El Constitucional mantiene la prohibición de celebrar manifestaciones por el 8-M en Madrid

El tribunal admite a trámite el recurso de amparo de UGT y CC OO, sobre cuyo fondo se pronunciará más adelante, pero rechaza suspender el veto de la Delegación del Gobierno

Varias mujeres participan en una concentración feminista en el Paseo del Prado, este lunes en Madrid.Ricardo Rubio (Europa Press)

El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad mantener la prohibición de la concentración convocada por los sindicatos para este lunes con motivo del 8-M. Ha rechazado, por tanto, la medida cautelarísima que pedían UGT y Comisiones Obreras (CC OO) para poder celebrar el acto hoy mismo, ...

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El Tribunal Constitucional ha decidido por unanimidad mantener la prohibición de la concentración convocada por los sindicatos para este lunes con motivo del 8-M. Ha rechazado, por tanto, la medida cautelarísima que pedían UGT y Comisiones Obreras (CC OO) para poder celebrar el acto hoy mismo, Día Internacional de la Mujer. Pero también ha acordado admitir a trámite el recurso de los sindicatos, con objeto de estudiarlo con tiempo y pronunciarse sobre el fondo del asunto, es decir, sobre si la prohibición decidida por la Delegación del Gobierno por razones de salud pública fue correcta o no. El Constitucional analizará, por tanto, si la suspensión de actos como el previsto por los sindicatos es proporcional a las precauciones debidas por la emergencia sanitaria, o si es una medida excesiva, que vulnera los derechos de reunión y manifestación, como han denunciado UGT y CC OO, convirtiendo el estado de alarma en un estado de excepción.

Los sindicatos habían presentado esta madrugada un recurso contra la prohibición de la concentración que habían convocado, denunciando en su escrito que en Madrid “se están aplicando medidas de un estado de excepción o de sitio conculcando derechos fundamentales”. El presidente del tribunal de garantías, Juan José González Rivas, convocó un pleno extraordinario a las nueve de la mañana de este lunes, con objeto de estudiar la urgente solicitud de amparo presentada por ambas centrales sindicales, que reclamaban llevar a cabo el acto que habían organizado este lunes.

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El recurso de los sindicatos considera “trascendental” que “el Tribunal Constitucional examine si la sentencia” ante la que solicitan amparo, que confirma la resolución del Delegado de Gobierno de Madrid que prohíbe ejercer su “legítimo derecho de reunión establecido en el artículo 21.2 de la CE, se ajusta a la legalidad de un estado de alarma o de un estado de excepción o de sitio”. El texto pedía la inmediata suspensión del fallo dictado este domingo por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que prohibía el acto previsto para este lunes en Cibeles, de modo que la convocatoria pudiera mantenerse, alegando que se han tomado todas las medidas de seguridad necesarias para preservar la salud pública.

Los sindicatos defienden que su convocatoria no supone un riesgo mayor que el uso del transporte público, y plantea que la obligación de trabajar para los ciudadanos que lo usan cada día no puede estar por encima de los derechos fundamentales de esos mismos ciudadanos. El recurso de amparo se refiere a la situación sanitaria creada por la covid-19, y sostiene “que este virus deje de matar depende de la medicina, pero que acabe o no con los derechos fundamentales que definen un Estado de derecho depende de la justicia, de la decisión que el Tribunal Constitucional adopte en este recurso y en otros similares”.

El escrito pedía al Constitucional que no examine los hechos en abstracto ―la supuesta oposición entre derecho a la salud y derecho de manifestación―, sino el caso concreto de la concentración prevista por UGT y CC OO. A este respecto, se subrayaba que el acto contaría con un servicio de orden para garantizar que en ningún momento se reunieran más de 250 personas, con la debida distancia entre ellas y con el uso continuado de mascarillas.

El recurso critica con dureza los argumentos de la Delegación del Gobierno para prohibir la concentración. En este sentido, menciona que “un informe de la Jefatura Superior de Policía de 3 de marzo de 2021 afirma que se van a celebrar muchas manifestaciones y concentraciones”, pero “este informe por sí mismo no prueba que la concentración propuesta por el recurrente implique un peligro para la salud, la integridad física y la vida de las personas”, y añade que “si este informe sirve para prohibir cualquier evento masivo, estamos dejando en manos de la policía el derecho de manifestación y de reunión”.

Este asunto, en realidad, ya despertó durante el confinamiento un gran debate interno en el propio Constitucional, cuando la decisión de prohibir una manifestación sindical en Vigo hizo que el empate entre los magistrados se dirimiera con el voto de calidad de su presidente.

“La justicia es patriarcal”

La secretaria de Igualdad de UGT Madrid, Ana Sánchez de la Coba, cree que la decisión del Constitucional es una prueba de que “la justicia es patriarcal”, informa Emilio Sánchez Hidalgo. “Nadie ha ido al Rastro —un gran mercado de Madrid— ni a la entrada de los estadios de fútbol —en referencia a la multitud que recibió al Atlético este domingo en el Wanda Metropolitano— ni al Metro para controlar aglomeraciones. Solo se ha hecho con las mujeres”, añade. Sin embargo, Sánchez de la Coba extrae algo positivo de la decisión del Constitucional: “Nos han prohibido las concentraciones, pero reconocen que se pueden estar vulnerando nuestros derechos. Es posible que esto sirva para que no apliquen este criterio a otras movilizaciones durante el estado de alarma, cuando los migrantes u otros colectivos salgan a la calle”.

La Comisión 8-M, que convocaba varias de las concentraciones feministas prohibidas por la Delegación del Gobierno, ha anunciado que en las próximas semanas presentará también un recurso de amparo ante el Constitucional, informa Marta Pinedo. Aunque no se ha querido pronunciar sobre la decisión de este lunes del tribunal al referirse a unos actos concretos, los promovidos por los sindicatos, una portavoz, Ana Useros, ha dicho: “Es una lucha que hay que mantener porque independientemente de que sea un ataque o una discriminación al movimiento feminista, es también un precedente muy grave de suspensión de derechos básicos”.

Otra portavoz, Marta Carramiñana, ha calificado como un “ataque a las mujeres” la resolución del día anterior del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. “Ha habido una discriminación directa hacia las mujeres porque esto no ha ocurrido con otros colectivos”, ha dicho en una rueda de prensa celebrada a mediodía en Lavapiés. La comisión ha desconvocado todos los actos que había organizado, y ha pedido a las mujeres que reivindiquen sus derechos “de manera segura y razonable” ante la imposibilidad de celebrar grandes concentraciones.

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