IAG elimina el límite a los inversores de fuera de la UE en su accionariado

El grupo de aerolíneas, propietario de Iberia, British Airways o Vueling, lo impuso hace cerca de un año ante la posibilidad de un Brexit sin acuerdo

Madrid -
Un avión de Iberia en el aeropuerto de Barajas.kike para

Ante la amenaza de un Brexit caótico, y ante la posibilidad de tener que dejar de operar en la UE, el grupo de aerolíneas IAG, propietario de Iberia, British Airwais o Vueling, entre otras, estableció a principios de 2019 un límite en virtud del cual, los accionistas de fuera de la UE no podían superar el 47,5% de su accionariado. Ese era el porcentaje de accionistas "no UE" que entonces tenía el grupo. Este viernes, después de que ese ratio haya caído al 39,5%, la empresa ha eliminado ese límite, aunque dic...

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Ante la amenaza de un Brexit caótico, y ante la posibilidad de tener que dejar de operar en la UE, el grupo de aerolíneas IAG, propietario de Iberia, British Airwais o Vueling, entre otras, estableció a principios de 2019 un límite en virtud del cual, los accionistas de fuera de la UE no podían superar el 47,5% de su accionariado. Ese era el porcentaje de accionistas "no UE" que entonces tenía el grupo. Este viernes, después de que ese ratio haya caído al 39,5%, la empresa ha eliminado ese límite, aunque dice que se mantendrá vigilante por si tiene que activarlo de nuevo. La decisión ha provocado que la empresa suba un 5% en Bolsa.

En un hecho relevante enviado a la CNMV, IAG informa de que este 17 de enero de 2020, según el libro de registro de acciones, "el porcentaje de acciones emitidas de IAG que son titularidad de Personas No UE es del 39,5%", por lo que se elimina "con efectos inmediatos" el Máximo Permitido, el límite impuesto a la compra de acciones por parte de inversores de fuera de la UE.

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La empresa explica que este límite se aprobó en el consejo de administración el 11 de febrero de 2019, cuando el registro mostró que inversores no comunitarios habían alcanzado el 47,5%, techo en el que se fijó dicha participación. Desde entonces, estaba prohibida la compra de acciones a inversores de fuera de la Unión que supusieran superar ese umbral, para salvaguardar sus derechos de vuelo en la UE. Para poder operar entre ciudades de países miembros, Bruselas exige a las aerolíneas que la mitad más una de sus acciones sean titularidad de ciudadanos comunitarios y ante el Brexit, ha dado a las aerolíneas un plazo para adaptar su accionariado que expira en octubre de 2020.

El artículo 11 de los estatutos de IAG tiene como "objeto garantizar que la propiedad y el control de la Sociedad se mantiene de forma efectiva en manos de Ciudadanos de la UE" y "contribuir a preservar el ejercicio de los derechos de tráfico" de las aerolíneas, por lo que establece tanto la obligatoriedad de llevar un registro de las "acciones no UE" como de establecer un máximo a estas si estima que es necesario para evitar "perjuicios".

En febrero de 2019 se vio ese posible perjuicio, ante la posibilidad de un Brexit sin acuerdo, se activó el Máximo Permitido, que hoy se desactiva, después de que el porcentaje haya caído sensiblemente. No obstante, señala IAG que su consejo de administración "seguirá vigilando el porcentaje de participación accionarial de Personas No UE", puesto que "el artículo 11 de los estatutos de IAG autoriza al Consejo a volver a imponer el Máximo Permitido en cualquier momento en que sea necesario".

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