Un juez archiva la causa contra Pablo Casado por sus afirmaciones sobre el castellano en clase
El exlíder del PP dijo que a los alumnos que hablan castellano se les prohíbe ir al baño
Un juez ha archivado la causa que abrió a raíz de una querella del Govern al exlíder del PP Pablo Casado por afirmar que en Cataluña se impide ir al baño a los alumnos que hablan castellano, al concluir que, por “desacertados y rechazables” que sean estos comentarios, están amparados por la libertad de expresión. En un auto, adelantado por El Confidencial y al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción número 29 de Barcelona ...
Un juez ha archivado la causa que abrió a raíz de una querella del Govern al exlíder del PP Pablo Casado por afirmar que en Cataluña se impide ir al baño a los alumnos que hablan castellano, al concluir que, por “desacertados y rechazables” que sean estos comentarios, están amparados por la libertad de expresión. En un auto, adelantado por El Confidencial y al que ha tenido acceso EFE, el titular del juzgado de instrucción número 29 de Barcelona archiva la causa, después de que Casado alegara en su declaración como investigado el pasado 20 de marzo que basó sus afirmaciones en lo publicado en prensa, sin contrastarlo, y que su objeto era denunciar la política lingüística del Govern. El Govern ha advertido este martes sobre la “impunidad y menosprecio” de las “manipulaciones” sobre el catalán por sectores de la derecha y la extrema derecha, y prepara ya un recurso al archivo de su querella.
El Govern se querelló contra Casado por unas declaraciones suyas en un acto del PP en Galicia en diciembre de 2021, en medio de la polémica a raíz de la sentencia que imponía un 25% de clases en castellano, en el que aseguró que en Cataluña “hay profesores con instrucciones de no dejar ir al lavabo a niños porque hablan castellano” y que a algunos alumnos se les ponen “piedras en la mochila” por usar esa lengua en el patio.
Según el juez, por “desacertados y rechazables que sean” los comentarios atribuidos a Casado en la querella del Govern -que acusaba al exlíder popular por injurias y calumnias e incitación al odio-, no pueden considerarse constitutivos de delito ya que están amparados por la libertad de opinión y expresión consagrada en la Constitución. Asimismo, el juez remarca que en este procedimiento no se ha acreditado suficientemente la existencia de un delito de incitación al odio o a la violencia. En su auto de archivo, el juez recuerda que el Supremo rechazó la querella -cuando Casado perdió la condición de aforado- en una resolución que ahora hace suya y que establecía que ante expresiones “más o menos exageradas” se podrá reclamar la moderación, pero la intervención del derecho penal “debe medirse en un contexto en el que no se olvide lacontienda política que subyace a los hechos”.
Según el Govern, con estas manifestaciones Casado intentó menospreciar públicamente la dignidad de los docentes, de su labor y del propio sistema educativo catalán e incitar al odio o a la violencia, ya que “claramente” podían incitar a la hostilidad contra la población de Cataluña por tener una lengua oficial propia. Por su parte, Casado alegó desde el principio que sus declaraciones e amparaban por la libertad de expresión y que se limitó a hacer unacrítica a la desprotección que, según algunas informaciones periodísticas, sufrirían los niños castellanohablantes en ciertos contextos.
Puedes seguir a EL PAÍS Catalunya en Facebook y Twitter, o apuntarte aquí para recibir nuestra newsletter semanal