede usar durante el día reservado, sino que queda guardado como una especie de bono, obligando así al comensal a repetir comida o cena otro día. “Se cobra una cantidad por la reserva que luego se fía a consumiciones posteriores”, dice García. Una vez más, “el concepto de legalidad o no legalidad está en la información al consumidor: si no se informa convenientemente, es ilegal”.

Prácticas ilegales

Además, hay otras prácticas que son directamente ilegales, independientemente de que se avise antes. Entre ellas están no ofrecer una carta física del menú y disponer tan solo de códigos QR, que falte una referencia en los precios “según mercado” (como un precio por kilo) o que no se avise del precio de un producto fuera de carta. Tampoco es legal cobrar por el servicio de mesa o por el cubierto, dado que está implícito en el propio servicio de hostelería.

“El consumidor debe conocer el precio completo, no vale con los precios sin impuestos. También ocurre con la existencia de suplementos no solicitados: no tienes que pagar por lo que no has solicitado. Son pequeños costes que suelen subir la cuenta. No te pueden cobrar por el cubierto, eso es ilegal, aunque lamentablemente a veces ocurre. Es como si te cobraran por ir al baño”, resume García.

Hay más ilegalidades: no se puede cobrar por el agua del grifo, su dispensación es gratuita y obligatoria si el cliente la solicita. Tampoco puede rechazarse el pago en efectivo; sí se puede rechazar el pago con tarjeta si se advierte claramente antes de consumir. Por último, es contrario a la normativa que el tique de compra no detalle cada uno de los productos consumidos.

Si el cliente sufre alguna situación que considera abusiva o ilegal, la organización de consumidores recuerda que se puede exigir una hoja de reclamaciones. Si el establecimiento se niega a facilitarla, se puede avisar a la Policía Municipal para que levante acta. En estos casos, la OCU recomienda guardar el tique de compra, que es de obligada emisión y en la que deben aparecer con detalle los productos consumidos. Luego, hay que llevar ese documento a las autoridades de consumo de la comunidad autónoma.

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