María Luisa Balaguer: “Es una barbaridad dictar medidas al Senado por unas lesiones producidas en el Congreso”

La magistrada progresista del Constitucional ve “incorrecta” la decisión de la mayoría del tribunal y propone que este debata a partir del jueves si da el plácet a los dos candidatos elegidos por el Gobierno

María Luisa Balaguer, frente al Tribunal Constitucional, en septiembre de 2021.INMA FLORES (EL PAIS)

María Luisa Balaguer (Almería, 69 años) es catedrática de Derecho Constitucional y magistrada del Tribunal Constitucional. En las próximas horas firmará uno de los cinco votos particulares, todos del sector progresista, contra la decisión tomada la víspera por la mayoría conservadora del tribunal: suspender la tramitación de dos enmiendas parlamentarias presentadas por el PSOE y Unidas Podemos ...

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María Luisa Balaguer (Almería, 69 años) es catedrática de Derecho Constitucional y magistrada del Tribunal Constitucional. En las próximas horas firmará uno de los cinco votos particulares, todos del sector progresista, contra la decisión tomada la víspera por la mayoría conservadora del tribunal: suspender la tramitación de dos enmiendas parlamentarias presentadas por el PSOE y Unidas Podemos que modifican el sistema de elección y validación de magistrados en el Consejo General del Poder Judicial y en el propio Tribunal Constitucional.

P. Ha declarado en la Cadena SER que el Tribunal Constitucional no puede condicionar la soberanía nacional. ¿Por qué cree usted que esta decisión la condiciona?

R. Creo que el Parlamento tiene un principio de soberanía nacional que tiene que ser respetado porque es el derecho a la representación política, que es la base interna de la democracia. Sin la representación no hay democracia y, por tanto, el sistema democrático debe atenerse a las funciones que cada organismo debe desarrollar. El Tribunal Constitucional debe ser un instrumento de control a posteriori cuando se producen las resoluciones. Si en un momento determinado ha de adoptar una decisión preventiva, tiene que ser muy cauteloso con cuáles son los bienes jurídicos que puede condicionar. Y en este caso me parece que la decisión de la mayoría ha sido incorrecta: no había ninguna necesidad de esa urgencia. Y, en segundo lugar, si tú estás favoreciendo que no haya una votación, estás privando al resto de las personas [los diputados] de ejercer ese derecho. Por lo tanto, hay que analizar mejor la proporcionalidad y el contrapeso.

P. El Constitucional ha dictado en los últimos meses otras resoluciones por unanimidad en recursos de amparo: negó medidas cautelares al exdiputado de Unidas Podemos Alberto Rodríguez, al que la presidenta del Congreso le privó de su escaño por una sentencia del Supremo; o a la diputada Teresa Rodríguez y ocho diputados expulsados del grupo parlamentario por una decisión de la Mesa de la Cámara andaluza. ¿Se argumentó en la deliberación de ayer por qué en esos casos procedía rechazar las cautelares pedidas y en el caso del recurso de amparo del PP había que aprobarlas?

R. Es la base de la defensa de las personas que haremos el voto particular. Y eso se verá enseguida. Yo intentaré sacar el voto particular entre mañana y pasado. Lo haré público, porque me parece importante que se pueda ver la discrepancia. Y es la siguiente: no se adoptan generalmente las cautelares en el Tribunal Constitucional porque sería tanto como anticipar la decisión sobre el recurso de amparo. Es decir, si un grupo o una persona te solicita un amparo y te dice que ya se lo adelantes (si se trata, por ejemplo, de evitar una votación o suspender una publicación en prensa) lo que se está haciendo ya no sería necesario hacerlo en sentencia porque ya se ha conseguido. Eso no es razonable en derecho, porque estás pendiente de una prueba, estás pendiente de dar traslado a las partes, estás pendiente de que se conteste. Entonces, inaudita parte [sin escuchar a las partes concernidas] no se suele conceder esa medida.

P. Si el letrado principal del Constitucional sostiene que es doctrina reiterada del tribunal denegar esas medidas cautelares y la Fiscalía informó siempre contra ese tipo de medidas cautelares, ¿por qué cree que la mayoría conservadora optó por desoír esos antecedentes y aprobar las cautelares que pidió el PP?

