El TSJA impide la legalización de las naves de 'Sandokan'

Las cuatro naves de 40.000 metros cuadrados que levantó sin licencias en Córdoba el empresario Rafael Gómez, Sandokan, imputado en la operación Malaya, seguirán siendo ilegales un largo tiempo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el plan especial que daba cobertura legal a esas naves y permitía que pudieran usarse comercialmente.

Ese plan fue aprobado por IU y PP en un pleno municipal celebrado en enero de 2006 y actualmente se estaba desarrollando a través de proyectos de actuación. La Consejería de Obras Públicas y varios particulares decidieron recu...

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Las cuatro naves de 40.000 metros cuadrados que levantó sin licencias en Córdoba el empresario Rafael Gómez, Sandokan, imputado en la operación Malaya, seguirán siendo ilegales un largo tiempo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha anulado el plan especial que daba cobertura legal a esas naves y permitía que pudieran usarse comercialmente.

Ese plan fue aprobado por IU y PP en un pleno municipal celebrado en enero de 2006 y actualmente se estaba desarrollando a través de proyectos de actuación. La Consejería de Obras Públicas y varios particulares decidieron recurrirlo ante el TSJA, que ahora lo ha anulado.

Andrés Ocaña (IU), responsable del área de Urbanismo, dijo ayer que el Ayuntamiento acata la sentencia y no la recurrirá. Según indicó, lo que se propone ahora el Consistorio es volver a iniciar los trámites para aprobar de la mano de la Junta un nuevo plan especial que se ajuste a lo que en su sentencia fija el TSJA.

Este proceso tardará varios años y durante ese tiempo, el constructor, que atraviesa una crisis de liquidez, no podrá utilizar comercialmente las naves que levantó para la venta a mayoristas. El plan inició su tramitación en 2003 y todavía no estaba completamente desarrollado.

Según el TSJA, el problema del plan especial de la Carretera de Palma está en su misma gestación. El documento fue elaborado por el constructor Rafael Gómez y, según el Alto Tribunal, un plan de esta envergadura que supone un desarrollo del PGOU debe ser redactado por "la entidad pública competente". Este argumento es "suficiente" para anular el acuerdo de pleno que aprobó aquel proyecto, según los magistrados.

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