Una sentencia obliga a un centro concertado de Olot a devolver cuotas ya cobradas

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado una resolución de la Generalitat que obligaba a la Escuela Pía de Olot (Garrotxa), un centro concertado, a devolver 60.000 euros que había cobrado como cuota a 14 familias que tenían hijos estudiando en este colegio.

Según la sentencia, los padres pagaron a la fundación cultural del centro "bajo la creencia de realizar un pago obligatorio" para la educación de sus hijos. Las familias posteriormente denunciaron los hechos al entonces llamado Departamento de Enseñanza. En una resolución del año 2001, la Administración advir...

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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ratificado una resolución de la Generalitat que obligaba a la Escuela Pía de Olot (Garrotxa), un centro concertado, a devolver 60.000 euros que había cobrado como cuota a 14 familias que tenían hijos estudiando en este colegio.

Según la sentencia, los padres pagaron a la fundación cultural del centro "bajo la creencia de realizar un pago obligatorio" para la educación de sus hijos. Las familias posteriormente denunciaron los hechos al entonces llamado Departamento de Enseñanza. En una resolución del año 2001, la Administración advirtió al centro de que debía informar a las familias "del carácter absolutamente gratuito de la enseñanza y de que sólo se pueden cobrar actividades complementarias que se lleven a cabo en el mismo centro, siempre y cuando las cuotas no superen las cantidades fijadas por la Generalitat".

La escuela recurrió entonces contra la resolución del departamento, pero el TSJC finalmente ha resuelto a favor de la Generalitat. La sentencia recuerda a su vez a las escuelas concertadas su carácter "gratuito" en lo que respecta a las enseñanzas primaria y secundaria, y exige a estos centros que informen a los padres del "carácter voluntario" de otro tipo de aportaciones.

La consejera de Educación, Marta Cid, subrayó ayer que la decisión del alto tribunal catalán "deja muy claro que se ha de informar siempre de que las cuotas son voluntarias".

Por su parte, Francesc Saló, del sindicato USTEC-STE, valoró la sentencia y destacó que "establece un precedente" y clarifica qué servicios puede cobrar un centro concertado, informa Europa Press.

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