Preguntas y respuestas sobre el futuro de la política catalana tras la inhabilitación de Torra

Pere Aragonés sustituirá a Torra pero con unas funciones muy tasadas

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, acompañado del vicepresidente, Pere Aragonés, el pasado 22 de septiembre.Quique Garcia (EFE)

La sentencia del Tribunal Supremo que inhabilita a Quim Torra comportará un relevo provisional en la presidencia de la Generalitat hasta la celebración de elecciones. Como pronto serán dentro de cuatro meses y medio, el 7 o 14 de febrero, pero hasta entonces se han de cumplir algunos trámites en este período de transición....

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La sentencia del Tribunal Supremo que inhabilita a Quim Torra comportará un relevo provisional en la presidencia de la Generalitat hasta la celebración de elecciones. Como pronto serán dentro de cuatro meses y medio, el 7 o 14 de febrero, pero hasta entonces se han de cumplir algunos trámites en este período de transición.

¿Cuándo deja Torra de ser president?

La sentencia del Supremo la ha de ejecutar el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), que fue el órgano sentenciador que le condenó a 18 meses de inhabilitación por negarse a retirar la pancarta. Dos horas después conocerse la sentencia, el TSJC ya ha dictado una ejecutoria, en la que se señala que Torra ya deja de ser presidente. Sin embargo, para que genere efectos jurídicos se le ha de notificar personalmente a él, algo que ya se ha intentado esta mañana y que se repetirá esta tarde. Desde ese momento deja de ocupar el cargo por cese y ese acto se publica en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. (DOGC)

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¿Quién y cuándo le sustituye?

Pere Aragonès, vicepresidente de la Generalitat, sustituirá a Torra en aplicación de la Ley de la Presidencia de la Generalitat. Cuando se haya producido el cese se reunirá el Govern y se aprobará el decreto de nombramiento. Las funciones de Aragonès están muy tasadas en ese período de interinidad y, por ejemplo, no puede designar ni cesar consejeros, ni tampoco convocar elecciones. Al tratarse del candidato que presentará Esquerra a las elecciones, Junts per Catalunya ha intentado, además, atarlo corto para evitar que aproveche ese protagonismo institucional. Los servicios jurídicos de la presidencia han dejado por escrito el escaso margen de maniobra que tendrá Aragonès, de manera que, por ejemplo, no dará el tradicional discurso de fin de año. Los republicanos ya han anunciado también que no piensan “usurpar” el cargo durante la interinidad.

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¿Qué hará el Parlament?

Después del nombramiento de Aragonès, todas las miradas estarán puestas en el presidente del Parlament, Roger Torrent, también de ERC. La ley establece que tiene un plazo de 10 días hábiles para hablar con los grupos parlamentarios y proponer al pleno un candidato. Es una decisión que corresponde exclusivamente a Torrent y todo indica que no hará ninguna propuesta, sino que comunicará la imposibilidad de elegir un candidato. Esa actuación es lo que el Consejo de Estado denominó “acto equivalente” cuando se produjo el tamayazo en la Asamblea de Madrid en 2003. Produce los mismos efectos legales que una investidura fallida y serviría para activar el reloj electoral.

¿Qué hará la oposición?

El jefe de la oposición, el dirigente de Ciudadanos Carlos Carrizosa, ha invitado al PSC, PP y Comunes a sumar esfuerzos y presentar un candidato alternativo para activar la cuenta atrás y evitar que Torrent pueda contribuir al bloqueo con una posible pasividad. El presidente de la Cámara ya ha insinuado que nada de eso pasará y los comunes también han aclarado que no cuenten con ellos para seguir a Cs. Esos grupos, además, tampoco sumarían por sí solos. El independentismo ya ha dicho también que no presentará ningún nombre para sustituir a Torra.

¿Cuándo habrá elecciones?

Dependerá de la fecha en la que Torrent comunique la imposibilidad de elegir a ningún candidato. Existen diversas formas de materializar este anuncio. Una de ellas es cuando esté reunido el Pleno. Hasta el 7 de octubre no está prevista ninguna sesión, pero nada impide que pueda celebrarse antes. Los letrados del Parlament han hecho público hoy un informe en el que aseguran que Torrent también puede dictar una resolución razonada que se publicaría en el Boletín Oficial del Parlament en la que se constatara la falta de un candidato viable. Realizada la comunicación y transcurridos los dos meses sin que haya investidura, la Cámara queda disuelta automáticamente. En ese escenario, Pere Aragonès sí que puede convocar las elecciones aunque esté ejerciendo de presidente en funciones. La cita con las urnas sería 54 días después de publicarse el decreto en el DOGC, siguiendo la normativa electoral española porque el Parlament, 40 años después de ser restablecido, aún no ha aprobado una ley electoral catalana.

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