La Generalitat cuestiona que el Tribunal de Cuentas pueda negarse a aceptar sus avales

Los ex altos cargos y funcionarios acusan a la instructora de actuar fuera de sus competencias al rechazar la garantía del Instituto Catalán de Finanzas

El expresidente de la Generalitat de Cataluña, Artur Mas, atiende a los medios, el pasado 14 de octubre.Quique García (EFE)

El Tribunal de Cuentas ha recibido ya todos los recursos de los investigados por los gastos indebidos en la promoción exterior del procés, con la duda sobre si le dará tiempo de resolverlos antes de la renovación de la institución. Esos recursos pretenden que el tribunal se desdiga de ...

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El Tribunal de Cuentas ha recibido ya todos los recursos de los investigados por los gastos indebidos en la promoción exterior del procés, con la duda sobre si le dará tiempo de resolverlos antes de la renovación de la institución. Esos recursos pretenden que el tribunal se desdiga de su decisión de no aceptar los avales concedidos por la Administración catalana —en concreto, por el Instituto Catalán de Finanzas— a los 34 ex altos cargos acusados de haber malgastado 5,4 millones de euros para promocionar los planes independentistas en el extranjero. El ponente de esta resolución —si no hay relevos antes— será el presidente de la Sección de Enjuiciamiento, José Manuel Suárez Robledano, nombrado en su día para el tribunal a propuesta del PP. Los otros dos miembros de la Sala son María Antonia Lozano y Felipe García Ortiz, propuestos por PSOE e IU, y por el PSOE, respectivamente.

La Generalitat ha recurrido contra la denegación de estos avales, por considerar que se basó en unos juicios de valor para los que la delegada instructora no tenía competencias. En la misma línea, el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont ha acusado a instructora de haber actuado de forma “arbitraria e ilegal”, por lo que ha anunciado la presentación de una querella para exigirle responsabilidades ante la jurisdicción penal.

El expresident Artur Mas también acusa a la delegada instructora de “evidente exceso en el ejercicio de sus facultades”, lo cual no obsta para que haya hecho frente a la fianza exigida con el ofrecimiento de un inmueble. Ambas cosas son compatibles, porque la aportación de fondos o bienes da paso a que cesen las órdenes de embargo cuando el tribunal tenga asegurados los mencionados 5,4 millones de euros. Para ello faltaría aún la aportación de alrededor de 700.000 mil euros por cualesquiera de los investigados, ya que su responsabilidad se considera conjunta y solidaria.

La representación legal de ERC ya ha afianzado, en este sentido, 2,2 millones de euros, que cubrirían las responsabilidades de sus dirigentes, entre ellos Oriol Junqueras y Raül Romeva. Ahora bien, esos 2,2 millones de euros podrían volver a quedar a disposición de los depositantes si prosperan los recursos presentados contra la denegación de los avales.

Los recursos insisten en que la admisión de los avales no exonera de responsabilidad alguna a los investigados, y que si éstos son condenados tendrán que hacer frente directa y personalmente al pago que se les exija. La tesis de la propia Generalitat es que ninguna administración vería lesionados sus intereses por el hecho de que se acepten los avales como garantía.

Los reproches a la delegada instructora, Esperanza García, se centran en que basó su resolución de rechazo de los avales en que la ley catalana que los creó no prevé que puedan utilizarse para respaldar a altos cargos o funcionarios que hayan obrado con dolo ―es decir, con voluntad expresa de cometer un hecho ilícito― o con negligencia grave al emplear fondos públicos para fines irregulares o indebidos. El razonamiento de la instructora es que los investigados sí actuaron bajo esas premisas de dolo o negligencia, por lo que no están cubiertos por la ley que permitiría avalarles de no existir esta circunstancia. Los recursos, en cambio, consideran que la delegada instructora no actúa en virtud de una competencia jurisdiccional, sino al frente de unas diligencias meramente administrativas, con lo que carecería de competencias para efectuar juicios de valor sobre la conducta de los ex altos cargos y funcionarios que supongan una anticipada apreciación de responsabilidades.

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