Restricciones en Madrid: cerradas tres zonas de salud y dos municipios
Se levanta el cierre perimetral de la región tras el puente de San José, que volverá a imponerse de cara a la Semana Santa, desde el próximo viernes 26 de marzo
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La Comunidad de Madrid ha levantado este lunes el cierre perimetral tras el puente de San José, una medida que volverá a imponerse de cara a la...
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La Comunidad de Madrid ha levantado este lunes el cierre perimetral tras el puente de San José, una medida que volverá a imponerse de cara a la Semana Santa, desde el próximo viernes 26 de marzo hasta el viernes 9 de abril, pese al rechazo del Gobierno madrileño al acuerdo del Consejo Interterritorial de Salud. Además, tres zonas básicas de salud y dos municipios, en los que viven 64.000 madrileños, tienen desde este lunes restricciones de movilidad al registrar una incidencia acumulada de coronavirus de más de 350 casos por cien mil habitantes. El toque de queda se mantiene al menos hasta el 12 de abril de 23.00 a 6.00, así como el cierre de la restauración a la misma hora y la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios.
Estas son, una a una, las medidas en vigor en la región:
Restricciones por zonas básicas de salud
Una ZBS de salud no es un barrio ni un distrito, es un conjunto de calles que pertenecen a un mismo centro de salud. Para saber si vive en una zona confinada o la incidencia del virus en su barrio, introduzca su calle en este buscador.
- Nuevas zonas restringidas. Desde las 00.00 de este lunes, 22 de marzo, y hasta las 00.00 del lunes 5 de abril quedan restringidas las zonas básicas de salud de Núñez Morgado (distrito de Chamartín de la capital), Virgen de Begoña (distrito de Fuencarral-El Pardo de la capital), Valle de la Oliva (Majadahonda) y la localidad de Navacerrada.
- Zonas en las que se mantienen las limitaciones. Morata de Tajuña sigue cerrada hasta las 00.00 del 29 de marzo.
En estas áreas cerradas, rige la medida adicional:
-Cierre perimetral. Prohibida la entrada y salida, salvo para “desplazamientos adecuadamente justificados” mediante un documento (aquí puede descargarse el justificante para entrar o salir por cuestiones laborales o por cuidado de mayores o dependientes). Entre las excepciones está ir al médico, al trabajo o a centros educativos, retorno al lugar de residencia habitual, cuidado de mayores, menores o dependientes y la asistencia a exámenes o a trámites judiciales, administrativos o bancarios. Se pueden cruzar las zonas y los ciudadanos pueden moverse dentro de ellas. Los aforos y horarios son los mismos que en las áreas no restringidas. Se permiten las entradas y salidas de las ZBS cerradas a centros deportivos, siempre que las actividades sean desarrolladas por preparadores físicos y bajo prescripción facultativa.
Medidas para toda la Comunidad de Madrid
- Semana Santa. Tras el puente de San José, la comunidad se ha reabierto este lunes, pero estará de nuevo cerrada entre el 26 de marzo y el 9 de abril.
- Restauración y comercio. El horario de cierre de bares y restaurantes sigue fijado hasta el 12 de abril en las 23.00. Dichos establecimientos no pueden admitir nuevos clientes a partir de las 22.00, aunque se les permite repartir comida hasta las 00.00. El límite de clientes en las mesas de las terrazas se mantiene también en seis, máximo que es de cuatro en el interior de los locales.
En cuanto a los comercios, la bajada de la persiana es a las 22.00, y más allá solo pueden permanecer abiertos los que presten servicios imprescindibles e inaplazables como farmacias, centros médicos, veterinarios y gasolineras. Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa, salas multiusos polivalentes, “espacios similares” y lugares de culto podrán terminar su actividad después de las 22.00 si los asistentes respetan el toque de queda.
- Toque de queda. También sigue siendo hasta el 12 de abril de 23.00 a 6.00, se prohíbe la movilidad, salvo causa justificada como ir o volver del trabajo.
- Reuniones sociales. Siguen sin poderse recibir visitas en domicilios hasta el 12 de abril, salvo excepciones, como las parejas y matrimonios que vivan en domicilios distintos o las personas que viven solas, que podrán reunirse con una única unidad de convivencia.
- Aforos. En lugares de interior los aforos están al 50% y sigue suspendido el servicio en barra en bares y restaurantes. Las excepciones a la norma general del 50% son: 75% de ocupación en teatros, cines y otras instalaciones culturales, 40% en las salas multiusos polivalentes (como el Wizink Center) y 75% las terrazas al aire libre, establecimientos comerciales y centros de formación no reglada.