Las discotecas vascas no podrán cobrar menos a mujeres que a hombres

La nueva normativa autonómica veta la discriminación por sexo o raza en locales de ocio y espectáculos y exige que los porteros se saquen un título de “personal de admisión”

Un momento del concierto de Bruce Springsteen en Anoeta (San Sebastián) en 2016.Foto: atlas | Vídeo: JAVIER HERNÁNDEZ | VIDEO: ATLAS

La asistencia a los espectáculos públicos y actividades recreativas que se organicen en el País Vasco deberá ser plenamente igualitaria, sin hacer diferencias por razón de origen, sexo, religión u orientación sexual. El derecho de admisión “en ningún caso” podrá ser discriminatorio en conciertos, discotecas o recintos de ocio. Se acabó el veto a homosexuales o a personas de origen magrebí o subsahariano, como ha ocurrido en algunas ...

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La asistencia a los espectáculos públicos y actividades recreativas que se organicen en el País Vasco deberá ser plenamente igualitaria, sin hacer diferencias por razón de origen, sexo, religión u orientación sexual. El derecho de admisión “en ningún caso” podrá ser discriminatorio en conciertos, discotecas o recintos de ocio. Se acabó el veto a homosexuales o a personas de origen magrebí o subsahariano, como ha ocurrido en algunas salas, y ya no se podrá facilitar la entrada gratis a mujeres como reclamo para llenar los locales. El Gobierno vasco lo prohíbe expresamente en el nuevo reglamento, aprobado esta semana, que regula los aspectos básicos de la normativa sobre espectáculos públicos, fija las medidas de seguridad e higiene y otras exigibles sobre los horarios, la venta de entradas, las condiciones de admisión o los títulos de los porteros.

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El reglamento que complementa la ley vasca de espectáculos públicos y actividades recreativas, vigente desde 2015, trata de ofrecer “mayor seguridad jurídica”, en palabras de la consejera del ramo, Estefanía Beltrán de Heredia, a la normativa autonómica y pretende garantizar “la convivencia pacífica entre el derecho al ocio y el resto de derechos que asiste a la ciudadanía”. Su entrada en vigor llegará en abril, dos meses después de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Los responsables de los establecimientos de ocio y organizadores de espectáculos deberán impedir el acceso a los mismos cuando el aforo esté completo, los usuarios no tengan entrada, sean menores, porten armas o explosivos, se comporten de forma agresiva o exhiban símbolos ofensivos. Sin embargo, no podrán negarle la entrada a una persona por su “nacionalidad, sexo, raza, religión, opinión, discapacidad, orientación sexual o identidad de género”.

La entrega de invitaciones y entradas para asistir a estos actos tampoco se podrá realizar “atendiendo a criterios discriminatorios”. Las mujeres no tendrán preferencia en la entrada, como se suele dar en algunos locales para captar más clientes. En todo caso, el reglamento establece una salvedad que beneficia a personas con minusvalía: “Se podrán aplicar medidas de acción positiva en relación con personas con discapacidad para asegurar que puedan acceder, participar y disfrutar de los espectáculos y actividades en igualdad de condiciones que las demás personas”.

Una de las principales novedades de la normativa vasca es la catalogación de los porteros como “personal de servicio de admisión”, una figura con funciones distintas de las reservadas a los vigilantes de seguridad. Serán los encargados de controlar el acceso a los locales, controlar la compra de entradas, impedir que entren menores o se supere el aforo, entre otras funciones. El personal de admisión informará de las alteraciones del orden que se produzcan en los establecimientos, pero en ningún caso se ocuparán de expulsar a las personas que tengan comportamientos incívicos o agresivos, una tarea que corresponderá en exclusiva al personal de seguridad, cuya presencia será obligatoria en espectáculos con un aforo superior a los 700 asistentes.

El Gobierno vasco exigirá a los porteros un “título habilitante” para desempeñar esta función. Un examen con pruebas teóricas, prácticas y psicotécnicas determinará si son o no aptos para obtener dicho título. La administración vasca creará un registro con las personas que hayan obtenido la habilitación para ser “personal de admisión”. Deberán conocer la normativa básica sobre espectáculos públicos, la legislación sobre menores y aspectos relacionados con el derecho de admisión o los derechos y deberes de los usuarios, además de dominar conceptos básicos de primeros auxilios, protocolo en situaciones de riesgo y “técnicas básicas de autocontrol y defensa personal en situaciones de extrema necesidad”.

El personal de admisión deberá identificarse con un carné que llevará visible. Las personas que en la actualidad realizan estas funciones podrán seguir haciéndolo, aunque tendrán un año de plazo para lograr el título a partir de la primera convocatoria de examen que realice el Gobierno vasco.

El decreto dedica un capítulo a la regulación de la venta de las entradas, especialmente cuando se realiza a través de Internet, una práctica cada vez más extendida. La denominada “venta comisionada” (con recargo sobre el precio oficial) solo admitirá un suplemento máximo del 20% de la tarifa y deberá realizarse con autorización de la Dirección de Juego y Espectáculos del Ejecutivo vasco, con el fin de “evitar la inseguridad y la reventa de entradas con incremento de precio, expresamente prohibido en la ley”, afirma Beltrán de Heredia.

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