PP y Vox lanzan al Senado y Congreso a un nuevo choque institucional tras su “error” en la ley sobre presos etarras
Los populares amenazan con denunciar a la Cámara baja ante el Tribunal Constitucional. La Mesa presidida por Armengol ha oficializado hoy la reforma, lo que supone su publicación en el BOE en unos días
La reforma legal que beneficiará, entre otros, a presos de ETA acabará previsiblemente en un nuevo choque institucional entre Congreso y Senado. Después de que la Mesa de la Cámara baja, de mayoría socialista, decidiera el martes enviar la reforma al Boletín Oficial del Estado (BOE) pese al movimiento del presidente del Senado, el popular Pedro Rollán —que equiparó el por mayoría absoluta a un “veto” que no se había registrado en tiempo ...
La reforma legal que beneficiará, entre otros, a presos de ETA acabará previsiblemente en un nuevo choque institucional entre Congreso y Senado. Después de que la Mesa de la Cámara baja, de mayoría socialista, decidiera el martes enviar la reforma al Boletín Oficial del Estado (BOE) pese al movimiento del presidente del Senado, el popular Pedro Rollán —que equiparó el por mayoría absoluta a un “veto” que no se había registrado en tiempo y forma—, la formación de Alberto Núñez Feijóo ha amenazado este viernes con denunciar al Congreso por un conflicto de atribuciones ante el Tribunal Constitucional. Eso sí, en su ofensiva parlamentaria, el PP va un paso por detrás de Vox, que el mismo martes se adelantó y ya anunció que acudiría al tribunal de garantías por el mismo motivo. Los populares se enfrentaban a acusaciones de achantarse por parte del partido de Santiago Abascal en caso de no haber seguido el mismo camino. En paralelo, el Congreso ha publicado justo este viernes definitivamente la norma, lo que supone ordenar formalmente su publicación en el BOE
El PP plantea el choque institucional en medio del enfrentamiento ya de por sí de alto voltaje entre PP y PSOE por la querella interpuesta por la formación de Feijóo contra los socialistas por supuesta financiación ilegal. Y con los populares acusando reiteradamente a Pedro Sánchez de hacer un uso espúreo de las instituciones. El conflicto de competencias, regulado en el artículo 72 de la ley orgánica del Constitucional, fue activado por primera vez en 45 años de democracia el pasado mes de abril por la tramitación de la ley de amnistía. Y, solo seis meses después, el PP vuelve a ponerla en marcha tras haber votado a favor de un proyecto de ley en el Congreso el pasado 18 de septiembre junto a todo el resto de grupos, también Vox, según esgrimen ambas formaciones, por error. Eso implicará la excarcelación de unos 40 presos etarras, según las asociaciones de víctimas, antes de lo previsto.
El PP, con mayoría absoluta en la Cámara alta, promovió en abril esta fórmula jurídica durante la tramitación de la ley de amnistía al entender que se estaban usurpando sus competencias. El conflicto de atribuciones se produce cuando un órgano del Estado —en este caso, el Senado— considera que otro órgano —el Congreso— ha adoptado decisiones asumiendo atribuciones que no le corresponden. Para ponerlo en práctica, quien se considera invadido se lo hace saber al órgano supuestamente invasor y le solicita que revoque su decisión. Si este no responde en el plazo de un mes, o responde negando la acusación, quien ha planteado el conflicto puede elevar la cuestión al Tribunal Constitucional para que este resuelva el choque.
Así lo hizo el PP durante la tramitación parlamentaria de la medida de gracia a los encausados por el procés. Pero el anuncio a bombo y platillo sirvió solo para hacer ruido, ya que las prisas provocaron que el PP no llegase después hasta el final del proceso, es decir, denunciar al Congreso ante el Constitucional, al no medir bien los tiempos. Ahora, los populares vuelven a dar un mes de plazo, a contar desde que se apruebe la iniciativa en pleno, para que la Mesa del Congreso dé marcha atrás y convoque un pleno para debatir y levantar el pretendido “veto” proclamado por Rollán en la sesión del lunes y ante la estupefacción de todos. Es más que probable que la Cámara alta no responda al requerimiento, pues la Mesa ha publicado justo este viernes definitivamente la norma y ha ordenado formalmente su publicación en el BOE. Está por ver si en esta ocasión el PP decide ir con todo hasta el final: denunciar al Congreso ante el Constitucional.
“Armengol boicotea las competencias del Senado y usurpa la capacidad de interpretar el Reglamento de esta Cámara, algo que no le compete”, ha aseverado este viernes Alicia García, portavoz del PP en la Cámara alta. “Ha despachado este asunto sin ningún informe jurídico que lo avale”, ha abundado. El martes, y tras consultar con los servicios jurídicos, la Mesa del Congreso alegó dos razones para rechazar las pretensiones de la Cámara alta: que el pleno del Senado en el que fue rechazada la reforma legal se produjo fuera del plazo establecido en el artículo 90.3 de la Constitución (20 días hábiles al estar calificada con carácter de urgencia) y que no se cumplió con los requisitos del artículo 107.2 del Reglamento de la Cámara alta, que exige que los vetos se formalicen por escrito y de forma motivada.
Rollán contestó este miércoles explicando que la Mesa del Senado, desde que recibió el texto, mantuvo el día 14 como límite. El Reglamento del Senado, en su artículo 135.5, expone: “Todos los plazos recogidos en este artículo se refieren a días naturales. En el caso de que uno de estos plazos concluya en día inhábil se entenderá prorrogado al día hábil siguiente”. Eso permitiría haber pasado el límite del día 13 (el pasado domingo) al 14. El grupo parlamentario popular se ha pronunciado en su escrito bajo la misma argumentación. Sin embargo, para el Congreso dicho precepto “se refiere expresamente a los plazos internos de tramitación en el Senado” pero no a los 20 días hábiles que marca la Constitución en el procedimiento de urgencia, según fuentes jurídicas del Congreso. Sobre equiparar el rechazo de la mayoría absoluta a un veto no registrado por escrito, Rollán sigue manteniendo que es una situación inédita sin jurisprudiencia del Constitucional.