El Gobierno catalán repartirá el patrimonio de 250 personas que murieron sin dejar testamento

La Generalitat figura en la actualidad como heredera de 250 personas que murieron sin dejar testamento, por lo que repartirá entre entidades sin ánimo de lucro su patrimonio. Según datos facilitados por el Departamento de Economía de la Generalitat, en los últimos tres años se han distribuido ya 49 herencias por un importe de 6,8 millones de euros. Se trata de las denominadas "herencias intestadas", esto es, cuando una persona muere sin dejar testamento y sin disponer de herederos hasta cuarto grado de consanguinidad.

Cuando la Generalitat conoce uno de estos casos, la unidad de herenci...

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La Generalitat figura en la actualidad como heredera de 250 personas que murieron sin dejar testamento, por lo que repartirá entre entidades sin ánimo de lucro su patrimonio. Según datos facilitados por el Departamento de Economía de la Generalitat, en los últimos tres años se han distribuido ya 49 herencias por un importe de 6,8 millones de euros. Se trata de las denominadas "herencias intestadas", esto es, cuando una persona muere sin dejar testamento y sin disponer de herederos hasta cuarto grado de consanguinidad.

Cuando la Generalitat conoce uno de estos casos, la unidad de herencias de la Dirección General de Patrimonio abre un expediente e inicia una investigación para saber si el fallecido tiene algún heredero. Si no encuentra ninguno, se remite un informe a un juez para que declare heredera a la Generalitat; éste abre su propia investigación tras comprobar que no existen parientes, y cede sus bienes a la Administración catalana.

A diciembre de 2006, la Generalitat estaba tramitando 531 expedientes; en 250 casos la Generalitat fue declarada heredera y en los 281 restantes se está comprobando si hay parientes con derecho al patrimonio de los difuntos. Se trata de un proceso que dura años, por lo que es muy habitual que la Generalitat acabe siendo declarada heredera mucho después de la muerte de una persona. De hecho, una buena parte de los 250 patrimonios que la Generalitat tiene pendientes de repartir son de casos anteriores a 2004. Sólo cuando la Generalitat obtiene la consideración de heredera puede iniciar las gestiones ante bancos y el registro de la propiedad para comprobar los bienes del fallecido.

Si el fallecido deja un piso, normalmente se suele subastar y el dinero obtenido se reparte entre entidades sin ánimo de lucro, aunque puede suceder que si hay algún bien de interés cultural entre las posesiones del fallecido, éste se done a un museo vinculado de alguna manera con esa persona.

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