CGPJ: Así no. ¡Qué ocasión perdida!

El rechazo de los grandes partidos a un proceso abierto de selección del Consejo General del Poder Judicial resulta devastador para la necesaria confianza en la democracia

Eva Vázquez

Eureka, qué alivio. Tras cinco años perdidos, por fin se va a renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Se termina, pues, una pesadilla; ¡cómo no vamos a congraciarnos! Sin embargo, y de acuerdo con mis anteriores propuestas, publicadas en este diario, sobre cómo se podría haber resuelto mucho antes la agonía, tengo...

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Eureka, qué alivio. Tras cinco años perdidos, por fin se va a renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Se termina, pues, una pesadilla; ¡cómo no vamos a congraciarnos! Sin embargo, y de acuerdo con mis anteriores propuestas, publicadas en este diario, sobre cómo se podría haber resuelto mucho antes la agonía, tengo que lamentar la solución. Me alegro del acuerdo, pero así no. Así no se debería haber efectuado la designación de los nuevos vocales. En este momento en que se ponen en cuestión las instituciones mismas y preocupa el desapego a la política, el sistema adoptado, con muchos de los sempiternos vicios, resulta especialmente negativo.

Una vez más, se ha sustraído el obligado debate parlamentario, se ha ninguneado a parlamentarios y candidatos. Su obligado y conveniente protagonismo se ha sustituido por el consabido pacto secreto entre los dos grandes partidos. No había que inventar nada. De nuevo, y como en demasiadas ocasiones ocurre, no se ha cumplido lo que ordena la Ley Orgánica, al menos en su renovado espíritu que en 2013 propició el PP con su mayoría absoluta. Tampoco los reglamentos de las Cámaras, que prevén el procedimiento.

Recordemos lo que dice la Ley y los Reglamentos. Aprovechemos para destacar las ventajas que hubiera podido significar aplicarlos. Cuando el mandato del Consejo va a expirar, los presidentes de las Cámaras piden candidatos a las asociaciones de jueces. Estas los remiten al Parlamento, junto a los no asociados que, mediante avales de sus colegas, también se presenten. Para los 12 a elegir, en este caso, se contó con 40 candidatos.

Sigamos. Como la ley mandata, los presidentes de las Cámaras, en un perentorio plazo tras consumarse la vigencia del Consejo, han de convocar la elección de consejeros. No se exigen más requisitos, ni la ley remite a necesidad alguna de pactos previos entre grupos parlamentarios. Sin embargo, en 2019 la elección no se convocó. A esa inacción de no convocar elecciones achacó la responsabilidad del bloqueo el Alto Tribunal de la UE, en su sentencia de 2023, ante el recurso presentado por algunos de los candidatos, al verse desprovistos de su derecho a participar en un proceso de selección que ni siquiera había sido iniciado.

De cara a las elecciones a una de las grandes instituciones del Estado, la lista de candidatos debería haber sido publicada, con una doble reseña de estos, tanto curricular como de propuestas para el Consejo, a modo de programa. Nada de eso se hizo. Por el contrario, incluso la lista ha resultado algo cuasi secreto, que cuesta incluso encontrar. Ya íbamos mal.

A partir de la convocatoria, los candidatos habrían debido acudir al Parlamento y, en sesiones abiertas, deberían haber expuesto su programa y debatido con los parlamentarios. Así lo exige la ley. Los medios habrían trasmitido o al menos sintetizado esas sesiones, dando a conocer los perfiles de los candidatos, expuestos consecuentemente a la opinión pública. Parecería lo mínimo a llevar a cabo en la elección, insistimos, de una de las altas instancias del Estado, constituyendo un órgano de gobierno, en este caso de los jueces. Tras esas presentaciones, los grupos parlamentarios podrían haber propuesto aquellos candidatos que les parecieran más idóneos y, lógicamente, mantener conversaciones entre ellos, para tratar de alcanzar la mayoría cualificada requerida para elegirlos.

A partir de ese momento, se hubieran de haber empezado las votaciones, con el sistema de sucesivos descartes que establecen los reglamentos de las Cámaras. De seguro, hubiera habido un elevado número de votaciones. Nos hubiera recordado a la Cámara de Representantes estadounidense, que tuvo que realizar varias votaciones para elegir a su presidente. Nuestros parlamentarios no están acostumbrados, pero habrían de aprender a ello, participando intensamente en el proceso, que a la vez se transmitiría, en principio pedagógicamente, a la sociedad. Es decir, aprender sobre la importancia de lo que su parlamento estaba llevando a cabo: estaban eligiendo, con su legitimidad soberana, el gobierno de otro poder del Estado, de entre los candidatos que la propia judicatura les había propuesto.

