Just Eat y los sindicatos acuerdan el primer convenio colectivo del reparto a domicilio
El pacto daría cobertura a más de 2.000 trabajadores a finales de 2022, la mayoría repartidores, según fuentes sindicales
La empresa de reparto de comida a domicilio Just Eat y los sindicatos CC OO y UGT han alcanzado un acuerdo sobre condiciones y regulación de la especificidad del trabajo en la plataforma. De esta forma, se trata del primer convenio colectivo en España del sector del reparto a domicilio a través de plataformas digitales.
El convenio daría cobertura a más de 2.000 trabajadores, la mayoría repartidores o riders, a...
La empresa de reparto de comida a domicilio Just Eat y los sindicatos CC OO y UGT han alcanzado un acuerdo sobre condiciones y regulación de la especificidad del trabajo en la plataforma. De esta forma, se trata del primer convenio colectivo en España del sector del reparto a domicilio a través de plataformas digitales.
El convenio daría cobertura a más de 2.000 trabajadores, la mayoría repartidores o riders, al cierre de 2022, según comentaron fuentes sindicales a Servimedia. En el caso de Just Eat, sus repartidores no trabajan como falsos autónomos (una figura habitual en el sector, según han sentenciado varios fallos judiciales), sino como subcontratados, y el convenio serviría para considerarlos como asalariados. Este viernes está prevista una rueda de prensa para explicar los detalles del acuerdo, según informa CC OO.
Además, las organizaciones sindicales también están en conversación con la empresa de reparto Rocket, que empezó a operar en España la semana pasada, y ya ha habido contactos con Stuart.
La conocida como ley rider fue acordada en marzo pasado entre el Gobierno, la patronal y los sindicatos, en línea con la sentencia del Tribunal Supremo que declaraba asalariado a un repartidor de Glovo. Fue aprobada por el Consejo de Ministros en mayo y entró en vigor tres meses después, el 12 de agosto. Sin embargo, los sindicatos aseguran que no todas las empresas la están cumpliendo, motivo por el que se están volviendo a interponer denuncias.
La norma regula el trabajo de los repartidores empleados en plataformas digitales, que basan la gestión del servicio en los algoritmos, y parte de la llamada presunción de laboralidad. Así, con la ley, a estos empleados se les aplican los derechos regulados en el Estatuto de los Trabajadores como los de organización, sindicación, protección social, cotizaciones y salarios.
Conocer los algoritmos
El texto también fija que la representación legal de estos trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en la toma de decisiones que afecten a las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.
El Gobierno anunció el día de su aprobación la creación de un comité de expertos para estudiar el “buen uso” de la inteligencia artificial y los algoritmos en las relaciones laborales. Esta ley de los repartidores es una de las reformas a las que el Gobierno se comprometió con Bruselas en el plan de recuperación.
De hecho, la Comisión Europea ha propuesto esta semana criterios para reclasificar como empleados a repartidores de la UE que todavía actúan como autónomos. La directiva comunitaria fija unas condiciones laborales mínimas en toda la Unión. Según la Comisión, los empleados de estas plataformas son asalariados si hay algún tipo de control por parte de la empresa. Esto puede suponer la regularización de unos 4,1 millones de falsos autónomos, según el Ejecutivo comunitario.