El Superior aplaza a septiembre la decisión de si consulta a Luxemburgo sobre el Concierto

La Sala de lo Contencioso Administrativo ha recibido ya la opinión de las partes implicadas

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no decidirá hasta el próximo mes de septiembre si presenta o no una cuestión prejudicial (consulta) ante el Tribunal Europeo de Luxemburgo sobre la cuestión de fondo que late en el rosario de causas judiciales suscitado sobre el Impuesto de Sociedades: la posibilidad o no, a la luz de la legislación europea, de que la fiscalidad vasca sobre las empresas se diferencie de la aplicada en el resto de España. La Sala ha recibido ya las opiniones de las distintas instituciones y entidades implicadas en los liti...

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no decidirá hasta el próximo mes de septiembre si presenta o no una cuestión prejudicial (consulta) ante el Tribunal Europeo de Luxemburgo sobre la cuestión de fondo que late en el rosario de causas judiciales suscitado sobre el Impuesto de Sociedades: la posibilidad o no, a la luz de la legislación europea, de que la fiscalidad vasca sobre las empresas se diferencie de la aplicada en el resto de España. La Sala ha recibido ya las opiniones de las distintas instituciones y entidades implicadas en los litigios.

Los magistrados del tribunal tienen a su disposición desde la semana pasada el pronunciamiento que pidieron sobre la consulta a todas las partes personadas en la sucesión de recursos planteados desde las comunidades limítrofes contra los contenidos del Impuesto de Sociedades vasco. La posibilidad de presentar la consulta al Tribunal de las Comunidades Europeas, con sede en Luxemburgo, venía incluida en los recursos interpuestos por los gobiernos de Castilla y León y de La Rioja contra la normativa del Impuesto de Sociedades de 2005 y sobre los que el Tribunal Superior todavía no se ha pronunciado.

La intervención del Tribunal de Luxemburgo tendría la virtualidad de zanjar la cuestión central suscitada con la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2004, que anuló los principales aspectos diferenciales del Impuesto de Sociedades vasco respecto al vigente en territorio común (especialmente, el tipo general del 32,5%, 2,5 puntos más bajo que el estatal). El Alto Tribunal, en aplicación de la legislación europea, interpretó que las principales ventajas para las empresas contenidas en las normativas forales pueden ser consideradas "ayudas de Estado" susceptibles de distorsionar la libre competencia, y las anuló por no haber sido notificadas previamente a la Comisión Europea. Los posteriores fallos del Tribunal Superior contra los tipos del impuesto, siguiendo la doctrina del Supremo, han llevado a las instituciones y a la patronal vascas a considerar que la autonomía normativa que concede el Concierto Económico a las haciendas forales ha quedado seriamente tocada en este ámbito tributario.

En dichas circunstancias, Confebask y, más matizadamente, otras instituciones vascas se han mostrado favorables a que se someta la cuestión de fondo al criterio del Tribunal Europeo. Puede suponer "un riesgo", pero es también "una puerta abierta", apuntó el pasado mes la vicelehendakari Idoia Zenarruzabeitia. Si la Corte de Luxemburgo estableciera que, en virtud del Concierto, cabe que en un mismo Estado existan dos normativas fiscales diferentes, se habrá dado un gran paso para zanjar a medio plazo la impugnación de las normas tributarias forales sobre las empresas por parte de las comunidades limítrofes.

Eco más favorable

La actual disposición favorable a la consulta contrasta con la postura reticente que las instituciones vascas mantuvieron con respecto a la cuestión prejudicial que el Tribunal Superior planteó en 1997 con motivo del litigio con el Gobierno central sobre los incentivos fiscales a la inversión. Ante un fallo que preveían muy adverso, las diputaciones derogaron el año 2000 las ayudas cuestionadas y desactivaron la consulta.

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Ahora, sin embargo, consideran que pueden encontrar un eco más favorable a sus intereses en el Tribunal Europeo, basándose en el cambio de argumentación que aprecian en el Abogado General de la Comisión con motivo de una causa planteada sobre la fiscalidad en las islas Azores respecto a la del resto de Portugal y que está aún pendiente de sentencia. Por ello, hay quien considera conveniente esperar a conocer la resolución del caso, antes de arriesgarse a dejar todo el debate en manos de la Corte de Luxemburgo.

Fuentes del Tribunal Superior, han apuntado que no puede descartarse totalmente que los magistrados de la Sala de lo Contencioso se reúnan para debatir el asunto en los tres días hábiles que quedan de julio. No obstante, indicaron que el calendario no facilita esa posibilidad. En cualquier caso, descartaron que pueda haber una decisión antes de septiembre.

Aunque entra dentro de la lógica jurídica que la mayor autoridad interpretativa de la legislación europea determine finalmente si la valoración hecha por el Tribunal Supremo es la correcta, las mismas fuentes advirtieron que no cabe adelantar nada. "Primero hay que estudiar con detalle qué es lo que argumentan los demandantes y los demandados y las bases jurídicas que hay para llevar o no el caso a Luxemburgo", precisaron.

Idoia Zenarruzabeitia (al fondo) con los diputados generales, en una reunión del Consejo Vasco de Finanzas.P.J.P.

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