El Constitucional avala la condena que el Supremo impuso a Francesc Homs por la consulta del 9-N

El exconsejero de Presidencia fue considerado autor de un delito de desobediencia y se le impuso un año y un mes de inhabilitación por el ensayo de referéndum de 2014

El exconsejero de Presidencia de la Generalitat de Cataluña, Francesc Homs, en una foto de archivo.ALBERT GARCIA

El Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el exconseller Francesc Homs contra la sentencia del Supremo que le condenó por su responsabilidad en la primera consulta organizada por la Generalitat, el 9 de noviembre de 2014, según fuentes jurídicas. Aquel episodio fue el primer paso para la convocatoria, tres años más tarde, el 1 de octubre de 2017, del referéndum sobre la independencia de Cataluña, tras la aprobación de las leyes de desconexión en el Parlament catalán.

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El Constitucional ha rechazado el recurso presentado por el exconseller Francesc Homs contra la sentencia del Supremo que le condenó por su responsabilidad en la primera consulta organizada por la Generalitat, el 9 de noviembre de 2014, según fuentes jurídicas. Aquel episodio fue el primer paso para la convocatoria, tres años más tarde, el 1 de octubre de 2017, del referéndum sobre la independencia de Cataluña, tras la aprobación de las leyes de desconexión en el Parlament catalán.

Homs, consejero de Presidencia de la Generalitat durante el 9-N, fue condenado por un delito de desobediencia al estimarse probado que desatendió de forma reiterada las órdenes del Constitucional para que la consulta no se llevara a cabo por ser ilegal. El exconsejero catalán fue juzgado directamente por el Tribunal Supremo, ya que estaba aforado como diputado de JuntsxCat. La Sala Penal le impuso una pena de un año y un mes de inhabilitación y Homs recurrió al Constitucional. El pleno que está celebrando esta semana el tribunal rechazará la petición de amparo presentada por el exconsejero catalán.

La ponente de la sentencia es la magistrada María Luisa Balaguer. En su propuesta de resolución, se estima que parte de los motivos invocados por el recurso deben ser rechazados de plano porque el exconsejero no presentó en su día un incidente de nulidad ante el Supremo, paso previo necesario para acudir luego al tribunal de garantías. Otros motivos, en cambio ―como la inadmisión de determinados testigos en el juicio― han sido revisados, y se ha rechazado la tesis de que supusieran un menoscabo de derechos fundamentales.

Artur Mas, presidente de la Generalitat en aquella época, también fue condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña a dos años de inhabilitación. El presidente Mas recurrió en casación al Supremo y la Sala Penal le rebajó la condena a un año y un mes de inhabilitación.

Fuentes de la defensa de Homs han indicado que es muy probable que el exconsejero catalán recurra ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. El mismo camino seguirá Jordi Turull, cuya condena por el referéndum de octubre de 2017 fue también objeto de recurso ante el Constitucional, que rechazó el mes pasado la concesión del amparo y dejó abierta la puerta para la impugnación del procedimiento judicial ante el Tribunal de Estrasburgo.


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