Dos técnicos de Medio Ambiente se unen al equipo que intenta limitar los daños del 'MV Ulla'

El Ministerio de Medio Ambiente anunció ayer el envío de dos técnicos a Turquía para asesorar en las labores que reduzcan el posible riesgo ecológico del hundimiento del barco con residuos tóxicos MV Ulla. El barco, que transportaba 2.200 toneladas de cenizas tóxicas procedentes de centrales térmicas españolas, se hundió el pasado día 6 en el golfo turco de Iskenderun.

Medio Ambiente recordó ayer que desde el primer momento de conocerse el hundimiento del barco, las autoridades españolas ofrecieron su ayuda al Gobierno turco, quien el pasado viernes solicitó oficialmente esta co...

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El Ministerio de Medio Ambiente anunció ayer el envío de dos técnicos a Turquía para asesorar en las labores que reduzcan el posible riesgo ecológico del hundimiento del barco con residuos tóxicos MV Ulla. El barco, que transportaba 2.200 toneladas de cenizas tóxicas procedentes de centrales térmicas españolas, se hundió el pasado día 6 en el golfo turco de Iskenderun.

Medio Ambiente recordó ayer que desde el primer momento de conocerse el hundimiento del barco, las autoridades españolas ofrecieron su ayuda al Gobierno turco, quien el pasado viernes solicitó oficialmente esta colaboración.

Mientras, en Estrasburgo, la comisaria europea de Medio Ambiente, Margot Wallstrom, anunció ayer que la Comisión no abrirá procedimiento de infracción contra España por el naufragio del MV Ulla, ya que "la contaminación se produjo en un país tercero" (Turquía). Para la Comisión Europea, "el principio 'quien contamina paga' es uno de los principales de la política ambiental de la UE", sin embargo en el caso del hundimiento del MV Ulla "no se podrá aplicar" ni abrir un procedimiento de infracción "ya que la contaminación se ha producido en un país tercero" (Turquía), según la comisaria.

La exportación de desechos para su eliminación está prohibida según la legislación comunitaria si no se notifica de forma conveniente a las autoridades del país receptor de la carga. Si un Estado miembro descubre que el traslado de los productos contaminantes se ha realizado sin una adecuada identificación, hay un plazo de 30 días para devolverlos al puerto de origen.

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