La juez imputa por prevaricación al jefe de Extranjería de Irún

Expulsó supuestamente de forma irregular a una inmigrante

Un juzgado de Irún ha imputado un delito de prevaricación y, subsidiariamente, otro contra los derechos fundamentales al jefe de Extranjería de la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Irún, Abel Pizarro, y a un agente de ese servicio por expulsar a una inmigrante de España sin comunicarlo a tiempo a su abogado. El mismo juzgado ha sobreseído provisionalmente las diligencias contra otros dos agentes.

El procedimiento judicial parte de la denuncia interpuesta en febrero de 2005 por los letrados del Turno de Extranjería del Colegio de Abogados de Guipúzcoa contra Pizarro y "cualquie...

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Un juzgado de Irún ha imputado un delito de prevaricación y, subsidiariamente, otro contra los derechos fundamentales al jefe de Extranjería de la comisaría del Cuerpo Nacional de Policía de Irún, Abel Pizarro, y a un agente de ese servicio por expulsar a una inmigrante de España sin comunicarlo a tiempo a su abogado. El mismo juzgado ha sobreseído provisionalmente las diligencias contra otros dos agentes.

El procedimiento judicial parte de la denuncia interpuesta en febrero de 2005 por los letrados del Turno de Extranjería del Colegio de Abogados de Guipúzcoa contra Pizarro y "cualquier otro funcionario" que pudiese tener responsabilidad en la expulsión de seis inmigrantes sin la preceptiva comunicación a sus representantes legales a lo largo de 2004.

A partir de esta denuncia, el Juzgado de Instrucción número 2 de Irún citó a declarar como imputados al jefe de Extranjería en la localidad fronteriza, así como a tres subordinados suyos que trabajaban en el citado servicio. El primero en comparecer fue Pizarro, quien admitió que su unidad había materializado la expulsión de algunos inmigrantes sin comunicársela a tiempo a sus letrados, al entender que la normativa no le obliga a ello.

Tras las diligencias practicadas hasta la fecha, la titular del juzgado irunés aprecia "indicios racionalmente suficientes" para imputar a Pizarro y a otro agente un delito de prevaricación (dictar una resolución injusta a sabiendas) previsto en el artículo 404 del Código Penal, que establece penas de siete a diez años de inhabilitación para empleo o cargo público. Subsidiariamente, la juez imputa a ambos otro delito contra los derechos fundamentales previsto en el artículo 542 del mismo texto legal, que fija la inhabilitación entre uno y cuatro años.

En un auto notificado ayer, la juez argumenta que de las pruebas documentales y las declaraciones recibidas se deduce que el agente, "actuando en función de las instrucciones de su superior", no notificó al abogado de la joven boliviana Gabriela Queteguari la expulsión de su representada. La mujer fue detenida el 16 de noviembre de 2004 para ejecutar la resolución de repatriación dictada por la Subdelegación del Gobierno en Guipúzcoa. La actuación policial impidió al letrado solicitar como medida cautelar la suspensión de dicha expulsión, por lo que la chica fue repatriada dos días después. Sólo entonces su defensor conoció los hechos. Finalmente, Queteguari fue devuelta a España a costa del Estado por orden de un juzgado donostiarra.

La resolución judicial, que puede ser recurrida, ha sido notificada a la Fiscalía y a las partes personadas en la causa, que ahora deberán presentar sus escritos de calificación y solicitar la apertura de juicio oral.

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El mismo juzgado ha emitido un segundo auto en el que dicta el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra otros dos subordinados de Pizarro, al considerar que no existen indicios racionales de que hayan cometido una infracción penal. El Colegio de Abogados tiene intención de recurrir esta resolución. Sostiene además que, aunque la juez se ha centrado en el caso de Queteguari, hay otros tres expedientes de expulsión en los que, a la vista de la instrucción, se pudo cometer prevaricación.

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