Negligencias médicas

Siete años con crisis epilépticas evitables

418.553 euros y 66 céntimos. Es la cantidad que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado justa para indemnizar a la familia de Daniel (nombre supuesto), un niño al que a los ocho meses se le diagnosticó esclerosis tuberosa, una enfermedad genética que causa graves trastornos en la piel, retraso mental y ataques epilépticos.

Daniel fue tratado durante siete años en dos hospitales públicos de Madrid. La enfermedad le fue diagnosticada a los ocho meses en el Doce de Octubre, donde fue tratado hasta los cuatro años con medicamentos que no solucionaron las agresivas crisis que ...

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418.553 euros y 66 céntimos. Es la cantidad que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha estimado justa para indemnizar a la familia de Daniel (nombre supuesto), un niño al que a los ocho meses se le diagnosticó esclerosis tuberosa, una enfermedad genética que causa graves trastornos en la piel, retraso mental y ataques epilépticos.

Daniel fue tratado durante siete años en dos hospitales públicos de Madrid. La enfermedad le fue diagnosticada a los ocho meses en el Doce de Octubre, donde fue tratado hasta los cuatro años con medicamentos que no solucionaron las agresivas crisis que padecía. Impotentes por la falta de resultados, la familia de Daniel decidió trasladarlo al Clínico. Allí le trataron con medicamentos epilépticos durante tres años y medio. El pequeño tampoco experimentó ninguna mejoría en este periodo.

Daniel tuvo que esperar hasta tener cinco años y medio para que se le practicara un TAC craneal, prueba que no se le había practicado desde los ocho meses. El Clínico fue tajante en su diagnóstico: la epilepsia del niño "no estaba mal controlada", le desaconsejaba su cirugía y se negaba a remitirlo a otro centro.

Harta ya del quebranto en la salud de su hijo, la madre decidió llevarlo a la clínica Teknon, privada, de Barcelona. Allí, al fin, le operaron. Cuando tenía siete años y medio. El pequeño no volvió a tener ningún tipo de crisis epiléptica, pero ahora padece una minusvalía del 67%.

La sentencia recoge el reconocimiento que hizo la propia Administración de la "ineficacia del tratamiento farmacológico prescrito". También admite que la decisión de la madre de acudir a la medicina privada para curar a Daniel "no puede calificarse de caprichosa". Y, por ello, le otorga una indemnización.

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