Igualdad propone ahora en la ‘ley del solo sí es sí’ penas que duplican su propuesta de cuando empezó a tramitarse la norma

El Ministerio de Irene Montero defiende estos incrementos para “tender puentes” con el PSOE “sin desplazar” el consentimiento

De izquierda a derecha, la secretaria de Estado de Igualdad, Ángela Rodríguez; la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, Victoria Rosell, en un acto, en enero pasado.Foto: ANDREA COMAS | Vídeo: Europa Press

La tramitación de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual (la conocida como ley del solo sí es sí) ha sido una de las más largas del Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos. Más de dos años desde que el anteproyecto de ley salió del Consejo de Ministros, en marzo de 2020, hasta que la norma se ...

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La tramitación de la Ley de Garantía Integral de Libertad Sexual (la conocida como ley del solo sí es sí) ha sido una de las más largas del Gobierno de coalición de PSOE y Unidas Podemos. Más de dos años desde que el anteproyecto de ley salió del Consejo de Ministros, en marzo de 2020, hasta que la norma se aprobó, en agosto de 2022. Pero el texto legal va también camino de convertirse en uno de los más efímeros en su redacción original: seis meses después de que entrara en vigor, afronta su primera reforma a raíz de la propuesta registrada por el PSOE para elevar el castigo de las agresiones cometidas con violencia o intimidación. Todo ello, como consecuencia del casi un millar de rebajas de condenas a agresores y el centenar de excarcelaciones decretadas por tribunales de toda España desde que entró en vigor la norma, el 7 de octubre.

En los más de tres años de debate en torno a la ley, los socios de Gobierno han ido incrementando las penas que planteaban para algunos supuestos, aunque la última propuesta de Unidas Podemos es la más severa y, en algunos casos, duplica los castigos previstos en su propuesta inicial. Fuentes de la formación admiten que esta subida no responde al marco penal que pretendía fijar cuando se empezó a tramitar la ley; pero señalan que es un efecto que se asume para “tender puentes” en la dirección que busca el PSOE, aunque manteniendo intacto el modelo que define a las agresiones sexuales como cualquier tipo de conducta en la que la víctima no ha expresado su consentimiento. Definir los tipos penales contra la libertad sexual en función de otros elementos más allá de la mera falta de consentimiento es una línea roja para el Ministerio de Igualdad, que dirige Irene Montero.

Después de que se comprobara que la nueva horquilla de penas en la norma vigente tenía como efecto indeseado las rebajas de condenas a agresores sexuales (978, según el último balance oficial del Consejo General del Poder Judicial, un tercio de los casos revisados), Igualdad ha aceptado elevar las penas en hasta cuatro supuestos distintos de delitos contra la libertad sexual mediante la fórmula de convertir la violencia y la intimidación en una circunstancia agravante, no definitoria. Esta vía incrementa el castigo por encima de la propuesta del PSOE, cuya reforma crea un subtipo penal específico mediante el que las agresiones con violencia o intimidación tienen una pena más alta que las cometidas sin estos medios, pero inferior a aquellas en las que se dan circunstancias consideradas agravantes en el Código Penal.

La severidad de las penas que plantea ahora Unidas Podemos en su contrapropuesta es aún mayor si se compara con el primer texto que impulsó Igualdad, el recogido en el anteproyecto de ley presentado en marzo de 2020. Este texto contemplaba penas máximas inferiores a las entonces vigentes con el Código Penal de 1995 hasta en tres supuestos de agresión: las agresiones sexuales con violencia o intimidación, fijadas entonces con una pena máxima de cinco años y para las que Igualdad propuso un máximo de cuatro; las agresiones con penetración y violencia o intimidación, que se pretendían bajar de un máximo de 12 a 10, el mismo cambio que se planteaba para las agresiones a menores de 16 años con penetración sin violencia o intimidación.

Estas diferencias entre el Código Penal entonces vigente y el que modificó la ley del solo sí es sí llevaron al Consejo General de Poder Judicial a advertir de que se producirían decenas de rebajas de penas y excarcelaciones casi automáticas porque ningún reo puede estar condenado por un castigo superior al máximo previsto para el delito por el que se lo castigó. El Gobierno rectificó el anteproyecto en la redacción final de dos de estos tres supuestos, aunque no movió el de las agresiones sin acceso carnal, pero con violencia o intimidación. Eso es lo que ha provocado muchas de las rebajas que ahora se están produciendo y ha llevado al PSOE a proponer la vuelta al marco penal anterior (subir la pena máxima de cuatro a cinco años).

La propuesta presentada ahora por Unidas Podemos multiplica, en algunos casos hasta por dos, aquella propuesta inicial del anteproyecto de ley, tanto en los supuestos que se corrigieron en la redacción final de la norma como en otros que no se tocaron. Por ejemplo, en el caso de las agresiones sin penetración, pero con violencia o intimidación, Igualdad plantea ahora de dos a ocho años de cárcel (frente a la horquilla vigente de entre uno y cuatro años); en la agresión con penetración y violencia o intimidación, propuso en el texto de 2020 penas de cinco a 10 años, frente a la franja de entre siete y 15 que ahora plantea.

En el caso de las agresiones cometidas sobre menores de 16 años, los cambios se dan tanto en los incrementos de penas máximas como de mínimas. Así, Igualdad plantea subir de una horquilla de seis a 10 a una de ocho a 12 el castigo de las agresiones con penetración sin violencia o intimidación supuestamente consentidas. El consentimiento en los menores siempre se considera inválido, pero Podemos propone un marco penal distinto para los casos en los que se obtenga ese consentimiento y los que no, que tendrían castigos más severos: un mínimo de 10 años y un máximo de 15. En las agresiones a menores con acceso carnal y violencia o intimidación, de la franja de 10 a 15 años que se planteó en el anteproyecto (y que se mantuvo en la ley), se pasa ahora a una pena mínima de 12,5 años.

Fuentes de Podemos admiten estos incrementos, pero rechazan que suponga que esta formación defienda las subidas de penas como forma de prevenir la comisión de delitos. “Para nosotras, lo contrario de impunidad no es el punitivismo, es la justicia”, señalan estas fuentes, que reclaman poner el foco en otras medidas de la Ley de Libertad Sexual cuyo objetivo es favorecer el porcentaje de mujeres agredidas sexualmente que dan el paso de denunciar y preservar los derechos de las víctimas.

La formación admite que la propuesta inicial de reforma del Código Penal presentada en 2020 y elaborada en coordinación con el Ministerio de Justicia —dirigido entonces por Juan Carlos Campo— proponía bajar las penas en varios supuestos respecto a las que estaban vigente, pero algunas de estas reducciones se corrigieron por el aviso del CGPJ: “Ese cambio fue una mejora para la norma”, afirman en el Ministerio. La última subida, añaden, ha venido “forzada” por la negociación y la propuesta del PSOE. “Ellos querían incrementar la pena, y si queremos entrar en ese debate, nosotras planteamos que solo se puede hacer por la vía de las agravantes, porque meter otro elemento para definir el delito, como hace el PSOE con la violencia o la intimidación, implica desplazar el consentimiento”, insisten.

¿Queda la sensación en el entorno de Igualdad de haber asumido penas excesivamente altas? Las fuentes consultadas lo niegan. “De lo que se trataba era de preservar el tipo básico, el modelo. Y para eso había que hacer algunos ajustes. Es verdad que la violencia tiene ahora un tratamiento más severo, pero ha sido el camino que había que seguir para poner alternativas encima de la mesa que frenen la intención de darle la vuelta a todo lo que habíamos conseguido”.

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