El CGPJ abre expediente disciplinario por sus mensajes en redes al juez que sentenció a prisión a Juana Rivas
El magistrado se enfrenta a una multa de hasta 6.000 euros o a su suspensión, traslado forzoso o separación de sus funciones
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto un expediente disciplinario a Manuel Piñar Díaz, magistrado del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, como consecuencia de la queja del abogado Carlos Aránguez, letrado de Juana Rivas, por el contenido de las publicaciones que el juez difundía redes de sociales y medios de comunicación, según explicó el letrado en septiembre del año pasado, momento en el que presentó la queja.
Piñar Díaz es el juez que ...
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha abierto un expediente disciplinario a Manuel Piñar Díaz, magistrado del Juzgado de lo Penal 1 de Granada, como consecuencia de la queja del abogado Carlos Aránguez, letrado de Juana Rivas, por el contenido de las publicaciones que el juez difundía redes de sociales y medios de comunicación, según explicó el letrado en septiembre del año pasado, momento en el que presentó la queja.
Piñar Díaz es el juez que en julio de 2018 impuso una condena de cinco años de prisión y seis de pérdida de la patria potestad a Rivas por dos delitos de secuestro de menores. La condena incluía una multa de 30.000 euros por daño moral y material hacia la expareja de Rivas. En su sentencia, Piñar escribía que la mujer, además, “decide explotar el argumento del maltrato” en su defensa. Rivas es la madre de Maracena (Granada) que en verano de 2016 volvió con sus dos hijos menores de edad a España desde Italia, donde vivía con su entonces pareja, y ya nunca los retornó voluntariamente. En el verano de 2017, la justicia la conminó por tercera y última vez a entregar a los niños a Francesco Arcuri, el padre, pero, en vez de ello, desapareció con los menores. Finalmente, tras un mes desaparecida, entregó a sus dos hijos a su progenitor. Desde entonces, los dos niños y Arcuri conviven en Italia.
La queja de Aránguez ante el CGPJ se refiere a numerosas publicaciones del juez Piñar en su muro de Facebook que, por otra parte, eliminó en noviembre del año pasado, tras la reclamación interpuesta ante el órgano de los jueces. En ellas, Piñar se autodenominaba “jefe en Magistratura” y hacía comentarios contra la justicia y las políticas de igualdad. Según los pantallazos facilitados por Aránguez, respecto de la justicia, por ejemplo y al hilo de la sentencia de los ERE, escribió que “esto demuestra hasta qué punto tenemos una basura de justicia y la principal el Tribunal Supremo”. En otra ocasión publicó un texto pidiendo “una fatua –un pronunciamiento legal islámico que en el sentir general puede entenderse como una condena a muerte contra alguien– por esos jueces que dejan en libertad o suspenden condenas a un condenado por 142 robos”. En otra ocasión aludió a “la justicia cobarde”. En el ámbito de las políticas de igualdad y del feminismo, en mayo del año pasado habló de “bazofia feminazi”, luego del “comunismo feminazi” sobre un viaje de la ministra Irene Montero a Nueva York y, más adelante, se refirió al “efecto de conceder la regularización a las mujeres que denuncian maltrato o abusos. Hay cientos de casos de falsas denuncias buscando regularización”.
El juez Piñar, además, tampoco ha dudado en opinar sobre política en su muro. Sobre una foto de Zapatero escribió: “Ladrones, corruptos y encima con orgullo. Herederos de José María el Tempranito [sic]”. En junio de 2022 publicó un mensaje sobre la foto del eurodiputado socialista Fernando López Aguilar: “El verdadero rostro del socialismo, todo mentira, falsedad e hipocresía”. Tiempo después dijo que “la izquierda se está convirtiendo en un cartel de narcos”. En la queja de Aránguez, el abogado expuso que todas esas publicaciones “rebasan con creces los límites de la libertad de expresión, máxime teniendo en cuenta que son proferidas por un aplicador del Derecho”, según recogió Europa Press.
El expediente disciplinario del CGPJ contra Piñar alude a una posible infracción disciplinaria prevista en el artículo 417.14 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que considera una falta muy grave “la ignorancia inexcusable en el cumplimiento de los deberes judiciales”, y en el 418.5 de la misma norma, que estipula como grave “el exceso o abuso de autoridad, o falta grave de consideración respecto de los ciudadanos, instituciones, secretarios, médicos forenses o del resto del personal al servicio de la Administración de Justicia, de los miembros del Ministerio Fiscal, abogados y procuradores, graduados sociales y funcionarios de la Policía Judicial”. Si, finalmente, el expediente considera que ha cometido una falta grave, la ley establece multa de 501 a 6.000 euros, que en caso de ser muy grave estaría penada con suspensión, traslado forzoso o separación de las funciones jurisdiccionales. Según ha informado Europa Press, la medida disciplinaria se ha tomado en contra de la decisión del promotor de la acción, que habría propuesto archivar el expediente y olvidarse del caso.
Hace unos días, el Tribunal de Apelación de Cagliari confirmó la custodia exclusiva de Juana Rivas sobre el hijo mayor –de 17 años– alegando que “deben tenerse en cuenta los deseos expresados por el niño al respecto”. En cambio, según la sentencia, el menor seguirá viviendo con Arcuri en régimen de “custodia exclusiva”.
Con el paso de los años, la sentencia de Rivas fue menguando en distintas instancias judiciales hasta que, finalmente, recibió el indulto del Gobierno. En la actualidad, el caso Juana Rivas no tiene flecos pendientes. Otra cosa es lo ocurrido entre el juez Piñar y el abogado Aránguez, que se han denunciado mutuamente.