Para la elección de los ocho juristas no magistrados no hay un mandato legal expreso. Bien podrían haberse solicitado candidatos a los grupos parlamentarios, con una cuota en función de su número de miembros. Una vez que se hubiese contado con candidatos, se hubiera podido seguir semejante procedimiento al de la elección de los vocales jueces. Mayor número de votaciones sin duda, parlamentarismo a tope, ejercicio democrático abierto y elección de personas cuya valía e idoneidad para el cargo se sentiría reconocida tras tan elaborado proceso.

Sin convocatoria, nada de esto se ha hecho. No se ha otorgado el requerido protagonismo a los parlamentarios. Se ha hurtado, insisto, el debate parlamentario y con ello el debate ante la sociedad. Nadie conoce a los electos, ni se publicita lo que han hecho como méritos específicos (y no genéricos, como juez o jurista) para formar parte del Consejo. No debe olvidarse que el CGPJ es un órgano de gestión, cuya tarea es muy distinta a la jurisdiccional de los jueces, con lo cual no todos pueden aportar en la misma medida una experiencia, ni tampoco una disposición, y capacidad propositiva, para ejercer de consejero, para tratar de mejorar el funcionamiento de la justicia. Es para eso para lo que se les elige.

Reunidos los representantes del Partido Socialista y del Partido Popular han seleccionado, de entre esa lista “secreta” de 40 candidatos, 12 jueces y magistrados de entre los propuestos por la propia judicatura. Lo han hecho en reuniones secretas y sin que podamos saber, por tanto, por qué eligieron a esos 12 y por qué rechazaron a los 28 restantes. Poco o nada se sabe de su capacidad de gestión y organización. Cualidades estas que, poco usuales entre el colectivo judicial, resultan de primordial relevancia de cara al Consejo. Por lo que puede suponerse, en este caso, una vez más, los partidos han seleccionado a aquellos candidatos que conocen o que dan por hecho que les son más proclives. En su mayoría, están adscritos a una u otra asociación más cercana. La que no cuenta ya con “afinidad” política, no ha conseguido colocar a ningún consejero. No vamos a pensar que el hecho de haber planteado el aludido recurso ante Europa haya llevado a excluirles de toda posibilidad de resultar elegidos.

Se ha despreciado a la ciudadanía en general. La democracia es el gobierno de todos y, en ella, resulta esencial no solo conocer exactamente qué es lo que hacen nuestros gobernantes, sino saber a su vez por qué, y para qué lo hacen. Los ciudadanos tendríamos que saber por qué se ha nombrado a unos candidatos y no a otros.

Concluyendo, el rechazo de los dos grandes partidos a un proceso abierto de selección del Consejo resulta devastador para la necesaria confianza, incluso creencia, en nuestra democracia. Algo de lo que estamos tan necesitados.

En concreto, conocer las razones para un nombramiento del gobierno de los jueces es esencial. Desde su soberanía, la sociedad está en su derecho de saber cómo y para qué se va a orientar el programa del Consejo. Este cuenta con amplias y trascendentes competencias, no solo de nombramiento de los magistrados para los tribunales. De la forma en la que se oriente ese programa, tendremos una u otra clase de justicia. Por eso, en el Congreso, se debió hablar de cómo los elegibles, y sobre todo los elegidos, pretenden desarrollar sus funciones. Dado el grado de debate social que se ha alcanzado hoy sobre la justicia y su papel, el nuevo Consejo habrá de abordar temas clave. Ha llegado el momento de cuestionar incluso el sistema mismo de acceso a la carrera judicial, oposiciones sí o no y si es sí, cómo y de qué tipo se habrían de hacer. ¿Qué se pide de los jueces? Memoria o capacidad analítica y empática. ¿Podrá haber equipos judiciales? ¿Cuál será la formación continua, cómo será la disciplina? Y, sobre todo, ¿qué se hace con la organización? ¡¡Aún tan arcaica!! ¡No podemos seguir informatizando procedimientos del siglo XIX!

En fin, no cabe sino dar la enhorabuena a todos los jueces, magistrados y juristas elegidos y desearles de todo corazón que sean capaces de demostrar que lo fueron porque eran los mejores para el buen gobierno de los jueces y no por ser los más próximos a los partidos políticos que les designaron. En último término, hay que añorar que tengan más en cuenta que están ahí para mejorar el funcionamiento de la Justicia, que para recordar el grupo político que les propuso.



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