Una Constitución con perspectiva de género en Chile

El movimiento feminista impulsó la adopción de una nueva ley fundamental, que será redactada por un órgano paritario

Un grupo de mujeres se manifiesta en el aniversario del estallido de las protestas chilenas, el pasado 18 de octubre en Santiago.Marcelo Hernandez (Getty Images)

La nueva Constitución chilena, además de ser la primera nacida en democracia, estará redactada de forma paritaria entre hombres y mujeres. Los ciudadanos decidieron reemplazar la Carta fundamental vigente, un texto de 1980 adoptado durante la dictadura de Augusto Pinochet, por abrumadora mayoría —78% frente al 21%— en un plebiscito celebrado el pasado 25 de octubre. El movimiento feminista chileno, que ha sido la punta de lanza de las ma...

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La nueva Constitución chilena, además de ser la primera nacida en democracia, estará redactada de forma paritaria entre hombres y mujeres. Los ciudadanos decidieron reemplazar la Carta fundamental vigente, un texto de 1980 adoptado durante la dictadura de Augusto Pinochet, por abrumadora mayoría —78% frente al 21%— en un plebiscito celebrado el pasado 25 de octubre. El movimiento feminista chileno, que ha sido la punta de lanza de las manifestaciones sociales que arrancaron en octubre de 2019, empujó a la clase política y encontró de aliadas a expertas y dirigentes de izquierda y derecha. Así, el 11 de abril del próximo año serán elegidos en votación universal los 155 miembros que tendrán la oportunidad histórica de abrir paso a una Constitución con perspectiva de género, en un país que apenas en 2017 despenalizó el aborto, ilegal hasta entonces en todos los supuestos.

El organismo —cuyos miembros serán elegidos exclusivamente para redactar la Constitución— deberá elaborar el texto en el plazo máximo de un año y este tendrá que ser aprobado en un plebiscito con carácter vinculante. Los expertos calculan que la nueva ley fundamental chilena comenzará a regir en el tercer cuatrimestre de 2022.

“Muchos aspectos del proceso son extraordinarios. Pero sin duda, lo más excepcional para Chile y el mundo es que el órgano constituyente que tendrá la responsabilidad de gestar la nueva Constitución será paritario, es decir, que se asegura que entre un 45% y un 55% de sus componentes serán mujeres”, explica Miriam Henríquez, profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Alberto Hurtado. “Otros países hicieron un esfuerzo enorme, como Ecuador y Túnez, que incorporaron la paridad en las listas electorales y alcanzaron resultados cercanos al 30%. Todo ello sitúa a Chile a la vanguardia de las formas en que se genera un nuevo pacto social”, analiza la académica.

Las protestas masivas y la violencia estallaron en Chile en octubre de 2019, poniendo en peligro incluso la democracia en el país. A mediados de noviembre prácticamente todas las fuerzas políticas y el Gobierno de derechas de Sebastián Piñera apostaron por una salida institucional a la crisis: un plebiscito para decidir si los ciudadanos querían reemplazar la Constitución vigente que, aunque reformada en 53 ocasiones en las últimas cuatro décadas, nunca había logrado unir a los chilenos ni gozar de legitimidad, en parte por su origen. En marzo pasado, el Congreso aprobó el proyecto de ley que establecía la paridad para la convención que redactaría la nueva carta magna. A los pocos días, el 8 de marzo, las chilenas mostraron de nuevo su fuerza en las calles, durante la celebración del Día Internacional de la Mujer. Después, en plenas protestas, exportaron al mundo el himno contra el patriarcado, El violador eres tú, del colectivo feminista Lastesis.

“El clima social, cultural y político que se genera con la movilización de octubre de 2019 —y antes con el movimiento de mujeres y feminista—, empuja la propuesta de paridad, que permea distintos sectores de mujeres en el mundo político y en el Parlamento”, explica Adriana Muñoz, presidenta del Senado, una histórica feminista del centroizquierda. “Entre nosotras nos empezamos a encontrar en una especie de bancada transversal de diputadas y senadoras de distintos partidos políticos. Fue un proceso bastante inédito”, relata Muñoz, que desde la llegada a la democracia en 1990 en el Congreso fue impulsora de las leyes de divorcio, filiación (que acabó con las categorías de hijos legítimos o ilegítimos), violencia intrafamiliar, feminicidio o la reforma del Código Civil, que antes perjudicaba a las mujeres en casos de infidelidad en el matrimonio.

