Los menores precisarán permiso paterno para hacerse un 'piercing'

El Ejecutivo regional enviará en breve al Consejo de Estado, para que éste emita el correspondiente dictamen, un proyecto de decreto que regule las prácticas del tatuaje, la micropigmentación y el piercing. Este texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, establece que los menores de 18 años o incapacitados, a petición propia, deberán obtener de sus representantes legales el consentimiento escrito para someterse a estas prácticas. En todo caso, según establece el texto legal, la información que deberá prestárseles a estos jóvenes será adecuada a sus posibilidades de comprensión.

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El Ejecutivo regional enviará en breve al Consejo de Estado, para que éste emita el correspondiente dictamen, un proyecto de decreto que regule las prácticas del tatuaje, la micropigmentación y el piercing. Este texto, al que ha tenido acceso EL PAÍS, establece que los menores de 18 años o incapacitados, a petición propia, deberán obtener de sus representantes legales el consentimiento escrito para someterse a estas prácticas. En todo caso, según establece el texto legal, la información que deberá prestárseles a estos jóvenes será adecuada a sus posibilidades de comprensión.

La Consejería de Sanidad y Consumo creará un registro de establecimientos de tatuajes y micropigmentación, piercing u otras prácticas similares de adorno corporal donde deberán estar inscritos, con carácter previo a su funcionamiento, los establecimientos donde se realicen estas prácticas.

Este proyecto también establece la prohibición de la realización de piercings o tatuajes de forma ambulante y regula que en caso de celebrarse congresos o ferias se precisará la autorización del ayuntamiento.

Los establecimientos en que se realicen este tipo de adornos deberán contar con un área de espera diferenciada del área de trabajo; un área de preparación del material y un aseo con inodoro, lavamanos y elementos de higiene necesarios. Además, se establece que han de estar limpios, desinfectados y ordenados y en buen estado de conservación. Estos locales deberán disponer de agua potable fría y caliente y realizar procedimientos de desinfección de superficies y mobiliario.

Instrumental

El proyecto de decreto también establece que los utensilios que atraviesen la piel, mucosas o tejidos han de ser estériles y de un solo uso, debiendo estar envasados y sellados hasta su uso. También se prevé que los profesionales de estas técnicas utilicen guantes de látex de un solo uso y han de estar vacunados contra la hepatitis B y el tétanos, así como estar formado en la materia de prevención de riesgos laborales.

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El Ayuntamiento de Madrid aprobó el 27 de enero de 2001 una ordenanza reguladora de las condiciones higiénico-sanitarias de peluquerías, que incluye la obligación de tener un asistente técnico sanitario (ATS) en establecimientos que realicen tatuajes o piercings. Simón Viñals, entonces concejal de Salud, explicó que, aunque "Madrid cuenta desde 1990 con una ordenanza reguladora de las condiciones higiénicas, sanitarias y de seguridad de las peluquerías, centros de belleza y capilares, las nuevas técnicas, como el piercing o los tatuajes, han hecho necesario un nuevo texto".

El proyecto de decreto que ha elaborado el Gobierno regional incluye sanciones de hasta 15.025 euros para los infractores de esta normativa, a la vez que establece cuáles son los organismos responsables del control y supervisión de este tipo de establecimientos.

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