Las víctimas de la trama de prostitución en Murcia: diez años para ser escuchadas por el tribunal
Las menores, especialmente vulnerables, no estaban personadas en la causa y no participaron del acuerdo con los acusados en el juicio, que ha generado polémica social porque no entrarán en prisión
Diez años después de que la policía desarticulara una trama de explotación sexual de menores en Murcia, el juicio contra los hombres que pagaron para prostituir a las adolescentes ―de entre 15 y 17 años en esa época― y quienes las captaron ha despertado una polémica social por el procedimiento seguido —una sentencia de conformidad entre la fiscalía y los acusados— y por las penas que cumplirán l...
Diez años después de que la policía desarticulara una trama de explotación sexual de menores en Murcia, el juicio contra los hombres que pagaron para prostituir a las adolescentes ―de entre 15 y 17 años en esa época― y quienes las captaron ha despertado una polémica social por el procedimiento seguido —una sentencia de conformidad entre la fiscalía y los acusados— y por las penas que cumplirán los condenados, que no entrarán en prisión, pese a que las peticiones iniciales eran elevadas. Ninguna de las 11 adolescentes se personó como acusación en ese juicio ni fueron informadas del acuerdo de conformidad entre los abogados de los acusados y la Fiscalía, sellado el pasado 11 de septiembre. El tribunal solo ha escuchado a las víctimas hace unos días, una vez que la sentencia era firme.
Esta semana, la Audiencia Provincial de Murcia ha decidido suspender la prisión impuesta a los siete hombres condenados por prostituir a las menores —en uno de los casos, el de Juan Castejón, que acumulaba cinco delitos, en contra de la opinión de la Fiscalía— y también a uno de los taxistas que las trasladaba a los locales donde eran explotadas y a una intermediaria. Ahora, queda en el aire el futuro de las tres mujeres que captaron a las adolescentes y el de otro taxista; para ellos, el fiscal ha pedido que no se suspendan las condenas y sí entren en la cárcel.
En la década transcurrida, ninguna de las 11 menores prostituidas había sido contactada por el tribunal, ni siquiera para informarles sobre el acuerdo de conformidad con el que se han fijado las condenas. Según explica el fiscal superior de la comunidad autónoma, José Luis Díaz Manzanera, la ley 4/2015, de 27 de abril, del estatuto de la víctima del delito, no obliga a ello, aunque tampoco lo prohíbe. Por eso, en su opinión, habría que modificar esa norma para reforzarla y que, en casos de violencia sexual o de especial vulnerabilidad de las víctimas, como este, ellas puedan “al menos ser escuchadas” para que sus opiniones, aunque no sean vinculantes, puedan tenerse en cuenta.
Fue la pasada semana, y aunque el acuerdo de conformidad ya era firme y, por tanto, no podía ser recurrido ni revocado, cuando la Audiencia Provincial citó a las víctimas para escuchar su parecer sobre la posible suspensión o no de las condenas de los procesados. La magistrada ponente, Concepción Roig, señaló que cinco de ellas habían manifestado su voluntad de “pasar página” y se posicionaron expresamente a favor de que los hombres con los que fueron prostituidas no entraran en la cárcel, con la intención de concederles “una segunda oportunidad”. Otras dos no quisieron pronunciarse al respecto, y cuatro más pidieron al tribunal que no suspendieran las penas de prisión.
Las cuatro, ha apuntado la magistrada, fueron escuchadas por el tribunal cuando el “movimiento social” que se ha generado en la región para protestar por las bajas condenas impuestas en este caso “era ya evidente” y ha considerado que estaban “presionadas” por esa indignación social. La magistrada insistió en reiteradas ocasiones durante las vistas en la presión mediática a la que se han visto sometidas estas mujeres, que manifestaron ante el tribunal que las escuchaba por primera vez que se han sentido “victimizadas doblemente” y que están “mucho peor” que antes de llevarse a cabo el proceso judicial, ya que muchas tenían “superados” los hechos y habían “rehecho su vida”.
No obstante, hasta que se produjeron estas citaciones, las víctimas no habían tenido ningún conocimiento de la marcha del procedimiento judicial. La madre de una de ellas, que utiliza el nombre ficticio de Juana, explica que las chicas desconocían incluso que podrían haber participado con sus propios abogados en el procedimiento. El fiscal superior insiste en que tanto la policía como los órganos judiciales durante la fase de instrucción están obligados a proporcionar esa información, algo en lo que coinciden el resto de fuentes jurídicas consultadas.
Pero ser informadas no siempre significa que las víctimas se vayan a personar. Teresa Peramato, fiscal de sala delegada de Violencia sobre la Mujer de la Fiscalía del Estado, apunta que las víctimas de delitos sexuales llegan a los procedimientos “muy dañadas” y, aunque hayan denunciado, un paso que ya es difícil para ellas, mantenerse en el procedimiento lo es aún más si no cuentan con un acompañamiento integral adecuado.