La politóloga Pamela Figueroa fue una de las expertas que a finales de 2019 protagonizó la discusión sobre paridad en la mesa técnica donde se negociaron las condiciones y normas del plebiscito y de la convención, en caso de que se resolviera reemplazar la carta magna. “Para que la convención tuviera mayor legitimidad, necesitaba ser inclusiva”, recuerda ahora. La académica de la Universidad de Santiago explica que hubo dos elementos fundamentales que antecedieron al acuerdo. En primer lugar, la Ley de Cuotas impulsada en el segundo Gobierno de Michelle Bachelet (2014-2018), que obligó a los partidos políticos a presentar un porcentaje no menor del 40% de mujeres entre sus candidatas. “Debutó en las parlamentarias de 2017 y se pasó de un 16% a un 23% de presencia de mujeres en el Congreso. Aun así, Chile es uno de los países que tiene menos representación de mujeres en su Parlamento”, explica Figueroa.

Un segundo precedente fue la votación paritaria que se realizó en el Colegio de Abogados el año pasado. La fórmula técnica que se ha adoptado para la convención constitucional se inspira en la votación interna de la organización. Se elegirán los 155 constituyentes con las mismas reglas de la Cámara de Diputados, es decir, con un sistema proporcional. Pero se implementarán las llamadas listas cebras [cremallera], entre mujeres y hombres, siempre encabezadas por una mujer. Al final del proceso, “se aplica una corrección similar a la que se realizó en el Colegio de Abogados”, señala la académica.

Hubo muchas dificultades, porque “existen muchos prejuicios contra la paridad, que cambia las posibilidades de los hombres, que son los que se eligen mayoritariamente”, explica Figueroa. Recalca que a no ser que haya 100% de proporcionalidad, “todos los sistemas electorales son mecanismos de transformación de votos en escaños” y que “los estudios comparados muestran que si no hay acción positiva, es muy difícil que se llegue a una incorporación plena de las mujeres, cuando en países como Chile son el 52% de la población”.

Que la convención esté constituida por el mismo número de mujeres que de hombres no implica necesariamente que la Constitución tenga una impronta feminista, es decir, que establezca un “compromiso con la protección de la igualdad de las mujeres en el ejercicio de sus derechos y que reconozca que son agentes morales de su propio desarrollo y que no deben ser sustituidas por otras personas en la toma de decisiones”, según explica Yanira Zúñiga, académica de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile y experta en temas de género. “Pero la evidencia acumulada con respecto a los efectos de un aumento de la presencia de mujeres en los procesos de producción de norma jurídica —principalmente en Parlamentos— muestra que crecen las posibilidades de que se construyan agendas de género”, indica la doctora Zúñiga.

Subordinación estructural

La constitucionalista chilena Claudia Sarmiento explica que la perspectiva de género debería cruzar las distintas discusiones constitucionales, incluso el sistema de Gobierno: “Chile tiene un sistema hiperpresidencialista, donde se concentra en una misma mano muchísimos poderes. ¿Favorece o no la condición de las mujeres?”, se pregunta la abogada. “Una Constitución atrinchera los intereses más importantes y la forma en que se distribuye el poder. Si hasta ahora ha mantenido un cierto statu quo respecto de la subordinación estructural que afecta a las mujeres, es importante tener presente de qué forma la carta fundamental podría ser o no un motor de movilización de la igualdad. Es decir, qué tipo de Estado vamos a necesitar para que la equidad sea relevante en Chile”, reflexiona Sarmiento.

Enumera asuntos que no están en la Constitución chilena vigente, como la autonomía sexual y reproductiva o las reglas para a combatir la violencia contra las mujeres. Sarmiento afirma que no existen en el mundo ejemplos de una Constitución feminista, aunque la francesa “tiene un principio que evoca paridad”, ni tampoco lo considera extraño: “Las mujeres hemos estado históricamente relegadas del proceso político. Y su ausencia garantiza que no se incorpore su mirada en las políticas públicas”, comenta.

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