La Junta Electoral excluye a los condenados de las listas electorales

La condena inhabilita a Junqueras, Romeva, Sànchez, Turull, Rull y Forn para liderar candidaturas para el 10-N

Madrid -
Votantes en un colegio de Girona, el pasado 28 de abril.Agusti Ensesa

La decisión de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y de Junts per Catalunya de colocar en las listas electorales a sus compañeros presos por el proceso secesionista quedará como un gesto simbólico. La Junta Electoral Central ha tomado la decisión de excluirlos para los comicios del 10 de noviembre al ser condenados por el Tribunal Supremo a inhabilitación para cargo público, además de las respectivas penas de prisión. Este lunes por la noche cumplía el plazo para la presentación de las candidaturas, por ...

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La decisión de Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y de Junts per Catalunya de colocar en las listas electorales a sus compañeros presos por el proceso secesionista quedará como un gesto simbólico. La Junta Electoral Central ha tomado la decisión de excluirlos para los comicios del 10 de noviembre al ser condenados por el Tribunal Supremo a inhabilitación para cargo público, además de las respectivas penas de prisión. Este lunes por la noche cumplía el plazo para la presentación de las candidaturas, por lo que estos partidos tienen que decidir quiénes son sus sustitutos.

Los excluidos son Oriol Junqueras, que iba como cabeza de lista de ERC al Congreso, y Raül Romeva, del mismo partido y por la misma circunscripción para el Senado. Jordi Sànchez encabezaba la lista de Junts per Catalunya al Congreso por Barcelona y Jordi Turull, por Lleida; Josep Rull, por Tarragona, y Joaquim Forn, por Girona. Al elaborar las listas, ambos partidos tuvieron en cuenta que casi con seguridad la sentencia saldría antes de que terminara el plazo de presentar las candidaturas, por lo que ahora los principales candidatos serán los siguientes a los condenados.

La resolución del presidente de la Junta Electoral Central, Antonio Fonseca, viene dada por la consulta urgente de la Junta electoral provincial de Barcelona, que pedía instrucciones sobre cómo proceder con los candidatos que habían sido condenados. La JEC ha respondido con la orden de retirar de las listas a los sentenciados y condenados. “Deberán ser excluidos de la lista presentada por la candidatura”, señala Fonseca, con la aclaración, además, de que no podrán ser proclamados por las juntas provinciales. Para recalcar su decisión, el presidente de la Junta central cita resoluciones de ese órgano en 1995 y 2011, sobre personas condenadas, avaladas por el Tribunal Constitucional.

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