Cuatro menores víctimas de agresión sexual, obligadas a comparecer ante su agresor

El tribunal del caso, Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona, considera el cara a cara "absolutamente indispensable" para el veredicto

Los padres de cuatro niñas catalanas víctimas de una presunta agresión sexual por parte de su profesor de kárate han denunciado hoy que sus hijas tendrán que comparecer el próximo martes ante la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona y declarar cara a cara ante su agresor. Tanto la Fiscalía como asociaciones de mujeres y el Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán) apoyan la petición de que no tengan que comparecer o, al menos, que lo hagan protegidas por una cortina separadora. Ambas opciones han sido desestimadas por el tribunal.

El tribunal, presidido por el magistrado Pe...

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Los padres de cuatro niñas catalanas víctimas de una presunta agresión sexual por parte de su profesor de kárate han denunciado hoy que sus hijas tendrán que comparecer el próximo martes ante la Sección Segunda de la Audiencia de Barcelona y declarar cara a cara ante su agresor. Tanto la Fiscalía como asociaciones de mujeres y el Síndic de Greuges (Defensor del Pueblo catalán) apoyan la petición de que no tengan que comparecer o, al menos, que lo hagan protegidas por una cortina separadora. Ambas opciones han sido desestimadas por el tribunal.

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El tribunal, presidido por el magistrado Pedro Martín, ha desestimado la petición de la acusación, que solicitaba que las víctimas no tuvieran que volver a declarar ante un juez, como ya hicieron hace dos años en el juzgado de Primera Instancia de Mataró, y que, en caso de tener que hacerlo, fuera con una cortina separadora que impidiera el contacto visual con el presunto agresor. De hecho, para evitar nuevas comparecencias, en Mataró se grabó la declaración con cámara de vídeo en presencia del juez instructor, el fiscal, el secretario judicial y los abogados. Pero el magistrado considera "absolutamente indispensable para una adecuada formación de su convicción" la confrontación visual entre las testigos y el procesado, que niega los hechos, para llegar a un veredicto.

El juicio oral, que empezará el próximo martes, juzgará a Francisco C., que fue profesor de kárate de diversos colegios del Maresme, por un presunto delito continuado de abusos sexuales a cuatro niñas alumnas menores. Los padres de las víctimas, que cuando se denunciaron los hechos, en 2003, tenían entre 9 y 11 años, han lamentado que con esta medida se esté intentando defender los derechos del agresor, pero no de las víctimas, a la vez que aseguran que las niñas podrían condicionar su testimonio de tener que declarar ante la mirada de su agresor.

Una falta de sensibilidad y justicia"

"Es una sorpresa esta falta de sensibilidad y de justicia. Hay que tener presente que son víctimas, que son menores y que en su día ya declararon ante las partes", ha señalado uno de los padres, quien ha criticado que "parece que se quiera poner el dedo en una herida abierta y no para curarla, sino para hacerla más grande". Por el momento, los padres no se han atrevido comunicar a sus hijas que tendrán que volver a prestar declaración ante el juez, y menos aún las condiciones en que deberán que hacerlo, según han reconocido. Para la psicóloga del caso, Mariana González, la "reexperimentación del trauma vivido" provoca un "impacto psicológico" para el niño con efectos como alteraciones del sueño y de la alimentación, trastornos en la conducta escolar y en su relación con los padres, así como estrés psicológico traumático.

Por su parte, la Asociación de Asistencia de Mujeres Agredidas Sexualmente (AADAS) y la abogada de las víctimas, Lara Padilla, han denunciado que este caso, como sucede en la mayoría de los juicios, demuestra que el protocolo básico de actuaciones en abusos sexuales y otros maltratos de menores en la demarcación de Barcelona, que se firmó en junio de 1999 para preservar los derechos de los menores ante este tipo de agresiones, no se cumple y "los menores son tratados como adultos cuando deben comparecer como testigos en los tribunales". El protocolo, que no es de obligado cumplimiento, establece que no debería tomarse declaración al menor cuando hay suficientes indicios probados de malos tratos y abusos y siempre que los datos aportados por la investigación sean suficientes y no sea necesario ampliarlos con la declaración del menor.

En este sentido, la abogada ha reclamado una reforma legal que obligue a tomar medidas en este campo, porque "no podemos dejar al libre albedrío de los jueces" la protección a los menores. También el Síndic de Greuges de Cataluña, Rafael Ribó, ha hecho llegar al Defensor del Pueblo y a los grupos parlamentarios catalanes en el Congreso de los Diputados una propuesta urgente de modificación legislativa para mejorar la protección de los menores durante los procesos judiciales. En concreto, Ribó propone que se modifique el artículo 707 de la ley de Enjuiciamiento Criminal, que deja en manos del juez la decisión de que los menores víctimas de abusos sexuales u otros maltratos no declaren ante sus presuntos agresores para evitar la confrontación directa y los posibles daños psicológicos y morales que puedan ocasionar a los menores.

La polémica Sección Segunda

La Sección Segunda de Audiencia de Barcelona ya dictó en el pasado polémicas sentencias. Así, en noviembre de 2003, culpó a un albañil del grave accidente laboral que sufrió, que le dejó tetrapléjico. En su fallo, el tribunal consideró que, pese a que la empresa no tomó las medias de seguridad preceptivas, el trabajador era culpable de su propia imprudencia por aceptar un trabajo que ponía en peligro su integridad.

La sala absolvió al empresario y al arquitecto de la obra. Ambos habían sido condenados inicialmente por un juzgado de lo penal a un año de prisión por un delito de lesiones y a pagar una indemnización de 381.548 euros, pero la Audiencia anuló tanto condena como la indemnización.

En noviembre de 2004, un error de esta misma sala dejó en la calle a un hombre acusado de violación, tentativa de homicidio y dos delitos de detención ilegal. El tribunal no convocó a las partes para decidir si debía prorrogar la prisión, al vencer el plazo de dos años que marca la ley. La Audiencia de Barcelona tuvo que poner bajo vigilancia policial las 24 horas del día a dos mujeres víctimas de este violador, Tomás Pardo Caro. En enero de este año, la sala le condenó a a 26 años de prisión.

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