R. Porque son siempre los distintos puntos de vista que hay entre un concepto de la función constitucional y otro. Esto lo venimos viendo a lo largo de la trayectoria del Constitucional: las sensibilidades son distintas. Desde un punto de vista técnico no tenía solución este problema en unas cautelarísimas. Para empezar, la supuesta lesión la había producido el Congreso y al que se le dice ahora que no se vote es al Senado. Se está estableciendo una medida a un órgano que no es el que ha producido la lesión. El Senado obedecerá, porque es su obligación, las resoluciones del Tribunal Constitucional. Pero el Senado no ha producido ninguna lesión, la ha producido el Congreso y nosotros se la estamos imputando al Congreso y estamos dictando unas medidas para el Senado. Esto me pareció una esquizofrenia, y así lo puse de manifiesto. En el Constitucional hay una gran diversidad de enfoques y de puntos de vista. Yo tengo un sentido más académico y otros compañeros tienen un sentido más práctico, pero la decisión me pareció una barbaridad, sinceramente lo digo.

Maria Luisa Balaguer, en septiembre de 2021.INMA FLORES (EL PAIS)

P. ¿Cuánto daño hará esta decisión a la imagen del Constitucional?

R. El tribunal debería pensar los efectos de algunas de las resoluciones que toma. Yo siempre pienso en la sentencia sobre el estado de alarma [que consideró inconstitucional uno de los puntos del decreto que afectaba al confinamiento domiciliario] y me parece que en su momento se tendría que haber dictado otra sentencia. Pero es que la falta de entendimiento interno también es muy razonable si se quiere tener un Constitucional plural. El problema con el pluralismo, no solamente ideológico, sino desde el punto de vista del conocimiento y político, es que determina siempre estos choques de trenes. Verdaderamente, se trataba de un asunto muy difícil. Pero se podía haber hecho con un poco más de tranquilidad. Podríamos haber oído al menos a las partes y ver si era necesario hacer eso.

P. ¿Pedirán ustedes un pleno para dar el plácet a los dos magistrados elegidos por el Gobierno o renuncian a ello viendo la posición del grupo conservador?

R. Todo está pendiente del día 22 o del adelanto que se ha producido ahora [en el Consejo General del Poder Judicial para intentar acordar el nombramiento de los dos magistrados del Constitucional que le corresponden]. El horizonte estará en el día 22 de diciembre. Y a partir de ahí debería hacerse el pleno para discutir si damos el plácet, pero eso es competencia del presidente, no sé si en su intención estará convocar ese pleno.

P. Y, en caso de que lo convoque, ¿el grupo progresista, al que usted pertenece, apoyará la entrada en el tribunal de los dos magistrados nombrados por el Gobierno, aunque el Poder Judicial no haya nombrado a los suyos?

R. Eso lo he dicho siempre. Yo y más compañeras y compañeros del tribunal consideramos que el Gobierno ha tomado su decisión y el tribunal deberá recepcionar eso como cualquier otra norma constitucional.

P. ¿Le sorprendió que no se abstuvieran en el debate el presidente, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez, dado que estaban afectados directamente por la decisión que se tomara?

R. Mi capacidad de sorpresa es infinita siendo magistrado del Tribunal Constitucional. Ellos tenían su derecho y lo ejercieron. Yo sobre eso no quiero opinar. Lo único que me queda es respetarlo.

P. El artículo 219.10 de la Ley Orgánica del Poder Judicial dice que es posible la recusación de un juez que tenga interés directo o indirecto en el pleito o causa que analiza. ¿No cree que Trevijano y Narváez se encontraban en este caso?

R. No lo sé. Es un tema muy complicado. Nosotros dictamos hace poco un auto porque a lo largo del procés se recusó a algunos compañeros, que se abstuvieron. Yo siempre estuve en contra de esa abstención porque consideré que, aunque se hubiese hecho alguna declaración sobre el procés, a favor o en contra, un magistrado no tendría por qué ser parcial, pero en este caso se trata de una cuestión personalísima de si esa persona se sentirá o no concernida. No estoy para entrar en la conciencia de nadie, pero creo que el derecho tiene que crear las condiciones, y el día que las partes pidan la recusación, que todavía no se ha podido pedir, entonces habrá que ver ese escrito de cómo viene fundamentado y podremos tomar una decisión más clara.

P. Si usted estuviera en la misma situación que Trevijano, ¿se sentiría concernida para abstenerse?

R. No quiero pensar en esos casos. Yo creo que en una situación personal se tienen que contemplar muchas cosas. Como soy una persona de bastante consenso, lo más seguro es que yo me hubiese abstenido. Dependería del compromiso personal que yo tuviese con el tribunal, porque también es verdad que una persona puede considerar que no se abstiene porque considere que tiene obligación moral de resolver. Yo en eso no juzgo, la verdad.

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