Análisis:Qué es...el | Cupo Vasco

Un residuo del régimen foral

A diferencia del sistema general de financiación de las comunidades autónomas establecido en la LOFCA, las relaciones financieras del Estado con el País Vasco y Navarra se regulan a través del Concierto Económico (Convenio, en el caso navarro). Estas dos excepciones constituyen el último residuo sustancial del régimen foral que Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, de un lado, y Navarra, de otro, disfrutaron hasta la segunda mitad del siglo XIX.

Mediante esta fórmula, que Álava y Navarra conservaron durante el franquismo y Guipúzcoa y Vizcaya recuperaron con el Estatuto de Gernika, las tres provi...

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A diferencia del sistema general de financiación de las comunidades autónomas establecido en la LOFCA, las relaciones financieras del Estado con el País Vasco y Navarra se regulan a través del Concierto Económico (Convenio, en el caso navarro). Estas dos excepciones constituyen el último residuo sustancial del régimen foral que Álava, Guipúzcoa y Vizcaya, de un lado, y Navarra, de otro, disfrutaron hasta la segunda mitad del siglo XIX.

Mediante esta fórmula, que Álava y Navarra conservaron durante el franquismo y Guipúzcoa y Vizcaya recuperaron con el Estatuto de Gernika, las tres provincias de Euskadi y la Comunidad Foral navarra disponen de su propio sistema tributario, que se concierta con el Estado. En virtud de él, son las haciendas forales las que recaudan en cada uno de sus territorios la práctica totalidad de los impuestos estatales -llamados impuestos concertados-, con plena capacidad normativa en los directos, si bien atendiendo a "la estructura general impositiva del Estado". Una parte de lo recaudado, la mayor, se destina a financiar las competencias que tienen transferidas el País Vasco y Navarra, y otra parte se entrega al Estado como contribución al sostenimiento de los servicios y funciones que aquél sigue desarrollando.

Esta aportación, que debe ser acordada cada año, recibe el nombre de Cupo. Su cuantía se calcula, básicamente, aplicando al total de gastos presupuestados por el Gobierno central para hacer frente a las competencias que le siguen correspondiendo (denominadas "cargas no asumidas") un índice de imputación que vendría a reflejar la capacidad contributiva del País Vasco y Navarra, en términos de PIB, con respecto al conjunto de España. En el caso vasco, este índice se fijó tras la aprobación de la Ley del Concierto de 1981 en el 6,24%.

Es decir, Euskadi aporta, en términos generales, el 6,24% del presupuesto anual del Ministerio de Defensa, de la Casa Real o de los Fondos de Compensación territorial, por señalar tres materias no transferibles. El guarismo del 6,24% se estableció hace 23 años con carácter transitorio, pero no se ha modificado en las sucesivas actualizaciones de la ley del Cupo, lo que sugiere que ya es más político que técnico. Cada quinquenio se revisa de forma pactada el método de cálculo durante ese periodo de la aportación anual, que se abona al Ministerio de Hacienda en tres entregas cuatrimestrales y se liquida a año vencido con las compensaciones y ajustes correspondientes. Para 2002 (primer año del quinquenio 2002- 2006) se acordó un Cupo provisional de 1.090,6 millones de euros, lo que supone alrededor de una octava parte de los tributos recaudados por las haciendas vascas.

El sistema de Concierto implica el coste político de cobrar los impuestos y el riesgo de hacerlo eficazmente. Pero, a cambio, tiene una ventajosa contrapartida para una comunidad de economía avanzada y alto nivel de renta: la de quedarse con el conjunto de la recaudación tributaria y aportar al Estado exclusivamente en función de lo que éste gasta en beneficio del País Vasco. Este hecho explica que la vasca fuera en 2001 la comunidad con mayor renta bruta disponible por habitante (12.847 euros), un 24,5% más que la media española, o que el gasto público per cápita relativo sea en Euskadi de 139 sobre base 100 (135 en Navarra), cuando Cataluña, con un nivel de riqueza parecido y una presión fiscal análoga, se queda en el 93,4 o Madrid en el 93,9.

Así se entiende la reclamación de Cataluña para conseguir un sistema de financiación que le asegure un volumen de recursos similar al que aquél le aporta al País Vasco y Navarra. El problema es que su generalización, aunque sea por la vía de los resultados, supondría cambiar de raíz el actual esquema del Estado y privaría a éste de instrumentos básicos de redistribución y solidaridad. De ahí que parezca más factible un proceso de igualación de recursos mediante el aumento del Cupo que extendiendo los efectos del Concierto al resto de las autonomías.

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