Las insolvencias salen caras
La pandemia dejará 50.000 concursos de acreedores, pero la justicia no está preparada y ello podría abocar a una cifra histórica de cierres empresariales
La covid-19 ha puesto entre las cuerdas a las empresas. Con su actividad paralizada o reducida drásticamente, sin apenas ingresos y con unos gastos que no cesan, el Ministerio de Justicia prevé una avalancha de concursos de acreedores sin precedentes en España. “De los apenas 7.000 concursos presentados en 2019, alcanzaríamos los 50.000 en 2021”, ha advertido esta semana el ministro Juan Carlos Campo en el Congreso de los Diputados, que prevé aumentos de estos procedimientos de...
La covid-19 ha puesto entre las cuerdas a las empresas. Con su actividad paralizada o reducida drásticamente, sin apenas ingresos y con unos gastos que no cesan, el Ministerio de Justicia prevé una avalancha de concursos de acreedores sin precedentes en España. “De los apenas 7.000 concursos presentados en 2019, alcanzaríamos los 50.000 en 2021”, ha advertido esta semana el ministro Juan Carlos Campo en el Congreso de los Diputados, que prevé aumentos de estos procedimientos del 246% y del 619% durante este año y el próximo, respectivamente.
Unas cifras alarmantes que reflejan la virulencia con que la pandemia está atacando a empresas y particulares. Aunque durante el primer trimestre, como consecuencia de la parálisis de los juzgados, los concursos de acreedores de empresas han descendido un 20% en comparación con el mismo periodo de 2019 y los de personas físicas, casi un 27%. “Los únicos casos que suben son los concursos de acreedores de autónomos, un 13%”, asegura el Registro de Economistas Forenses (REFOR) a la vista de los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE). En cambio, sí han crecido los acuerdos de refinanciación y los acuerdos extrajudiciales de pagos, que pueden ser una oportunidad en un contexto de saturación en los juzgados para evitar las liquidaciones masivas de empresas, aprecian los economistas.
Así lo cree también el Gobierno, que el pasado 28 de abril aprobó un decreto, que ha sido refrendado esta semana en el Congreso, para intentar paliar la congestión judicial una vez que se levante el estado de alarma (ante el previsible aumento de la litigiosidad) y para facilitar herramientas que ayuden a los deudores en dificultades a superar la crisis. En él se establece una prórroga hasta el 31 de diciembre para solicitar un concurso voluntario, lo que da más tiempo a aquellas empresas con problemas que tienen posibilidades de renegociar su deuda o conseguir liquidez y va a salvar a muchas de ellas, en opinión de Carlos Perelló, profesor del Instituto de Estudios Bursátiles (IEB). La misma moratoria que se incorpora para la presentación de concursos necesarios por parte de los acreedores.
La norma también introduce la posibilidad de modificar los convenios con los acreedores transitoriamente para evitar la disolución de las compañías que no pueden cumplir con los pagos acordados. Y también favorece la entrada de dinero de accionistas o personas relacionadas con la compañía deudora gracias a una calificación más favorable de ese capital si llega el concurso; la idea del legislador es incentivar la inversión en las empresas, dice Perelló.
Un 93% de extinciones
Son balones de oxígeno que todos los expertos consultados consideran insuficientes ante la situación excepcional que viven las empresas en plena pandemia y ante la carga de trabajo que se avecina en unos juzgados que ya están colapsados, según Enrique Sanjuán, magistrado de la Audiencia Provincial de Málaga. “Esta situación requería una normativa excepcional para que la empresa recupere la viabilidad, en lugar de acudir a la disolución como hacen el 93% de ellas tras el concurso”, aprecia. “Se ha desaprovechado una oportunidad única para acabar con la mala fama de los concursos y evitar el cierre de empresas, que va a ser el más grande de la historia porque el derecho concursal no está preparado”, apoya Bernardo Gutiérrez de la Roza, consejero delegado de Ontier.
Por un lado, ambos profesionales piensan que la moratoria es muy corta; en Alemania se ha alargado a un año, dice Gutiérrez y, por otro, que los convenios con los acreedores y reestructuraciones para soslayar el concurso exigen cuórums muy elevados, de manera que “aprobarlos va a ser una odisea. Hay que ponérselo fácil al deudor para impedir las disoluciones”, incide el responsable del despacho de abogados.
El problema, analiza Sanjuán, es que hay muchas empresas afectadas por el coronavirus que no van a poder sobrevivir si no se les facilita la recuperación de la viabilidad perdida con la paralización. “Se les debería dar un plazo para restablecer la viabilidad interrumpiendo pagos, no para reformar el convenio o solicitar el concurso, sino con procedimientos preconcursales ágiles y rápidos que aumentarían mucho la capacidad de salvación de las empresas”, agrega.
Y es que el principal hándicap de los concursos de acreedores, según Diego Comendador, presidente de ASPAC (Asociación Profesional de Administradores Concursales), es que son procedimientos demasiado largos. La duración media es de 49 meses, más de cuatro años, denunciaba en un seminario virtual organizado por la editorial jurídica Lefevbre. “Requieren una documentación muy amplia que, en un contexto como el actual, debería quedarse en un simple formulario para consumir menos tiempo de los juzgados”, asegura, a la vez que considera que los administradores concursales deberían encargarse del proceso para ahorrar tiempo a la justicia.
Ese es el principal escollo (amén del excesivo proteccionismo normativo), a juicio de Comendador, para que los concursos de acreedores no funcionen en España, donde anualmente se realizan unos 4.000 y el número de empresas destruidas supera con mucho esa cifra. “La cultura de la insolvencia no está tan asumida en España como en otros países. Puede que ahora la avalancha de procedimientos haga que nos acostumbremos más”, afirma
La criticada ley concursal, que está muy lejos de su objetivo de salvar empresas de la desaparición, está a expensas de que entre en vigor un texto refundido recién aprobado y la transposición de la directiva europea que plantea agilizar los trámites y fomentar los escenarios preconcursales.
Baile de disoluciones
Las disoluciones de empresas han caído en picado en abril con la hibernación de la economía, un 70% hasta 707 casos, según Iberinform, que habla de una reducción del 11% en lo que va de año. La baja también afecta a la creación de sociedades, que se retrajo un 68% en abril y un 22% en los cuatro primeros meses. El director general de la compañía, Ignacio Jiménez asegura: “Con seguridad, en el conjunto de 2020, veremos una caída interanual en la creación de nuevas empresas, por el retraso en la puesta en marcha de muchos proyectos, y un incremento en las extinciones”.
A su juicio, las novedades concursales flexibilizan plazos y establecen moratorias que suavizarán la evolución previsible de los procedimientos en 2020, "pero no esperamos que tengan un impacto significativo en las disoluciones empresariales. El proceso concursal en España representa una pequeña parte de los ceses de actividad económica. España tiene uno de los números más bajos de concursos de los países de su entorno", afirma Jiménez.
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