ELECCIONES EUROPEAS

La Junta Electoral permite los debates entre PP y PSOE, pero exige compensar a los demás grupos

La JEC estima parcialmente un recurso de IU-ICV por vulneración del derecho de igualdad

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que las cadenas de televisión Tele 5 y Antena 3 TV compensen a las fuerzas políticas con representación en el Parlamento Europeo por quedar excluidas de los debates "cara a cara" entre los cabezas de lista del PSOE y del PP. Así, las dos cadenas privadas, tendrán que ceder espacio en su cadena para "entrevistas, debates o informaciones" sobre las candidaturas de IU y otros grupos.

En respuesta a sendos recursos de IU-ICV-EUiA, la Junta afirma que Galeusca-Pueblos de Europa, Coalición Europa de los Pueblos, Coalición Europea y la coalición IU-...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que las cadenas de televisión Tele 5 y Antena 3 TV compensen a las fuerzas políticas con representación en el Parlamento Europeo por quedar excluidas de los debates "cara a cara" entre los cabezas de lista del PSOE y del PP. Así, las dos cadenas privadas, tendrán que ceder espacio en su cadena para "entrevistas, debates o informaciones" sobre las candidaturas de IU y otros grupos.

Más información

En respuesta a sendos recursos de IU-ICV-EUiA, la Junta afirma que Galeusca-Pueblos de Europa, Coalición Europa de los Pueblos, Coalición Europea y la coalición IU-ICV-EUiA deberán ser compensadas "con entrevistas, otros debates o bien información adecuada y proporcionada" de las actuaciones de la campaña electoral. El organismo electoral estima así parcialmente los recursos, en los que se denunciaba que las cadenas vulneran el principio de igualdad de acceso a los medios de comunicación, de pluralidad y de neutralidad informativa.

Tanto Tele 5, que lo emitió ayer por la noche, como Antena 3 TV han programado sendos debates entre los cabezas de lista del PSOE, José Borrell, y del PP, Jaime Mayor Oreja, para las elecciones al Parlamento Europeo del 13 de junio.

La JEC cita en su resolución el artículo 66 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) relativa al respeto al pluralismo político y social y a la neutralidad informativa para establecer la obligación de ambas cadenas a dar una compensación a las fuerzas excluidas "sin perjuicio de la licitud de la celebración y emisión de un debate bilateral" entre los candidatos del PSOE y el PP.

Archivado En