El Polisario, España y Marruecos

Los acuerdos entre España y Marruecos no pueden excluir la opinión del pueblo saharaui

Varios barcos en un muelle del puerto pesquero de Rabat, en el estuario del río Buregreg.Juan Vargas (EFE)

La justicia europea ofrece al Frente Polisario un marco institucional apto para la mejor defensa de sus intereses económicos en el Sáhara Occidental. Sin embargo, sería un error deducir de esa protección que el Tribunal de Luxemburgo pueda reforzar las pretensiones políticas del pueblo saharaui. Estas encuentran su fundamento en un mandato vigent...

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La justicia europea ofrece al Frente Polisario un marco institucional apto para la mejor defensa de sus intereses económicos en el Sáhara Occidental. Sin embargo, sería un error deducir de esa protección que el Tribunal de Luxemburgo pueda reforzar las pretensiones políticas del pueblo saharaui. Estas encuentran su fundamento en un mandato vigente e imperativo de Naciones Unidas para la celebración de un referéndum, aunque el contexto internacional y el último posicionamiento que a este respecto realizó Donald Trump no haga realista ese escenario. Tampoco España parece tener demasiado interés en incorporarlo a su agenda en un momento en el que trata de restablecer los fundamentos de su relación con Marruecos.

Lo dicho no resta valor a la sentencia reciente del Tribunal General de la Unión Europea que estima uno de los recursos planteados por el Frente Polisario al anular dos acuerdos en materia agrícola y de pesca con Marruecos. No es la primera vez que algo así ocurre. De hecho, el mismo tribunal anuló en 2015 el acuerdo que la Unión Europea había celebrado en materia de liberalización del comercio de productos agrícolas y derivados de la pesca. Sin embargo, aquella sentencia fue recurrida y, solo un año después, el Tribunal de Justicia confirmó la validez del citado acuerdo en el marco de un proceso en el que estuvieron personados Bélgica, Alemania, España, Francia y Portugal.

Con estos antecedentes, es obvio que también ahora la sentencia que anula estos otros acuerdos entre la Unión Europea y Marruecos será recurrida en el plazo de dos meses y, más aún, tampoco sería descartable pensar que pudiera ser revocada. Las consecuencias negativas que la anulación de este acuerdo genera para los intereses de nuestro sector pesquero son evidentes y eso hace inexcusable la personación de España en cualquier recurso encaminado a revertir la situación. Mientras tanto, conviene no olvidar que el propio tribunal general, consciente de los efectos que provoca su pronunciamiento, ha aplazado la materialización de la nulidad de los acuerdos al momento en el que la sentencia sea firme; algo que tardará todavía unos meses hasta que se resuelva el recurso que se presente.

Más allá del sentido que finalmente tenga la sentencia del tribunal de Luxemburgo confirmando la validez de los acuerdos o anulándolos definitivamente, las instituciones de la Unión deberían extraer algunas lecciones encaminadas a reforzar la seguridad jurídica de la relación comercial entre la Unión Europea y Marruecos. Seguirá siendo frágil mientras el Frente Polisario pueda hacer uso legítimo de su derecho a ser consultado sobre acuerdos que lo afectan directamente. También los intereses de España sobre el Sáhara dependen del respeto al criterio del pueblo de esta región y su eventual consentimiento sobre cualquier posible acuerdo.

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