El Gobierno propone penalizar a las empresas que abusen de la rotación de los trabajadores temporales

Plantea aumentar las cotizaciones cuando lleven a cabo las bajas de los trabajadores eventuales

Varios trabajadores recogen lechugas en a pedanía murciana de Lobosillo el 6 de noviembre.Marcial Guillén (EFE)

El Gobierno ha propuesto a sindicatos y patronal un recargo en la cotización cuando las empresas den de baja a un trabajador temporal. La intención es penalizar la excesiva rotación que existe en los contratos temporales y que llega al punto de dar de baja a un empleado para volver a contratarlo tras el fin de semana o a los pocos días simplemente para ahorrarse esos costes.

El Ejecutivo trasladó esta propuesta a sindicatos y patronales este miércoles, dentro de la mesa en la que se dirime ...

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El Gobierno ha propuesto a sindicatos y patronal un recargo en la cotización cuando las empresas den de baja a un trabajador temporal. La intención es penalizar la excesiva rotación que existe en los contratos temporales y que llega al punto de dar de baja a un empleado para volver a contratarlo tras el fin de semana o a los pocos días simplemente para ahorrarse esos costes.

El Ejecutivo trasladó esta propuesta a sindicatos y patronales este miércoles, dentro de la mesa en la que se dirime la confección del nuevo marco de relaciones laborales. El documento presentado, que diseñaba los nuevos ERTE permanentes, generó un profundo rechazo entre los agentes sociales. Pero no solo trataba de los ERTE, sino que además introducía este castigo en la forma de un aumento de cotizaciones cuando se prescinda de un trabajador temporal. Aunque esta medida se aplicará a la bajas de todos los temporales, está pensada para tener un impacto sobre todo en aquellas empresas que abusan de la rotación de eventuales. Esto es: las que dan de alta y de baja continuamente a los mismos empleados con el objeto, en muchos casos, de no abonar los fines de semana, puentes o vacaciones.

El Ejecutivo trata de acabar con estas fórmulas fraudulentas que contribuyen a la precarización del empleo y a mantener disparada la temporalidad, situada en España en el 24% de los trabajadores. El documento, al que ha tenido acceso EL PAÍS, recoge la modificación del artículo 151 de la Ley General de la Seguridad Social. En él se establece que las empresas que den de baja a aquellos empleados con contratos de carácter eventual deberán abonar el triple de la base mínima de cotización por accidente de trabajo en el mes en el que la ejecuten. Según cálculos aproximados, que varían por profesión, este sobrecargo podría alcanzar los 90 euros. En principio, no debería suponer un gran problema para un empresario que contrata un trabajador para unos meses. Pero sí para aquel empresario que continuamente está dando de baja a sus empleados.

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones lleva tiempo detectando cómo recurrentemente se producen en el mismo mes una serie de altas y bajas de los mismos trabajadores que se prolongan en el tiempo. En muchos casos, las altas se producen el lunes y las bajas el viernes, de manera que no tienen que abonar así el fin de semana. Una vez que este termina, vuelve a darse de alta al mismo empleado el siguiente lunes, y el círculo vicioso se mantiene.

El ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ya había anunciado la intención de llevar a cabo alguna iniciativa en esta línea. El recargo, tal y como se especifica en el texto, se producirá por cada una de las bajas que se realicen, lo que debería disparar el coste de la rotación del temporal. Con este sobrecargo se busca que a los empresarios que abusan de estas prácticas no les salga a cuenta mantener el modelo.

El agrario queda fuera

“En los contratos de carácter temporal, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará, en el mes en el que se produzca la baja del trabajador y por cada una de dichas bajas, en el triple del importe diario determinado por la aplicación del tipo de cotización a cargo de la empresa al tope mínimo de cotización para las contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional”, especifica la nueva redacción del artículo 151. A continuación, sin embargo, detalla que este incremento “no será de aplicación a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios”. Precisamente se ha encontrado una abundante rotación en el campo, pero el Ejecutivo no se ha atrevido a adentrarse en un terreno que resultaría altamente conflictivo.

Durante su exposición en la reunión del miércoles, tanto sindicatos como patronales solicitaron al Gobierno la reformulación de toda la propuesta sobre los ERTE. Unos y otros avanzaron que presentarían sus contrapropuestas. A pesar de que este punto no fue el eje del desacuerdo entre las partes, el encuentro se saldó con un profundo rechazo ante los últimos planteamientos del Ejecutivo en materia laboral. De forma unánime, los representantes de los trabajadores y de los empresarios tacharon la propuesta de “farragosa” y demasiado “técnica”, y señalaron que no hay tiempo suficiente para estudiarla teniendo en cuenta que el periodo pactado con Bruselas para tener lista la reforma laboral acaba el 31 de diciembre.

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