La justicia obliga a Vox a readmitir a los tres diputados expulsados que impidieron la moción de censura en Murcia

El juez considera que la expulsión de los procuradores “pudo ser motivo de represalias por parte de los dirigentes del partido”

Los diputados expulsados de Vox Juan José Liarte (a la derecha), Mabel Campuzano y Francisco Carrera, el 13 de enero de 2022 antes del inicio del juicio en Murcia.Marcial Guillén (EFE)

Vox tendrá que readmitir en sus filas a los tres diputados de la Asamblea Regional de Murcia que expulsó del partido en junio de 2020, cuando les acusó de cometer irregularidades e infracciones graves tipificadas en los estatutos de la formación. Un juez ha declarado nula la expulsión de los tres políticos (Juan José Liarte, Mabel Campuzano y Francisco José Carrera), cuyos votos ...

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Vox tendrá que readmitir en sus filas a los tres diputados de la Asamblea Regional de Murcia que expulsó del partido en junio de 2020, cuando les acusó de cometer irregularidades e infracciones graves tipificadas en los estatutos de la formación. Un juez ha declarado nula la expulsión de los tres políticos (Juan José Liarte, Mabel Campuzano y Francisco José Carrera), cuyos votos fueron clave en marzo de 2021 para evitar que prosperase la moción de censura presentada por PSOE y Ciudadanos contra Fernando López Miras, que premió el gesto nombrando consejera de Educación y Cultura a Campuzano.

La expulsión de estos tres diputados se había producido casi un año antes, cuando Liarte, Campuzano y Carrera decidieron revocar los poderes que habían firmado a diversos dirigentes nacionales del partido para que tuvieran acceso a las cuentas bancarias del grupo parlamentario, entre ellos, al propio Santiago Abascal y a su número dos, Javier Ortega Smith. Además, despidieron a cuatro trabajadores que también prestaban servicio en el grupo parlamentario y que habían sido contratados por apoderados desde Madrid.

El Comité de Garantías de Vox anunció en mayo su intención de apartar del partido a los tres díscolos, y lo hizo oficial el 23 de junio de 2020. Desde entonces y en todo momento, Liarte, Campuzano y Carrera han defendido que la expulsión se hizo de manera irregular, sin responder a las causas que recogen los estatutos. Nunca llegaron a abandonar el grupo parlamentario de Vox, en cuyas filas sí se ha mantenido al cuarto de los diputados de la formación, Pascual Salvador. Él había votado en contra de los despidos y de retirar los poderes a la dirección nacional, a pesar de que meses antes, en diciembre de 2019, fue apartado de la presidencia autonómica del partido y sustituido por el exjugador de baloncesto y concejal de Vox en la capital José Ángel Antelo.

Los tres expulsados acabaron llevando el asunto a los tribunales y el pasado 13 de enero pasaron por el Juzgado de Instrucción Número 4 de Cartagena tanto Antelo como Ortega Smith, que defendieron que la expulsión había sido ajustada a lo establecido en los estatutos de Vox, y que todos los cargos electos del partido son informados antes de presentarse a las elecciones de que deberán firmar poderes a la dirección nacional en aras, aseguran, de la transparencia, del control, la supervisión y la fiscalización del buen funcionamiento de las ramas autonómicas del partido.

El juez, sin embargo, ha dado la razón a los díscolos basándose en el reglamento de la Asamblea Regional, que establece que son los miembros de los grupos parlamentarios los que deben gestionar sus fondos y contratar al personal que consideren oportuno.

“Hay indicios suficientes para creer que la revocación de poderes llevada a cabo por los demandantes pudo ser motivo de represalias por parte de los dirigentes del partido al que pertenecían”, afirma la sentencia, que insiste en que esa revocación de poderes “no es una conducta que pueda ser objeto de una sanción de la gravedad de la expulsión”, como tampoco lo es la expulsión de los trabajadores sin consultarlo con Madrid.

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El juez no considera probados tampoco el resto de los argumentos que usó el comité del partido para justificar la expulsión: ni hay pruebas de que los diputados filtraran la noticia a los medios de comunicación, ni de que cometieran irregularidades en la gestión contable y administrativa, ni de que profiriesen vejaciones a los trabajadores despedidos.

Tan solo no está de acuerdo la sentencia con la petición de los expulsados de ser indemnizados por Vox por los daños y perjuicios causados en estos meses.

La decisión judicial, que puede ser recurrida ante la Audiencia Provincial de Murcia, declara nula, además de la expulsión de los diputados, la convocatoria de las elecciones primarias que Vox celebró en Murcia en septiembre de 2020, ya que ni Liarte, ni Campuzano ni Carrera pudieron presentarse, aunque manifestaron su deseo, porque estaban expulsados.

La readmisión de estos tres diputados en el partido no tendrá, a priori, consecuencias en el Gobierno regional, que no se ha pronunciado sobre el proceso.

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