Bruselas denuncia a España por discriminación tributaria

La Comisión considera que la normativa española perjudica el tratamiento fiscal de los dividendos de origen extranjero frente a los que tienen origen nacional

La Comisión Europea ha denunciado este miércoles a España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por discriminar fiscalmente las inversiones en sociedades no residentes. Bruselas considera que este trato desfavorable "vulnera el derecho de establecimiento, la libre prestación de servicios, el suministro transfronterizo de bienes y la libre circulación de capitales previstos en los Tratados de la UE". Hacienda ha replicado que la reforma fiscal que entra en vigor el 1 de enero acaba con esa discriminación.

El Ejecutivo comunitario ya envió en junio de 2013 un dictamen motivado a Es...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

La Comisión Europea ha denunciado este miércoles a España ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) por discriminar fiscalmente las inversiones en sociedades no residentes. Bruselas considera que este trato desfavorable "vulnera el derecho de establecimiento, la libre prestación de servicios, el suministro transfronterizo de bienes y la libre circulación de capitales previstos en los Tratados de la UE". Hacienda ha replicado que la reforma fiscal que entra en vigor el 1 de enero acaba con esa discriminación.

El Ejecutivo comunitario ya envió en junio de 2013 un dictamen motivado a España en junio de 2013 en el que le exigía modificar la legislación. Ante la falta de acción del Gobierno del PP de Mariano Rajoy, Bruselas ha decidido ahora llevar el caso ante la justicia europea.

"En virtud de la legislación española, el tratamiento fiscal de los dividendos de origen extranjero (es decir, los dividendos distribuidos por una sociedad no residente a una sociedad española) es menos favorable que el que se aplica a los dividendos de origen nacional (es decir, los dividendos distribuidos por sociedades residentes en España)", señala la Comisión Europea en un comunicado.

Como consecuencia de ello, según denuncia la Comisión, para poder acogerse al beneficio fiscal, una sociedad española que invierta en una sociedad no residente debe cumplir más condiciones (por ejemplo, volumen de ingresos y nivel de participación de los accionistas) que si lo hace en una sociedad nacional. En otros casos, el beneficio fiscal previsto en relación con los dividendos de origen nacional no se aplica a los dividendos de origen extranjero.

El Ministerio de Hacienda asegura que ya ha cambiado la normativa en la reforma fiscal, que se aprobó la semana pasada en el Congreso. Fuentes del ministerio recuerdan que cuando se presentó el proyecto de la reforma tributaria, el pasado junio, ya se envió una carta a Bruselas explicándole que se iba a modificar. Lo que hace el Gobierno es equiparar el tratamiento de dividendos y plusvalías para las participaciones en sociedades no residentes superiores al 5%.

"La reforma fiscal ha modificado el Impuesto sobre Sociedades (artículo 21) para equiparar el tratamiento fiscal de participaciones de entidades residentes y no residentes, tanto en lo relativo al reparto de participaciones en beneficios como en las rentas derivadas de la transmisión, estableciendo idénticos requisitos de actividad y nivel de participación de los accionistas. Por tanto, el trato discriminatorio que la Comisión Europea se encontraba analizando está corregido con la nueva norma, que entrará en vigor el 1 de enero de 2015", señala Hacienda en un comunicado.

Sobre la firma

Archivado En