Columna

Euskadi más o menos

Dicen las agencias de noticias y las ediciones digitales de los diarios de información general que en la mañana del lunes, cuando se escriben estas líneas, la Comisión de Instituciones e Interior del Parlamento vasco ha aprobado la propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, fechada el 25 de octubre de 2003 en Ajuria Enea. La propuesta es conocida como plan Ibarretxe, y esta aprobación le permite superar contra todo pronóstico su primer trámite en la Cámara vasca, gracias a la abstención de Sozialista Abertzaleak. O sea, que siguen las sorpresas, esta vez, a cargo de Arna...

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Dicen las agencias de noticias y las ediciones digitales de los diarios de información general que en la mañana del lunes, cuando se escriben estas líneas, la Comisión de Instituciones e Interior del Parlamento vasco ha aprobado la propuesta de Estatuto Político de la Comunidad de Euskadi, fechada el 25 de octubre de 2003 en Ajuria Enea. La propuesta es conocida como plan Ibarretxe, y esta aprobación le permite superar contra todo pronóstico su primer trámite en la Cámara vasca, gracias a la abstención de Sozialista Abertzaleak. O sea, que siguen las sorpresas, esta vez, a cargo de Arnaldo Otegi, quien se ha felicitado acto seguido por el "fallecimiento oficial del estatuto".

Excuso añadir que las felicitaciones que a sí mismo se dirige Otegi, como presunto enterrador del estatuto actual, en absoluto son compartidas en otros ámbitos, donde las alegrías del dirigente abertzale han sido tantas veces generadoras de tristezas y del que todos recuerdan cómo ha sido imposible escucharle condena alguna ante la sangre derramada en el altar de la Causa por los compañeros etarras alzados en armas. Otra cosa es que la propuesta, tras la votación con nueve votos a favor de PNV-EA-IU, vaya a proseguir ahora su tramitación en el Parlamento de Vitoria, una vez que el Tribunal Constitucional desestimó en su momento el recurso presentado por el anterior Gobierno para impedirla.

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El caso es que la genealogía de Euskadi procede del estatuto, el aprobado en 1936 durante la II República y el de diciembre de 1979, para el que se acabó adoptando el nombre de Estatuto de Guernica. Fuera y antes de los textos mencionados sólo cabe remitirse a las provincias vascongadas o territorios históricos, si se prefiere la denominación estatutaria. También hay otra referencia, la del amparo y respeto que la disposición adicional primera de la Constitución declara por los derechos históricos de los territorios forales, para cuya actualización de sus regímenes prescribe el marco constitucional y el de los estatutos de autonomía.

Los cristianos saben bien que en el principio era el Verbo, cuya encarnación conmemoramos precisamente en navidades. Los vascos saben también, por lo que se refiere a Euskadi, que en el principio fue el estatuto. Con anterioridad sólo cabe referirse, como realidades previas, a los territorios históricos con sus instituciones forales de ámbito estrictamente provincial. En cuanto a su integración en la Corona recuerdo haber visto en 1981, cuando la visita del rey don Juan Carlos a la Casa de Juntas de Guernica, una amplia huella pictórica a base de reyes castellanos que, desde muy antiguo, habían jurado como señores de Vizcaya sus fueros. Indagué, entonces, si los regios retratos habían sido pintados ad hoc en vísperas de aquella fecha por agentes adiestrados de la Guardia Civil a las órdenes del gobernador general, pero fui informado de que procedían de tiempo inmemorial, como también la prescripción bajo la cual se exigía el conocimiento del castellano (suma degenerada, como bien sabemos, del latín y del vascuence) para ser elegido juntero, porque en edades remotas ser castellanohablante equivalía a nuestro actual certificado de estudios primarios.

Pero volvamos al plan Ibarretxe, cuyo primer trámite parlamentario acaba de ser salvado en la comisión correspondiente, para subrayar cómo, mientras quiere presentarse por algunos de sus más destacados promotores en términos de cuidadosa fórmula para lograr el encaje amable de Euskadi en el Estado, su redacción es en la práctica la suma de incontables unilateralismos, imposiciones sin más a la otra parte contratante y de asignación de las cargas económicas resultantes a cuenta del Estado abominable. Es como si nadie entre los suscriptores del plan Ibarretxe hubiera hecho el elemental ejercicio de evaluar el coste de la no España.

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Hay una actitud singular que quiere un nuevo estatuto político, casi colgado del aire, sin calcular que de una nueva negociación, de un nuevo reparto de cartas para empezar la partida, pudiera resultar más Euskadi pero también menos, ya sea desde el punto de vista competencial o geográfico. Con todas las tareas pendientes que tenemos se prefiere recaer en los esencialismos, pero habrá que atenderlos porque la suerte de los vascos es nuestra suerte y detrás de la Constitución reconciliadora sólo está la voluntad de los ciudadanos.

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