Daniel Osàcar pide el indulto para evitar ir a la cárcel por el ‘caso Palau'

La Audiencia de Barcelona recuerda que la petición no paraliza el plazo que expira el día 25 de junio

Daniel Osàcar, en 2015, al salir de declarar de los juzgados.EFE

El extesorero de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), Daniel Osàcar, ha reclamado a la Audiencia de Barcelona que paralice su ingreso en prisión después de solicitar el indulto al Gobierno por la condena de tres años y medio de cárcel por el saqueo del Palau de la Música.

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El extesorero de Convergència Democràtica de Catalunya (CDC), Daniel Osàcar, ha reclamado a la Audiencia de Barcelona que paralice su ingreso en prisión después de solicitar el indulto al Gobierno por la condena de tres años y medio de cárcel por el saqueo del Palau de la Música.

La Sección Décima acordó el pasado martes que Osàcar y el expresidente de la institución Fèlix Millet tenían de plazo hasta el día 25 de junio para acudir voluntariamente a una cárcel y desestimó la petición del extesorero de CDC de eludirla alegando motivos de salud. El tribunal no lo consideró entonces y Osàcar ha respondido ahora con un nuevo intento esgrimiendo que ha solicitado el indulto.

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El intento tampoco parece que prosperará. Los jueces han dictado este viernes una providencia por la que conceden un plazo de dos días a todas las partes implicadas en el proceso para que se pronuncien. Sin embargo, advierten que la tramitación de esta petición no paraliza su acuerdo del pasado día 16, en el que tampoco se tuvo en cuenta el mismo argumento del indulto presentado por Millet.

La sentencia condenatoria del caso Palau situaba a Osàcar, de 85 años, en el centro de la trama que permitió que CDC se beneficiase de 6,6 millones de euros de comisiones ilegales con obra pública de la Generalitat. El extesorero argumentó motivos de salud, pero el tribunal rechazó darle la razón.

“No existe base alguna para afirmar que la vida del penado pueda correr riesgo vital por su estancia en prisión, siendo cosa distinta que deba continuar con su tratamiento y revisiones médicas, y, todo ello sin perjuicio de que cuantas veces precise asistencia médica deba dispensarse en prisión o ser trasladado de forma inmediata a un centro hospitalario si lo precisase”, dijeron entonces los jueces. En todo caso, añadieron, deberá ser el juzgado de vigilancia penitenciaria el que ordene su libertad provisional si se dieran los requisitos necesarios.

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