Un juzgado condena a Barakaldo por el despido injustificado de un empleado

Obliga a readmitirle o a indemnizarle con 114.000 euros, pero no aprecia 'mobbing'

El Juzgado de lo Social Número 1 de Bilbao ha condenado a un taller ocupacional dependiente del Ayuntamiento de Barakaldo a indemnizar con casi 114.000 euros a un empleado por despido improcedente. El afectado, que era jefe de taller y responsable comercial de esta empresa de titularidad municipal, presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo argumentando que fue víctima de mobbing (acoso psicológico en el trabajo), pero el Juzgado no ha considerado probada esta práctica en el fallo dictado el pasado día 3.

El despedido, quien, al igual que la dirección del taller Usoa ha ...

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El Juzgado de lo Social Número 1 de Bilbao ha condenado a un taller ocupacional dependiente del Ayuntamiento de Barakaldo a indemnizar con casi 114.000 euros a un empleado por despido improcedente. El afectado, que era jefe de taller y responsable comercial de esta empresa de titularidad municipal, presentó una denuncia ante la Inspección de Trabajo argumentando que fue víctima de mobbing (acoso psicológico en el trabajo), pero el Juzgado no ha considerado probada esta práctica en el fallo dictado el pasado día 3.

El despedido, quien, al igual que la dirección del taller Usoa ha anunciado que recurrirá el fallo, es Andoni Louzao, que prestaba sus servivios desde hace 22 años de dicho centro, que emplea a discapacitados y el primero de este tipo que pasó a propiedad pública en España. El taller, antes una fundación pública, es un organismo autónomo de titularidad municipal, en cuyo patronato están representados todos los partidos políticos de Barakaldo.

En la demanda, Louzao señala que en 2000 empezó a sufrir discriminación por parte del gerente Enrique Valcarcel, una acusación que fue apoyada por los partidos de la oposición en Barakaldo (PNV, EA y Ezker Batua). Louzao señaló que el gerente le recortó sus atribuciones -pasó de director comercial a comercial- y cuatro meses antes del despido, que fue efectivo el pasado 1 de julio, le emplazó a reducir su sueldo y categoría con la amenaza de la pérdida de su empleo.

La sentencia estima que "no se demuestra" la intención de causar "serios daños psíquicos" al ex funcionario y se refiere a la existencia de "conductas desordenadas tanto por una parte como por otra", por lo que descarta la existencia de un caso de mobbing. Pero niega que existieran causas organizativas o económicas para el despido, como argumentaba la dirección del taller Usoa, por lo que concluye que hubo un despido improcedente. La sentencia establece la readmisión del trabajador o la indemnización de 113.666 euros, además del pago de los salarios no percibidos desde julio.

Pese a serle favorable, Andoni Louzao calificó la resolución de "amarga" por no haber aceptado la denuncia de mobbing y señaló que de esta manera no se acabará con los casos de acoso.

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