La abogada jubilada y activista Herminia Suárez Mata, que a principios de los 90 puso en marcha la Asociación de Ayuda a Víctimas de Agresiones Sexuales y Violencia Doméstica (Adavas), coincide en que es “tristemente habitual” que las víctimas de delitos sexuales acaben por no involucrarse en los procedimientos. “Las mujeres siempre tienen pánico a ir a los juzgados. No saben cómo plantear su caso, ni cómo denunciarlo. Debido a los estereotipos sociales que hay, piensan que de entrada se las va a tratar de mentirosas. Luego, van a someterlas a una cantidad de preguntas que las van a martirizar. A veces les da vergüenza contar lo que han sufrido, tienen miedo a que sus familias conozcan por lo que han pasado, aunque de ninguna manera son ellas responsables de lo que han pasado”, explica.
Tanto es así que Juana ni siquiera a día de hoy, diez años después de los hechos, ha podido hablar con su hija de la trama en la que se vio envuelta. “Todo lo que sé es lo que me contó la Policía Nacional”, apunta. Lo que le contaron es que su hija estaba en un chalet donde prostituían a menores que captaban en discotecas light, a través de anuncios en los que las adolescentes se ofrecían como canguros, o en sus propios colegios. Este último fue el caso de su hija, que un día acudió a casa con una compañera de clase para pedir permiso para ir con ella a cuidar a un bebé. “Le dije que volviera a las 7, pero no lo hizo. Ella nunca llegaba tarde. La llamé al móvil y lo tenía apagado, eso me preocupó mucho. Cuando llegó a casa tenía los ojos hinchados, no paraba de llorar, nunca la había visto así. Solo me decía que no podía hablar”. Al día siguiente, cuando estaba en el trabajo, Juana recibió una llamada de la Policía Nacional que le pedía ir con urgencia a comisaría: habían desarticulado la trama.
La chica, que tenía “15 años recién cumplidos” cuando sucedieron los hechos, tiene diagnosticada una depresión crónica desde aquellos días. Al igual que su madre, tiene miedo de manera constante de estar siendo vigilada por la trama. Juana trató incluso, para no empeorar su estado, que su hija no conociera el resultado del procedimiento judicial: penas de dos años por cada delito de prostitución cometido por las captadoras y los taxistas, y cinco meses por cada delito en el caso de los prostituidores. Las condenas han sido rebajadas considerablemente al aplicarse la atenuante “muy cualificada” de dilaciones indebidas, ya que el procedimiento judicial se ha retrasado diez años.
El fiscal superior reconoce el malestar que generan entre la ciudadanía este tipo de retrasos que, sin embargo, lamenta, “son constantes” y llevan a la aplicación de atenuantes en las penas “todos los días”. Se trata de un asunto que es muy complejo de abordar porque requeriría, dice, una “reforma profunda” de un sistema judicial infradotado, con una enorme carencia de jueces y fiscales, que lleva a que las causas complejas se eternicen en el tiempo. Y, aunque la ley considera que las dilaciones suponen un perjuicio para los acusados y por ese motivo sirven como atenuante de las condenas, Díaz Manzanera se muestra tajante al afirmar que esas mismas dilaciones generan también un enorme daño a las víctimas. Una opinión que comparte Suárez Mata, que va incluso más allá al afirmar que esta atenuante “pone de manifiesto que las víctimas son completamente secundarias en un proceso penal, siguen ocupando la última fila del proceso penal, no se aborda su situación y el daño sufrido”.
En esa misma línea, Peramato apunta que “la dilación, en todo caso, perjudica a los investigados, pero a las víctimas les causa un daño tremendo en su recuperación personal”. Por eso, en su opinión, los acuerdos de conformidad no deben “demonizarse”, porque no siempre son negativos para las víctimas, en el sentido de que pueden agilizar la respuesta judicial, evitar un juicio que puede dilatarse más aún en el tiempo, y acelerar el cobro de posibles indemnizaciones que, en casos de violencia sexual, puntualiza, “nunca reparan totalmente el daño causado”. En este caso, el acuerdo alcanzado fija indemnizaciones de entre 500 y 2.000 euros por cada uno de los delitos cometidos.
Para Suárez Mata, estas bajas indemnizaciones, sumadas a las rebajas de las condenas que podrían desembocar en que los acusados se libren de la cárcel, lanzan un peligroso “mensaje de tranquilidad” a proxenetas y puteros: el de que “sale muy barato satisfacer los deseos de poder a través del sexo”. En su opinión, en este caso es clave aplicar una perspectiva de género para entender que “no es tolerable que el cuerpo de las mujeres esté dentro del mercado, porque el consentimiento de ellas está viciado, se produce por necesidad y vulnerabilidad”. Más aún, advierte, cuando las víctimas prostituidas son, como en este caso, menores de edad.
Para Peramato, “tenemos que seguir trabajando mucho para incorporar el enfoque de género en las actuaciones judiciales, y eso requiere de mucha formación”. La fiscal reconoce que se está haciendo un “esfuerzo muy grande” en ese trabajo formativo, tanto en las universidades como a través de la formación continua de jueces y fiscales, puesto que sin esa perspectiva, considera imposible dar “un tratamiento procesal adecuado” a casos de violencia sexual y de género. “Tener una perspectiva de género es absolutamente esencial para abordar los delitos que sufren las mujeres por el hecho de serlo. Sin esa perspectiva, la actuación de jueces y fiscales puede ser equivocada y llegar a resultados que no hacen verdadera justicia”, concluye.