La fiscalía se opone a paralizar la asignatura en Andalucía

La fiscalía ha rechazado el recurso interpuesto por cinco padres ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para pedirle que suspenda la implantación de la asignatura Educación para la Ciudadanía prevista por la Junta andaluza. El Ministerio Público califica dicho recurso de "infundado" y resalta que no afecta a los derechos fundamentales de los niños que recibirán la asignatura, tal y como denunciaron sus padres. El fiscal considera que la norma no afecta al contenido del derecho a la libertad religiosa, y aclara que de estimar el recurso, se produciría una "grave afectación de...

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La fiscalía ha rechazado el recurso interpuesto por cinco padres ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para pedirle que suspenda la implantación de la asignatura Educación para la Ciudadanía prevista por la Junta andaluza. El Ministerio Público califica dicho recurso de "infundado" y resalta que no afecta a los derechos fundamentales de los niños que recibirán la asignatura, tal y como denunciaron sus padres. El fiscal considera que la norma no afecta al contenido del derecho a la libertad religiosa, y aclara que de estimar el recurso, se produciría una "grave afectación del interés público general y del derecho a terceros".

El alto tribunal andaluz pretende resolver este primer recurso, presentado por cinco padres en Sevilla, antes de que comience el curso escolar. Los padres cuestionan la constitucionalidad del carácter obligatorio de la asignatura amparándose en el artículo 16.1 de la Constitución, que garantiza la libertad ideológica y religiosa. Pero el fiscal rechazó estos argumentos la pasada semana ante la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA.

Para el Ministerio Público, la asignatura para la Ciudadanía no afecta al derecho a la libertad religiosa. "Las disposiciones impugnadas por el recurrente, en nada afectan al contenido del derecho a la libertad religiosa. Su ámbito de aplicación ha de ser contemplado de forma relevante desde el ámbito del derecho fundamental a la educación, pues la misma no afectan a la enseñanza religiosa, sino a aspectos propios del sistema y organización educativa". El fiscal señala que la interpretación de los padres "carece de cualquier viabilidad jurídica, pues la interpretación de las normas debe ser realizadas conforme a su significado y a sus principios dentro del llamado universo normativo".

La fiscalía rechaza con contundencia la posibilidad de una imposición estatal de ideologización, denunciada por los padres. "No podemos compartir la opinión del recurrente, -que ni tan siquiera puede ser considerada como fundamento jurídico-, de la existencia de imposición estatal de ideologización de género, sobre todo cuando en virtud de la autonomía de los centros educativos (...) corresponde a los mismos la concreción pedagógica y organizativa del proyecto educativo".

A continuación, el fiscal ejemplifica y define el papel de los padres en esta polémica legisladora: "El derecho que ostentan los padres para que sus hijos reciban una formación religiosa y moral que estén de acuerdo con sus propias convicciones y que se garantiza en el artículo 27.3 del texto constitucional, no abarca que los padres determinen conforme sus convicciones y creencias un determinado modelo de sistema educativo, basado en la opción de los contenidos". Además, para el fiscal la nueva asignatura se ciñe a la Constitución. "La norma cuenta con toda la legitimidad constitucional, regulando el sistema educativo acorde con el contenido esencial del derecho a la educación (...) con absoluto respeto a la opción educativa religiosa".

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