El juicio del 'caso Marta' será sin jurado
El TSJA desestima la petición de la fiscalía y ordena un procedimiento ordinario
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de desestimar las peticiones de la fiscalía y de la acusación particular para que los cuatro adultos acusados por el asesinato y violación de Marta del Castilla sean juzgados con jurado. Por el contrario, El TSJA ordena un procedimiento ordinario, tal y como se decidió en la Audiencia de Sevilla.
La fiscalía imputa al principal acusado, Miguel Carcaño, los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral, mientras que pide ocho años de cárcel para su hermano, Francisco Javier Delga...
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) acaba de desestimar las peticiones de la fiscalía y de la acusación particular para que los cuatro adultos acusados por el asesinato y violación de Marta del Castilla sean juzgados con jurado. Por el contrario, El TSJA ordena un procedimiento ordinario, tal y como se decidió en la Audiencia de Sevilla.
La fiscalía imputa al principal acusado, Miguel Carcaño, los presuntos delitos de asesinato, dos delitos de agresión sexual y otro contra la integridad moral, mientras que pide ocho años de cárcel para su hermano, Francisco Javier Delgado, y cinco para Samuel Benítez y María García, la novia del segundo.
El TSJA también ordena que se celebre un único proceso para los cuatro imputados y por todos los delitos de los que se les acusa.
Este pronunciamiento confirma el auto del magistrado de la Audiencia de Sevilla designado presidente del jurado, Javier González, que ordenó que el caso fuese enjuiciado por un tribunal profesional a la vista de la última jurisprudencia del Tribunal Supremo.
El problema reside en que se trata de delitos cuyo enjuiciamiento corresponde por un lado al tribunal del jurado, como el asesinato, y por otro a un tribunal profesional, como la agresión sexual y el encubrimiento. El objetivo añadido de estos letrados es un juicio conjunto para evitar sentencias contradictorias.