El Supremo crea una sección para el aluvión de casos del céntimo sanitario

El tribunal resolverá ocho recursos que marcarán el camino de los miles de casos pendientes, que mientras tanto quedarán en suspenso

Una mujer pone combustible a su vehículo. Carlos Rosillo

El Tribunal Supremo ha decidido crear una sección específica que tramitará en exclusiva los miles de recursos que reclaman al Estado la devolución del céntimo sanitario, considerado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo han llegado más de 4.000 recursos y cada semana sigue entrando nuevos casos, por lo que el tribunal ha acordado tramitar ocho recursos tipo cuyas sentencias marcarán el camino de los miles de caso...

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El Tribunal Supremo ha decidido crear una sección específica que tramitará en exclusiva los miles de recursos que reclaman al Estado la devolución del céntimo sanitario, considerado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. A la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo han llegado más de 4.000 recursos y cada semana sigue entrando nuevos casos, por lo que el tribunal ha acordado tramitar ocho recursos tipo cuyas sentencias marcarán el camino de los miles de casos pendientes, que mientras tanto quedarán en suspenso.

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El Gobierno creó en 2001 el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos (IVMDH) para financiar las competencias de salud transferidas a las comunidades. La Agencia Tributaria lo cobró desde 2002 a 2012 y cuando el tribunal de la UE lo declaró ilegal, Hacienda acordó la devolución del tributo a aquellos consumidores que lo solicitaran y pudieran acreditar su pago documentalmente (con tíquets de combustible). En junio de ese año, la Agencia Tributaria había devuelto ya el 68,6% de las peticiones.

Pero miles de consumidores denunciaron que no conservaban la documentación para demostrar el pago del tributo y acudieron a los tribunales para solicitar la devolución del dinero. En abril de 2014, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictó la primera sentencia que obligaba a la Administración tributaria a devolver a un empresario con intereses de demora las cantidades abonadas por ese tributo. Luego han llegado otras muchas y, desde hace meses, los recursos de las partes disconformes han ido llegando al Supremo.

El tribunal ha aplicado el artículo 37.2 de la Ley de Jurisdicción Contencioso-Administrativa que prevé la posibilidad, cuando un tribunal tenga un número elevado de recursos idénticos, de acordar que siga el trámite de algunos, llamados en la ley “preferentes” (denominados también “testigos”), dejando en suspenso los restantes que sean idénticos. En cumplimiento de esta previsión legal, los magistrados han escogido ocho de los recursos contra el céntimo sanitario y, mediante una providencia, están comunicando la suspensión de los restantes.

La mencionada Ley de lo Contencioso prevé en su artículo 111 que, una vez resueltas y notificadas las sentencias de los recursos “testigos”, se dará traslado de las mismas a las partes de los recursos pendientes a los efectos legalmente previstos.

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Los recursos presentados por el llamado céntimo sanitario acaparan la mitad de los asuntos pendientes de toda la Sala de lo Contencioso. Para canalizar de la mejor forma posible estos miles de recursos, se ha habilitado una sección específica que contará con una secretaria judicial y seis funcionarios dedicados en exclusiva a este asunto.

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